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Nota N°. 9921 Reforman diputados Constitución Política para facultar al Congreso a expedir una ley general en materia de extinción de dominio

Palacio Legislativo, 26-04-2018 (Notilegis).– La Cámara de Diputados aprobó un dictamen que reforma la Constitución Política, para facultar al Congreso de la Unión a expedir una ley general en materia de extinción de dominio.

 

El Pleno lo aprobó por unanimidad y mayoría calificada, con 328 votos a favor, y lo turnó al Senado de la República para su análisis y eventual ratificación.

 

El documento surge de una iniciativa que el diputado José Hernán Cortés Berumen (PAN) presentó el 14 de noviembre de 2017, reforma la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política, adicionando un nuevo inciso d. Fue dictaminado por la Comisión de Puntos Constitucionales.

 

Establece que el Congreso tiene la facultad para expedir una “legislación única en materia de extinción de dominio, que regirá en la República en el orden federal y en el fuero común”.

 

En los artículos transitorios se indica que el Congreso deberá expedir el ordenamiento legal en un plazo de 180 días, y en tanto no se promulgue seguirá en vigor la Ley Federal de Extinción de Dominio, Reglamentaria del Artículo 22 de la Constitución Política.

 

La Comisión dictaminadora refirió que la emisión de la regulación en materia de extinción de dominio fue un avance destacado, sin embargo, el diseño vigente de dicha figura tanto a nivel constitucional como secundario, no contempla la debida interacción entre los diferentes órdenes de gobierno, lo cual es crucial para su óptima eficiencia.

 

Apuntó que la experiencia internacional señala que para dar resultado en el abatimiento del crimen organizado y de la corrupción se deben incluir figuras legales tendientes a la recuperación de activos derivados o puestos al servicio de conductas ilícitas, de forma coordinada entre todos los órdenes de gobierno.

 

Ello, añadió, atento a los instrumentos internacionales como la Convención de Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Trasnacional y la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción, cuyo contenido y suscripción obliga a los Estados parte a desarrollar estrategias integrales para enfrentar dichos fenómenos.

 

Afirmó que la extinción de dominio es la figura más eficaz para la recuperación de activos, que “no riñe con el marco de respeto irrestricto a los derechos humanos, todo lo contrario, posibilita un contexto de seguridad jurídica y garantías que el país requiere”.

HSF/JGM

 
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