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Nota N°. 9153 Reforman diputados su reglamento para agilizar discusión de dictámenes aprobados de forma unánime por la comisión correspondiente

 

Palacio Legislativo 08-02-2018 (Notilegis).– La Cámara de Diputados reformó su reglamento para agilizar la discusión de los dictámenes aprobados de forma unánime por la comisión correspondiente, así como de las iniciativas o minutas que por vencimiento de plazo hayan pasado al Pleno es sus términos.

 

La comisión de Régimen, Reglamento y Prácticas Parlamentarias, que elaboró el dictamen, señaló que se pretende coadyuvar al mejor desempeño del trabajo en el recinto Legislativo, al permitir la agilización de procedimientos, lo que también ayudará a mantener la atención brindada a dichas discusiones.

 

El dictamen surge de una iniciativa que el diputado Macedonio Tamez Guajardo (MC) presentó el 13 de diciembre 2016 y reforma la fracción IV del artículo 104 y fracción III del 105 del Reglamento de la Cámara de Diputados.

 

Fue aprobado en lo general por 250 votos a favor, 31 en contra y cuatro abstenciones y, tras rechazarse la reserva a un artículo, fue avalado en lo particular por 222 votos a favor, 26 en contra y cinco abstenciones. Se turnó para su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

 

La fracción IV del artículo 104 señala que un integrante de cada grupo parlamentario, en orden creciente, de acuerdo a su representatividada en la Cámara, y un diputado o diputada independiente propuesto entre ellos, podrá disponer de hasta cinco minutos para exponer su postura.

 

Con la modificación aprobada se precisa que, en caso de que el dictamen a discusión haya sido aprobado de forma unánime por la comisión dictaminadora, la Mesa Directiva podrá instruir que se elija un sólo orador que exponga la postura integral del documento, previo acuerdo con la Junta de Coordinación Política (Jucopo).

 

Lo anterior sin detrimento de que algún diputado o diputada quiera hacer uso de la palabra respecto al dictamen sujeto a discusión en lo general.

 

La fracción III del artículo 105 refiere que un integrante de cada grupo parlamentario, en orden creciente, de acuerdo a su representatividad en la Cámara, podrá disponer de hasta tres minutos para exponer su postura.

 

Se adiciona que la Mesa Directiva, previo acuerdo con la Jucopo, podrá instruir que se elija un sólo orador para exponer una postura integral de la iniciativa o minuta que por vencimiento de plazo hayan pasado al Pleno en sus términos, cuando estas se sujeten a su discusión en lo general.

 

Lo anterior, sin detrimento de que algún diputado o diputada quiera hacer uso de la palabra respecto a la iniciativa o minuta.

 

RZJ/JGM

 
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