Palacio Legislativo, 08-03-2018 (Notilegis).- La C谩mara de Diputados aprob贸 un dictamen que reforma la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para incluir, dentro de las 贸rdenes de protecci贸n de emergencia, la separaci贸n f铆sica temporal del agresor dentro del centro de trabajo. Esa reubicaci贸n se llevar谩 a cabo en los casos en que ambos (v铆ctima y agresor) se desempe帽en en el mismo centro laboral. El documento surge de una iniciativa que la diputada Alma Carolina Viggiano Austria (PRI) present贸 el 31 de octubre de 2017, adiciona una fracci贸n V al art铆culo 29 de esa Ley, fue avalado por 347 votos a favor, cero en contra y tres abstenciones y se turn贸 al Senado para su an谩lisis y eventual ratificaci贸n. Durante su discusi贸n, la Comisi贸n de Igualdad de G茅nero, que elabor贸 el dictamen, present贸 un adendum que se aprob贸 en votaci贸n econ贸mica. El art铆culo 29 que se modific贸 figura en el cap铆tulo VI de esa Ley, que se refiere a las 贸rdenes de protecci贸n de las v铆ctimas. En sus consideraciones, la Comisi贸n record贸 que las 贸rdenes de protecci贸n tienen como finalidad salvaguardar a la mujer agredida y evitar que contin煤e en el c铆rculo de violencia, 鈥渜ue estad铆sticamente se ha demostrado que es continuo y tiende a ir en aumento鈥. Precisa que con esta reforma se busca otorgar una mayor protecci贸n a las mujeres afectadas, que cohabitan con el agresor en el centro de trabajo, 鈥済arantizando que se tomen las medidas necesarias para asegurar su derecho a una vida libre de violencia鈥. En este sentido, agreg贸, 鈥渟e deber谩 propiciar una separaci贸n f铆sica temporal del agresor de centro de trabajo o 谩rea, por tanto tiempo como dure la orden de protecci贸n de emergencia鈥. 鈥滵e no contemplarse esta medida, el sentido de la orden de protecci贸n carecer谩 de aplicabilidad real para aquellos casos en que la mujer y el agresor cohabiten en un mismo centro de trabajo鈥, sostuvo. JGM |