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Nota N°. 168 Presenta Muñoz Ledo iniciativa que abroga la actual Ley Orgánica del Congreso General y expide la nueva Ley del Congreso General, a fin de fortalecer eficacia del Poder Legislativo

Palacio Legislativo 18-09-2018 (Notilegis).- El presidente de la Cámara de Diputados, Porfirio Muñoz Ledo, presentó ante el Pleno, una iniciativa que abroga la actual Ley Orgánica del Congreso General y expide la nueva Ley del Congreso General, a fin de actualizar el marco normativo y fortalecer la eficacia del Poder Legislativo.

El proyecto, que consta de 198 artículos y 15 preceptos transitorios, se turnó a las comisiones de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para su dictaminación, y a la de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.

En tribuna, Muñoz Ledo sostuvo que ante “el mandato de emprender juntos la cuarta transformación del país, es primordial consumar a fondo la reforma de las instituciones políticas y buscar un nuevo orden jurídico nacional”.

Expuso que desde los orígenes de la República, el Poder Legislativo antecede a los demás, pues es el órgano creador y reformador del Estado, por lo que es indispensable “cancelar las corruptelas que han dañado la imagen y eficacia de este Poder”.

“Esta asamblea sigue siendo el depósito esencial de la soberanía popular y estamos obligados a devolver dignidad y eficiencia al Poder Legislativo y su función como contrapeso del Ejecutivo. No existirá una nueva República mientras no haya un parlamento digno e independiente”, indicó.

En posterior conferencia de prensa, el diputado presidente indicó que su iniciativa considera la existencia de la Junta de Coordinación Política (Jucopo), pero sustituye su denominación por la de Junta de Coordinación Parlamentaria, en la Cámara de Diputados.

Dijo que, para la Cámara baja, se establece la creación de 43 comisiones ordinarias y no existirán comisiones especiales, sino temporales, que serían para desahogar un problema o asunto que se presente en la sociedad “y tendrían un año de duración, en principio, que se puede prorrogar”, mientras que en la Cámara alta se proyectan 30 comisiones ordinarias.

Además, expone que el Presidente de la República asistirá a la apertura de sesiones ordinarias del primer periodo del Congreso y presentará su informe de gobierno.

“Para ello, se presenta una iniciativa de reforma constitucional conjunta con esta iniciativa de Decreto, para que el artículo 69 de la Carta Magna se modifique en el sentido de devolver el diálogo entre el Presidente de la República y la representación nacional”, señala.

Regula el proceso de presentación de la Iniciativa preferente del Presidente, que se envía al inicio de cada periodo ordinario, para que se agilice su discusión, y los mecanismos de Control Constitucional, como las controversias.

Propone un bicameralismo respetuoso, ágil y eficaz, a través del trabajo en Conferencia de la Cámara de Diputados y de Senadores, y de las comisiones bicamerales del Canal y la Radio del Congreso, de Bibliotecas y de la de Disciplina Financiera y de Seguridad Nacional, y se crea la de Diplomacia Parlamentaria.

Además, plantea la reducción y compactación de las comisiones ordinarias (de dictamen) y un tope máximo para las comisiones temporales (antes especiales), para que no excedan de 10, para hacerse cargo de un tema específico y tendrán un plazo para efectuar las tareas que se les hayan encomendado

Se incorpora la facultad del Congreso de la Unión para publicar en el Diario Oficial de la Federación (DOF) los decretos o leyes que no hayan sido observados por el Ejecutivo, una vez que se hayan cumplido los plazos que marca la Constitución.

También se detalla el procedimiento para hacer la declaratoria de las reformas constitucionales en la Cámara de origen durante periodo ordinario o durante recesos, en la Comisión Permanente.

Estipula la creación del Comité de Participación Ciudadana y Parlamento Abierto, que sustituye al de Gestoría y Quejas, en las dos cámaras del Congreso de la Unión, que atenderá a la población de manera continua y permanente.

El proyecto establece las bases de un nuevo régimen de rendición de cuentas e incompatibilidad con las funciones de todos los servidores públicos del Congreso; en el cuál se evalúe la labor de los legisladores en materia de gasto, asistencia, participación en los trabajos de las comisiones y del pleno, incidencia en iniciativas y su eficacia en la construcción de acuerdos.

Se incorporan instrumentos de control para identificar y prevenir situaciones que puedan generar conflictos de interés, a través de la puntual presentación y actualización de las declaraciones de interés, patrimonial y fiscal de los legisladores y demás servidores públicos del Congreso, así como las personas físicas y morales contratadas.

Se norman las funciones de las dos cámaras, respetando las diferencias jurídicas que debe haber entre ambas por sus facultades constitucionales exclusivas, puntualizando los nombramientos y ratificaciones que le corresponderán a cada una.

Se propone unificar los cinco centros de estudios existentes en la Cámara de Diputados, en un Instituto de Investigaciones Parlamentarias, y mantener en sus términos al Instituto Belisario Domínguez, en el Senado.

En el artículo décimo quinto transitorio estipula un plazo de 180 días para adecuar las leyes que sean necesarias y los reglamentos de ambas cámaras del Congreso de la Unión, a partir de la publicación del presente decreto en DOF.

En el tercero transitorio, indica que el Presidente de la República acudirá a la Cámara baja a presentar su informe de gobierno, una vez que se aprueben las reformas constitucionales propuestas al artículo 69.

El un precepto séptimo transitorio se estipula que las comisiones ordinarias de la Ciudad de México, en ambas cámaras del Congreso, quedarán sin materia y deberán extinguirse, una vez que se expidan las leyes de Capitalidad y de Coordinación Metropolitana.

En el artículo noveno transitorio se mandata a que en las cámaras de Diputados y Senadores, se instrumente formalmente el Servicio Civil de Carrera en el Congreso de la Unión, en particular, en la Cámara baja.

NGM/HSF/JGM

 
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