Palacio Legislativo, 20-09-2018 (Notilegis).– La diputada Mariana Dunyaska García Rojas (PAN) presentó una iniciativa para expedir una ley que reglamente los procesos de entrega-recepción durante los cambios de gobiernos federal, estatal y municipal, y de las administraciones de los organismos autónomos. El ordenamiento legal se denominaría Ley General de Entrega-Recepción de Recursos en las Administraciones Públicas, la cual estaría conformada por 26 artículos y tres preceptos transitorios. “El objetivo es mejorar la calidad y eficiencia del proceso de entrega y recepción en los poderes Ejecutivos de la Federación, los estados, los municipios, las entidades de la administración pública paraestatal y los órganos autónomos federales y estatales”, señaló la diputada en su propuesta. Dicha mejora se realizará “mediante la formalización y estandarización de la metodología y el establecimiento de políticas y disposiciones aplicables para la entrega y recepción de los recursos humanos, materiales y financieros de la administración pública saliente a la administración pública entrante para el periodo al cual fueron electos, con el fin de lograr su adecuada armonización a nivel nacional”, agregó. García Rojas argumentó que dicha ley se expediría con base en la facultad que la Constitución Política le otorga al Congreso de la Unión, en su artículo 73, fracción XXVIII, para legislar en materia de contabilidad gubernamental. La diputada subrayó que su propuesta establece que los actos administrativos de entrega-recepción que realizan los servidores públicos de las dependencias federales, así como de los gobiernos de los estados y municipios, serán materia de rendición de cuenta. Derivado de ello, dichos funcionarios, “al separarse de su empleo o comisión, deberán rendir un informe de los asuntos a su cargo y de la situación que guardan, al tiempo de entregar los recursos financieros, humanos y materiales que tengan asignados para el ejercicio de sus atribuciones legales, así como la documentación y los archivos ordenados y clasificados, a quienes los sustituyan en sus funciones”. Prevé que “el servidor público saliente que no rinda este informe ni los recursos que tuvo a su mando, será requerido por el órgano interno de control en la dependencia o entidad de que se trate, para que cumpla con esta obligación en un plazo no mayor de 15 días hábiles desde su separación”. La iniciativa se turnó a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción para dictamen y a la de Presupuesto y Cuenta Pública para opinión. HSF/JGM |