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Nota N°. 3750 Destaca Morena ajuste a remuneraciones de servidores p煤blicos de alta jerarqu铆a por 254 millones de pesos
  • En la aprobaci贸n del PEF se estableci贸 que nadie puede ganar m谩s que el Presidente de la Rep煤blica

 

Palacio Legislativo, 26-11-2019 (Notilegis).- En el Presupuesto de Egresos de la Federaci贸n (PEF) para el Ejercicio 2020 se ajust贸 el rubro de remuneraciones correspondientes a servidores p煤blicos de alta jerarqu铆a por un monto global de 254 millones de pesos, destacaron los diputados de Morena.

 

En un comunicado, se帽alaron que durante el an谩lisis del dictamen de Presupuesto, el pasado jueves, se encontr贸 que funcionarios de diversos entes p煤blicos del Estado mexicano incumpl铆an las disposiciones constitucionales que regulan las remuneraciones en el sector p煤blico.

 

Se ajust贸 el rubro de remuneraciones correspondientes a servidores de la Suprema Corte de Justicia de la Naci贸n (SCJN) por un monto de 90 millones 591 mil 752 pesos; al Consejo de la Judicatura Federal (CJF) por 37 millones 561 mil 503 pesos; al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federaci贸n (TEPJF) por 33 millones 196 mil 980 pesos; al Instituto Nacional Electoral (INE) por 71 millones 562 mil 960 pesos; a la Comisi贸n Federal de Competencia Econ贸mica (Cofece) por 8 millones 253 mil 756 pesos; y al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) por 12 millones 755 mil 976 pesos.

 

Los ajustes se aplicaron a servidores p煤blicos de alta jerarqu铆a, con base en la disposici贸n constitucional que proh铆be otorgar retiros o liquidaciones sin que 茅stos se encuentren expresamente contenidos en una Ley, Decreto Legislativo, Contrato colectivo o condiciones generales de trabajo -como es el caso del Seguro de Separaci贸n Individualizado-; y la disposici贸n constitucional de que ning煤n servidor p煤blico puede ganar m谩s que el Presidente de la Rep煤blica.

 

Asimismo, implic贸 la eliminaci贸n del Seguro de Separaci贸n Individualizado. Al respecto se consider贸 indebido que algunos entes p煤blicos federales contin煤en otorgando a sus servidores esa prestaci贸n, cuando est谩 prohibida en la fracci贸n IV del art铆culo 127 constitucional, toda vez que no se encuentra asignada por la ley, decreto legislativo, contrato colectivo o condiciones generales de trabajo, tal como exige dicho art铆culo.

 

Se aplic贸 la fracci贸n II del art铆culo 127 de la Constituci贸n Federal que proh铆be expresamente que un servidor p煤blico reciba una remuneraci贸n mayor a la del Presidente de la Rep煤blica.

 

De conseguirse dicho nivel con la sola cancelaci贸n de una parte de los recursos destinados al Seguro, el resto deber谩 ser integrado como parte de la remuneraci贸n. De no conseguirse dicho nivel con la cancelaci贸n de esos recursos, el ajuste deber谩 impactar otros rubros de la remuneraci贸n.

 
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