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Nota N°. 4992 Anticonstitucional, toque de queda impuesto por gobiernos estatales y municipales: Benjamín Robles

• Sólo el Presidente, con aprobación del Congreso, está facultado para ejercer esa medida. Se requiere implementar otras de carácter disuasivo, señala

 

Palacio Legislativo, 29-04-2020 (Notilegis).– Derivado de la emergencia sanitaria por la pandemia del Covid-19, algunos gobiernos estatales y municipales limitan de manera arbitraria el derecho a la libre circulación de las personas, acción que es anticonstitucional, denunció el diputado Benjamín Robles Montoya (PT).

 

“Solamente el Presidente de la República, con aprobación del Congreso de la Unión, puede restringir o suspender el ejercicio de los derechos de las personas. Lo decretado de manera unilateral por gobernadores y presidentes municipales es anticonstitucionalâ€, aseveró el legislador.

 

Lo anterior al presentar un punto de acuerdo que exhorta a las administraciones locales y ayuntamientos que han aplicado medidas restrictivas, como toques de queda y multas al tránsito de los ciudadanos en la vía pública, a cancelar de manera inmediata dichas acciones y sustituirlas por otras de carácter disuasivo que no violen los derechos humanos.

 

Llamó a la Secretaría de Gobernación intervenir y establecer un diálogo con administraciones que aplican estas medidas, para que den marcha atrás “a tan evidente violación constitucional que, no nada más daña los derechos de la población, también invade directamente esferas que son competencia directa del Ejecutivo Federalâ€.

 

Robles Montoya destacó que el Presidente ha actuado con prudencia y oportunidad frente a la pandemia, sin cancelar de tajo la actividad económica del país, por lo que se han paliado de manera eficiente los efectos de la crisis económica mundial, además de ser claro en todo momento de que no habrá restricciones de ningún tipo hacia la ciudadanía.

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