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Nota N°. 8535 Presentan acci贸n de inconstitucionalidad en contra de mantener el 16% de IVA en productos de gesti贸n menstrual
  • M茅xico no puede seguir manteniendo una pol铆tica fiscal sin perspectiva de g茅nero, se帽alan diputadas y diputados

 

Palacio Legislativo, 30-12-2020 (Notilegis).- Un grupo de 169 diputadas y diputados de diferentes fracciones parlamentarias y la organizaci贸n civil Menstruaci贸n Digna M茅xico presentaron una acci贸n de inconstitucionalidad contra la decisi贸n del Congreso de la Uni贸n de mantener el 16% de Impuesto al Valor Agregado (IVA), en los productos de gesti贸n menstrual.

 

Asimismo, solicitaron que se establezca una tasa 0% a dichos productos.

 

En un comunicado, indicaron que el recurso legal lo presentaron el pasado 28 de noviembre, ante la Suprema Corte de Justicia de la Naci贸n (SCJN).

 

Recordaron que el pasado 8 de septiembre el Congreso de la Uni贸n recibi贸 el Paquete Econ贸mico para el Ejercicio Fiscal de 2021. "En el marco de su discusi贸n, la mayor铆a de la LXIV Legislatura decidi贸 gravar el enajenamiento de productos de gesti贸n menstrual y autorizar a la Federaci贸n para percibir esos recursos".

 

Explicaron que los productos de gesti贸n menstrual son bienes insustituibles, de primera necesidad, indispensables para evitar infecciones y complicaciones y de uso exclusivo de mujeres.

 

"Por ello, su gravamen constituye un impuesto discriminatorio, aplicado a un grupo de contribuyentes con motivo de su condici贸n biol贸gica", a帽adieron.

 

Reiteraron que consumir toallas higi茅nicas, tapones o copas menstruales no son un lujo o un capricho est茅tico, "es una necesidad fisiol贸gica".

 

"Al limitar su acceso con una tasa impositiva de 16%, el legislador no s贸lo permite, sino que perpet煤a que el g茅nero se constituya en un factor que les dificulte ejercer derechos como el trabajo, la educaci贸n y el derecho al m铆nimo vital", a帽adieron.

 

Explicaron que la acci贸n de inconstitucionalidad busca que la SCJN reconozca que, tanto la Ley de Ingresos de la Federaci贸n para el Ejercicio Fiscal 2021, como los motivos para reiterar la tasa de 16%, son vertientes discriminatorias de una misma expresi贸n tributaria, encaminada a obtener recursos a partir de la menstruaci贸n de las mujeres.

 

"M茅xico no puede seguir manteniendo una pol铆tica fiscal sin perspectiva de g茅nero, que ignore la desigualdad econ贸mica hacia las mujeres y que reproduzca elementos discriminatorios a partir de diferencias biol贸gicas", finalizaron.

 

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