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Nota N°. 4369 Incrementa Cámara de Diputados a 65 años la pena máxima por feminicidio
  • El Pleno reforma el Código Penal Federal a fin de endurecer las sanciones para este delito; turna dictamen al Senado

 

  • Aumenta las penas de prisión para los servidores públicos que retarden o entorpezcan la procuración o administración de justicia

 

Palacio Legislativo, 18-02-2020 (Notilegis).- La Cámara de Diputados aprobó un dictamen que reforma el Código Penal Federal para incrementar, de 60 a 65 años, la pena máxima de prisión para quien cometa el delito de feminicidio, y establecer que la mínima será de 45 años, en lugar de 40.

 

Asimismo, para endurecer las sanciones consideradas para el delito de abuso sexual a menores de 15 años de edad y a personas que no pueden comprender el significado de esta conducta, con una pena máxima de prisión de 18 años y mínima de 10.

 

El Pleno lo aprobó, en lo general y en lo particular, con 415 votos a favor, uno en contra y cero abstenciones, y lo turnó al Senado de la República para su análisis y eventual ratificación.

 

El dictamen reforma el artículo 25, 261 y 235 del Código Penal Federal, y surgió de una iniciativa que presentó el diputado Iván Arturo Pérez Negrón Ruiz (PES) el 30 de abril de 2019, dictaminada por la Comisión de Justicia.

 

El proyecto de decreto reforma el precepto 25 para aumentar en cinco años la pena máxima de prisión para delitos graves que se considera en dicho ordenamiento. Actualmente, es de 60 años.

 

Se modifica el artículo 325 para señalar que la pena mínima de privación de la libertad por el delito de feminicidio será de 45 años, en lugar de 40 como hoy está estipulado. La máxima será de 65 años.

 

Los días de multa por este ilícito también se incrementan. Se impondrán de mil a mil 500 días. En la actualidad, se imponen de 500 a mil días de multa.

 

Asimismo, se aumentan las penas de prisión establecidas para los servidores públicos que retarden o entorpezcan maliciosa o negligentemente la procuración o administración de justicia. Hoy en día, se contemplan penas de tres a ocho años de prisión; con las modificaciones serán de seis y 10 años de prisión.

 

El artículo 261 se reforma para señalar que la pena de prisión por abuso sexual a menores de 15 años de edad y a personas que no pueden comprender el significado del hecho, será de entre 10 y 18 años. Actualmente, la pena es de entre seis y 13 años.

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