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Nota N°. 4538 Moreno Gil propone reformar la Ley de Coordinaci贸n Fiscal
  • La modificaci贸n establecer铆a una coordinaci贸n en materia administrativa, hacendaria, de ingresos y egresos entre los estados, municipios y federaci贸n

 

Palacio Legislativo, 06-03-2020 (Notilegis). 鈥揈l diputado Mario Ismael Moreno Gil (Morena) propuso modificar la Ley de Coordinaci贸n Fiscal, a fin de establecer las normas de relaci贸n entre los estados, municipios y federaci贸n, en materia de colaboraci贸n administrativa, hacendaria, de ingresos y egresos.

 

Indic贸 que el desarrollo econ贸mico y social de nuestro pa铆s no es homog茅neo. Entre las distintas regiones existen importantes diferencias econ贸micas, pol铆ticas, territoriales y socioculturales, es por eso que el federalismo ha sido un eje fundamental en la articulaci贸n de la Rep煤blica mexicana.

 

De manera espec铆fica, la propuesta se enfoca en el Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas (FAFEF), que tiene como objetivos principales fortalecer las finanzas p煤blicas y fondear obras y acciones que apoyen el crecimiento econ贸mico, desarrollo social y servicios p煤blicos de los estados, indic贸.

 

Sostuvo que la Auditor铆a Superior de la Federaci贸n (ASF) considera que la gran diversidad de esos potenciales indicados en dicha ley, ocasiona que el FAFEF no cuente con objetivos espec铆ficos, y que los recursos se apliquen pr谩cticamente a cualquier concepto, lo que implica que no se destinen financiamientos, por ejemplo, a proyectos de alto impacto.

 

La ASF se帽al贸 que en algunas ocasiones los recursos del programa se utilizan para resarcir la deuda p煤blica de las entidades federativas. Lo anterior afecta la transparencia de la gesti贸n del fondo. Por esto, propuso a la C谩mara de Diputados una modificaci贸n en la fracci贸n 1 del art铆culo 47 de la Ley de Coordinaci贸n Fiscal con el objetivo de precisar el alcance del concepto de 鈥渋nfraestructura f铆sica鈥.

 

En este sentido, a帽adi贸, resulta oportuno otorgar elementos que ayuden a contar con certidumbre sobre el destino que se les dan a los recursos provenientes del FAFEF en materia de infraestructura f铆sica.

 

El legislador plante贸 modificar la fracci贸n 1 del art铆culo 47 de la de la citada ley. Sugiere incluir que los estudios, elaboraci贸n y evaluaci贸n de proyectos, supervisi贸n y control, deben de referirse a las obras de infraestructura financiadas con los recursos del fondo.

 

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