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Nota N°. 4638 Las reformas para combatir y sancionar la violencia política contra las mujeres en razón de género, son históricas: Wendy Briceño

• Dan mayor protección a los derechos políticos y electorales de las mujeres, resalta
Palacio Legislativo 18-03-2020 (Notilegis). -La presidenta de la Comisión de Igualdad de Género, Wendy Briceño Zuloaga, consideró como un hecho histórico la aprobación, este miércoles, de la minuta del Senado de la República que reforma siete leyes para combatir y sancionar la violencia política contra las mujeres en razón de género.
Sostuvo que estas modificaciones dan mayor protección a los derechos políticos y electorales de las mujeres.
"Esto es histórico y estamos muy contentas de que se haya aprobado esta sesión, porque podrá aplicarse para las siguientes elecciones, que es lo que nos parece más relevante", subrayó en conferencia de prensa.
Briceño Zuloaga refirió que durante tres legislaturas se había buscado reformar esas leyes y crear la definición de violencia política y el tipo penal.
Enunció que el decreto modifica las leyes generales de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de Instituciones y Procedimientos Electorales, del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, de Partidos Políticos, en Materia de Delitos Electorales y las leyes Orgánica de la Fiscalía General de la República y del Poder Judicial de la Federación.
Explicó que se incluye como modalidad la violencia política contra las mujeres en razón de género, la cual se definió como toda acción u omisión, incluida la tolerancia basada en elementos de género y ejercida dentro de la esfera pública o privada que tenga por objeto o resultado, limitar, anular o menoscabar el ejercicio efectivo de los derechos políticos y electorales de una o varias mujeres.
Asimismo, su acceso al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo, labor o actividad, el libre desarrollo de la función pública, la toma de decisiones, la libertad de organización, así como el acceso y ejercicio a las prerrogativas, tratándose de candidaturas y precandidaturas o que ya sean funcionarias u ocupen cargos públicos.
Además, quien comete violencia política contra las mujeres es aquella persona que pretenda menoscarbar los derechos de las mujeres o discriminarlas por alguna situación, desde su ejercicio de poder, pueden ser compañeros de la propia militancia u otros candidatos o candidatas.
La diputada federal resaltó que se establecieron sanciones, dependiendo de la gravedad de la situación y la reparación del daño; asimismo, la obligatoriedad de los partidos políticos de promover los derechos de las mujeres, respetar la paridad de género y capacitar a su militancia.
"Los partidos políticos no podrán registrar planillas que no respeten la paridad de género, de lo contrario, se le rechazarían los registros y en su caso, pudiesen perder la oportunidad de registrar candidaturas", precisó.
Apuntó que también se estipula que para aspirar a ser un legislador o legisladora. no se deberá estar acusado de haber ejercido violencia política contra las mujeres en razón de género.**

 
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