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Nota N°. 6283 Plantea Carlos Iván Ayala que las consultas populares puedan convocarse en cualquier año de una Legislatura

• La propuesta responde al planteamiento del Ejecutivo, en el sentido de permitir que consultas se realicen cuando se requieran y no cada tres años, dice

Palacio Legislativo 08-09-2020 (Notilegis).- El diputado Carlos Iván Ayala Bobadilla (Morena) propuso establecer que la petición de consulta popular podrá presentarse ante las Cámaras del Congreso según corresponda, en términos de la ley, a partir del inicio de una Legislatura y en cada año sin importar si es año electoral o no.

Con ello, sostuvo, se permitirá brindar celeridad procesal a los temas de trascendencia nacional en la consulta popular, sin esperar a ser consultados hasta la siguiente elección, explicó en un comunicado, tras presentar su iniciativa para reformar el artículo 13 de la Ley Federal de Consulta Popular.

Ayala Bobadilla agregó que uno de los rasgos característicos de la administración de la 4T ha sido la toma de decisiones basadas en los resultados de consultas públicas.

“La consulta popular es el mecanismo de participación ciudadana que sirve para ejercer el derecho constitucional e impulsar la democracia participativa para votar en torno a temas de trascendencia nacional que puedan incidir en el debate y las decisiones que adoptan los órganos representativos del Estado mexicano”, indicó.

Su propuesta, dijo, responde al planteamiento del presidente Andrés Manuel López Obrador, en el sentido de permitir que las consultas populares se puedan realizar cuando se requieran y no cada tres años.

“Es relevante modificar el artículo 13 de la Ley Federal de Consulta Popular, para quitar el candado de que cada tres años pueda realizarse la consulta, y hoy, con esta reforma pueda realizarse cada año”, subrayó.

El diputado de Morena reiteró que la consulta popular es un mecanismo propio de la democracia participativa que propicia e incentiva al elector para generar una mayor cercanía de la autoridad política en la toma de decisiones.

Con este cambio, resaltó, la consulta será un recurso efectivo de voz y voto de apelación o impugnación sobre decisiones que emanen del Poder Ejecutivo o Legislativo. Es decir, será democrático y en estricto apego al derecho.

La reforma del artículo 13 de la Ley Federal de Consulta Popular plantea que “la petición de consulta popular podrá presentarse ante las Cámaras del Congreso según corresponda, en términos de esta ley, a partir del 1 de septiembre del primer año de ejercicio de cada legislatura, así como cada año subsecuente y hasta el 15 de septiembre del año previo al que se realice la jornada electoral federal”.

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