22 de diciembre 2024
entrevistas
Ciudad de México, a 1 de septiembre de 2021.
Ciudad de México, a 31 de agosto de 2021.
Ciudad de México, a 31 de agosto de 2021.

Monitoreo Radio TV Diciembre 2024
Lun Mar Mie Jue Vie Sab Dom
  1
2 3 4 5 6 7 8
9 10 11 12 13 14 15
16 17 18 19 20 21 22
23 24 25 26 27 28 29
30 31 

Estadísticas
Visitante No:
Contador


 
comunicaciónsocial
Nota N°. 10393 Publica DOF decreto que acota el cambio de uso de suelo en terrenos forestales
  • El documento reforma la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, y entra en vigor mañana martes

 

Palacio Legislativo, 26-04-2021 (Notilegis).- El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó este lunes el decreto que reforma la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, para acotar el cambio de uso de suelo en terrenos forestales.

 

El documento, que reforma los artículos 18, 20, 24, 93, 97 y 99 de dicha legislación, entrará en vigor este martes 27 abril.

 

Establece que no se podrá otorgar autorización de cambio de uso del suelo en terrenos “forestales donde la pérdida de cubierta forestal fue ocasionada por incendio, tala o desmonteâ€, sin que hayan pasado 20 años y se acredite a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) que la vegetación forestal afectada se ha regenerado.

 

Tratándose de terrenos ubicados en territorios indígenas, la autorización de cambio de uso de suelo además deberá acompañarse de medidas de consulta previa, libre, informada culturalmente adecuada y de buena fe, en los términos de la legislación aplicable. Para ello, la Semarnat se coordinará con el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas.

 

Señala que las diversas instancias del Gobierno Federal, de las entidades federativas y de los municipios no otorgarán apoyos o incentivos económicos para actividades en terrenos forestales cuyo cambio de uso de suelo no haya sido autorizado por la Semarnat.

 

Estipula que la Semarnat sólo podrá autorizar el cambio de uso de suelo en terrenos forestales por excepción, previa opinión técnica de los miembros del Consejo Estatal Forestal de que se trate, con base en estudios técnicos justificativos que demuestren:

 

Que la biodiversidad de los ecosistemas que se verán afectados se mantenga, y que la erosión de los suelos, “la capacidad de almacenamiento de carbonoâ€, el deterioro de la calidad del agua o la disminución en su captación se mitiguen en las áreas afectadas por la remoción de la vegetación forestal.

 

Además, la Semarnat, con la participación de la Comisión Nacional Forestal, coordinará con la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural la política de uso del suelo para estabilizar su uso agropecuario, con el desarrollo de prácticas sustentables que eviten que la producción agropecuaria crezca a costa de los terrenos forestales.

 

* * * *

 
Histórico hasta 2013
 
años:
| 2022 | 2021 | 2020 | 2019 | 2018 | 2017 | 2016 | 2015 | 2014 |
 
meses del 2022:
| Mayo | Marzo | Junio | Julio | Febrero | Enero | Abril |
 
Histórico hasta 2013
 
-->
difusión
comunicación