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Nota N°. 1353 Plantea Brenda Espinoza licencias laborales para padres de hijos diagnosticados con cualquier padecimiento en estado terminal
  • Es necesario eliminar el sesgo discriminatorio que rigen las actuales licencias laborales de padres de hijos con cáncer, en el que no se da cabida a otras enfermedades igual de graves, señala la diputada de Morena

 

Palacio Legislativo, 09-12-2021 (Notilegis).- La diputada Brenda Espinoza López (Morena) expuso ante el pleno de la Cámara de Diputados una iniciativa para otorgar licencias laborales a padres de menores que padezcan alguna enfermedad terminal, ampliando con ello una acción en la que solo se contemplan a padres de menores con cáncer.

 

“Se trata de un tema no sólo de justicia social, sino de ayudar a todas y todos esos héroes que hay en nuestro país, y que a diario se levantan a luchar por su vida, y que requieren el apoyo de sus padres para lograrlo,” señaló en un comunicado.

 

Al argumentar desde la tribuna de San Lázaro, la legisladora dijo que de acuerdo con el Estado de derecho en el que vivimos, “lo deseable es que se den licencias a las madres y padres que tienen hijas, hijos y adolescentes menores de 16 años, diagnosticados en etapa terminal, para que puedan acompañar a sus pacientes en sus correspondientes tratamientos médicos”.

 

El proyecto reforma el artículo 140 bis de la Ley del Seguro Social, el artículo 37 bis de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, y el artículo 170 bis de la Ley Federal del Trabajo.

 

La diputada apuntó que las licencias que ahora se autorizan solo están contempladas para tutores de menores enfermos de cáncer, motivo que deja a padres de hijos con algún otro padecimiento terminal, sin el acceso a este mecanismo jurídico, que se trata de “un ajuste razonable”.

 

Sin embargo, reconoció que en su momento la reforma publicada en julio del 2019 en materia de licencias laborales a padres con hijos con cáncer fue una punta de lanza en el cuidado de los derechos de los menores, que ha quedado rebasada.

 

“Se vuelve inhumano para aquellos padres que requieren de una licencia para dar cuidados paliativos en el caso de los niños diagnosticados respecto de otras enfermedades en etapa termina”, manifestó.

 

Por ello, la pertinencia de esta nueva reforma en la que se abre este derecho a los tutores de cualquier menor con algún padecimiento terminal, pues es un acto de humanidad y de no discriminación, apegado plenamente a los derechos humanos.

 

Espinoza López indicó que, acorde a opiniones de los médicos especialistas, un paciente en etapa terminal será considerado como tal si sufre de una enfermedad o condición patológica grave debidamente diagnosticada por profesionales de la salud, si la condición tiene carácter progresiva e irreversible.

 

Además, de un diagnóstico de plazo de vida corta en la que, de acuerdo con la Organización Mundial de la Salud, no es mayor a seis meses, y que la enfermedad o condición no sea susceptible de un tratamiento conocido que permita modificar el pronóstico de muerte próxima.

 

El cáncer, recordó, no es la única enfermedad crónica que puede llegar a etapa terminal, existen múltiples enfermedades donde el tratamiento obliga a los padres a acompañar a sus hijos.

 

Esta situación debe ser reconocida no sólo para preservar el interés superior de la niñez, también para garantizar el derecho a los padres de proveer una vida digna a sus hijos.

 

La iniciativa fue turnada a las comisiones unidas de Trabajo y Previsión Social para continuar con sus efectos legislativos.

 

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