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Nota N°. 1459 Juanita Guerra Mena propone expedir leyes en materia de ciberseguridad y cibercrimen

 

  • La diputada de Morena plantea modificar el artículo 73 de la Constitución

 

Palacio Legislativo, 29-12-2021 (Notilegis). - La diputada Juanita Guerra Mena (Morena) planteó una iniciativa de reforma constitucional que pretende facultar al Congreso de la Unión para expedir ordenamientos legales en materia de ciberseguridad y cibercrimen.

En un comunicado, detalló que esta propuesta adiciona la fracción XXIII Ter al artículo 73 de la Carta Magna, a fin de crear normas que contengan mecanismos que establezcan una coordinación entre autoridades de los tres órganos de gobierno y se diseñe una estrategia nacional de inteligencia cibernética y policial.

Refirió que es pertinente legislar sobre los delitos que involucran el uso de tecnología, problema que no es exclusivo de nuestro país, “se trata de una preocupación multinacional que derivó de la suscripción de instrumentos internacionales como el Convenio de Budapest, mejor conocido como Convenio Sobre Ciberseguridad”.

“Debemos implementar en nuestra legislación las siguientes cuestiones: criminalizar ciertas conductas como los delitos de orden nacional y dotar a las autoridades en materia de procuración de justicia penal, de las facultades y herramientas procedimentales para investigar la comisión de delitos en este caso, incluyendo expedir las capacidades de inteligencia y vigilancia y hacer de la tecnología el mejor aliado en temas de seguridad”, subrayó.

La diputada mencionó que México no cuenta con una ley dedicada a los delitos cibernéticos, únicamente en el Código Penal Federal hay un título dedicado al acceso ilícito y el sistema de tipos informáticos. No obstante, esas disposiciones son limitadas, dejan varias lagunas, lo que dificulta la lucha contra el cibercrimen.

Guerra Mena expresó que la reforma es necesaria, porque la Suprema Corte de Justicia de la Nación ( SCJN) es clara y contundente al afirmar que para que exista una ley general, lo primero es que debe tener el Congreso la facultad de expresarla.

Comentó que la Oficina de Naciones Unidas Contra la Droga y el Delito define a la ciberdelincuencia como un acto que infringe la ley y que se comete usando las tecnologías de la información y comunicación (TIC), a fin de atacar redes, sistemas, datos, sitios web y tecnología, o para facilitar un delito.

“La ciberdelincuencia se diferencia de los delitos comunes en que no tiene barreras físicas o geográficas, y se puede cometer con menos esfuerzo, más facilidad y velocidad que los delitos comunes”, añadió.

Citó que en el Convenio de Budapest se establece que los ciberdelitos son aquellos actos que ponen en peligro la confidencialidad, integridad y disponibilidad de los sistemas, redes y datos informáticos, así como el abuso de los mismos.

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