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Nota N°. 9184 Publica DOF la reforma constitucional que amplía el catálogo de delitos que se le pueden imputar al Ejecutivo
  • El decreto, que modifica los artículos 108 y 111 de la Carta Magna, entrará en vigor este sábado 20 de febrero

 

Palacio Legislativo, 19-02-2021 (Notilegis).- El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó este viernes el decreto de la reforma constitucional que amplía el catálogo de delitos por lo que puede ser imputado y juzgado el Presidente de la República.

 

El documento reforma los artículos 108 y 111 de la Carta Magna y entrará en vigor mañana sábado 20 de febrero.

 

La reforma al artículo 108 precisa que “durante el tiempo de su encargo, el Presidente de la República podrá ser imputado y juzgado por traición a la patria, hechos de corrupción, delitos electorales y todos aquellos delitos por los que podría ser enjuiciado cualquier ciudadano o ciudadana”.

 

Mientras que la modificación al artículo 111 menciona que “para proceder penalmente contra el Presidente de la República, sólo habrá lugar a acusarlo ante la Cámara de Senadores en los términos del artículo 110. En este supuesto, la Cámara de Senadores resolverá con base en la legislación penal aplicable”.

 

La reforma constitucional fue aprobada por la Cámara de Diputados y el Senado de la República, y avalada por Legislaturas locales.

 

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