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Nota N°. 10589 Publica DOF decreto que reforma la Ley General para la Prevenci贸n Social de la Violencia y la Delincuencia
  • El documento entra en vigor ma帽ana mi茅rcoles 5 de mayo

 

Palacio Legislativo, 04-05-2021 (Notilegis).- El Diario Oficial de la Federaci贸n (DOF) public贸 este martes el decreto del Congreso de la Uni贸n que reforma los art铆culos 7, 8 y 10 de la Ley General para la Prevenci贸n Social de la Violencia y la Delincuencia.

 

El documento entrar谩 en vigor este mi茅rcoles 5 de mayo.

 

Modifica la fracci贸n III del art铆culo 7 para indicar que la prevenci贸n social de la violencia y la delincuencia en el 谩mbito social se llevar谩 a cabo mediante el fomento de la soluci贸n pac铆fica de conflictos, privilegiando la comunicaci贸n a trav茅s del di谩logo, la tolerancia y el principio de no discriminaci贸n.

 

Mientras que en la fracci贸n V se indica que se establecer谩n programas que modifiquen las condiciones sociales de la comunidad y generen oportunidades de desarrollo especialmente para los grupos en situaci贸n de riesgo, vulnerabilidad y marginaci贸n.

 

Asimismo, se adiciona la fracci贸n VI para se帽alar que esta prevenci贸n tambi茅n se llevar谩 a cabo mediante estrategias y acciones de protecci贸n a las familias para evitar su desintegraci贸n y cualquier modalidad de violencia que la propicie, a trav茅s de la educaci贸n y el empoderamiento de todos sus miembros sin ning煤n tipo de discriminaci贸n.

 

Se adiciona una fracci贸n VI al art铆culo 9 para establecer la recuperaci贸n de espacios p煤blicos, con la participaci贸n de la comunidad incluyendo todos los grupos que la conforman.

 

En lo que respecta al art铆culo 10, se plantea la inclusi贸n de la prevenci贸n de la violencia, la delincuencia y las adicciones, principalmente de alcohol, tabaco y estupefacientes, en las pol铆ticas p煤blicas en materia de educaci贸n, a trav茅s de la difusi贸n de contenidos tendientes a disminuirlas.

 

Asimismo, se adiciona una fracci贸n IV para indicar el fortalecimiento de las medidas de detecci贸n, prevenci贸n y atenci贸n del acoso entre ni帽as, ni帽os, adolescentes y mujeres, en las escuelas y comunidades que privilegien la retroalimentaci贸n de sus experiencias en la comunidad.

 

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