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Nota N°. 569 Propone María del Rocío Corona prohibir uso y comercialización del asbesto y sus variantes
  • Es cancerígeno y está presente sobre todo en materiales de construcción, señala la diputada del PVEM; presenta reforma a la Ley General de Salud

 

Palacio Legislativo, 10-10-2021 (Notilegis).- La diputada María del Rocío Corona Nakamura (PVEM) planteó la prohibición del asbesto en el uso, almacenamiento y comercialización de productos, ya que la exposición a este material y sus derivados provoca cáncer y de los más agresivos.

En una iniciativa de reforma al artículo 282 de la Ley General de Salud propuso prohibir el uso de este grupo de minerales que está en varios materiales de construcción como techos, azulejos, tableros de pared y aislamiento, para fabricar partes de los frenos y embragues de automóviles, además de que está presente en fábricas, escuelas, casas o barcos, entre otros.

“Históricamente el material ha sido elegido por su fortaleza, capacidad de aislar, perdurabilidad y resistencia al calor y a muchos químicos. No obstante, su uso trae efectos graves a la salud de las personas. La propia Organización Mundial de la Salud ha hecho fuertes advertencias sobre su manejo señalando que todas las formas de asbesto son cancerígenas para el ser humano”, indicó la diputada en un comunicado.

Desafortunadamente en nuestro país, recordó la legisladora ecologista, se registran poco más de 84 mil muertes por cáncer cada año, siendo los principales tipos los de mama, próstata, colon, tiroides, cérvico-uterino y de pulmón; con la agravante de que los diagnósticos son complicados y en algunas ocasiones tardíos, derivado de que los síntomas que alertan sobre el padecimiento aparecen cuando la enfermedad está avanzada.

Corona Nakamura insistió en que es momento de hacer un balance serio y real entre la salud pública de la población y las utilidades que obtienen algunas empresas. “Por ley, es necesario prohibir el uso de asbestos en nuestro país, en el entendido de que habrá un periodo de gracia para que la industria se adapte; sin embargo, la proscripción es impostergable y no puede tardarse más allá del tiempo que se determine como prórroga”, concluyó la parlamentaria.

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