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Nota N°. 2261 Publica DOF reforma a la Ley Federal del Trabajo para considerar labores peligrosas o insalubres en el sector agrícola

Palacio Legislativo, 05-04-2022 (Notilegis).- El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó el decreto por el que se reforma el artículo 176, fracción II, numeral 8 de la Ley Federal del Trabajo, para considerar como labores peligrosas o insalubres, las agrícolas, forestales, de aserrado, silvícolas, de caza y pesca que impliquen el uso de químicos, manejo de maquinaria, vehículos pesados, y los que determine la autoridad competente.

 

Este dictamen fue aprobado por el Pleno de la Cámara de Diputados en abril de 2018 y fue enviado al Senado de la República para sus efectos Constitucionales.

 

El primer transitorio, establece que las modificaciones entrarán en vigor este miércoles 6 de abril.

 

El segundo transitorio determina que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social contará con un plazo de 180 días posteriores a la entrada en vigor dicho decreto para elaborar y publicar una Norma Oficial Mexicana a efecto de clasificar las actividades a que se refiere el artículo 176, fracción II, numeral 8 a fin de determinar aquéllas de menor riesgo.

 

Esta reforma plantea establecer una clasificación de las actividades agrícolas de menor riesgo para crear oportunidades de empleo formal en el medio rural, para adolescentes de entre 16 y 18 años de edad.

 

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