17 de agosto 2024
entrevistas
Ciudad de México, a 1 de septiembre de 2021.
Ciudad de México, a 31 de agosto de 2021.
Ciudad de México, a 31 de agosto de 2021.

Monitoreo Radio TV Agosto 2024
Lun Mar Mie Jue Vie Sab Dom
  1 2 3 4
5 6 7 8 9 10 11
12 13 14 15 16 17 18
19 20 21 22 23 24 25
26 27 28 29 30 31 

Estadísticas
Visitante No:
Contador


 
comunicaciónsocial
Nota N°. 2327 DOF publica decreto que reforma la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable sobre transporte de materias primas y productos forestales
  • El documento entrará el día de mañana

 

Palacio legislativo, 11-04-2022 (Notilegis).–El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó este lunes un decreto que reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable sobre transporte de materias primas y productos forestales.

 

El documento modifica los artículos 70, 83, 92, 155 y 157; asimismo, se adicionan un artículo 92 Bis; y una fracción XXIX, recorriéndose en su orden la actual que pasa a ser la fracción XXX, al artículo 155; y se deroga el segundo párrafo del artículo 70.

 

En sus artículos transitorios se establece que el decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

 

De igual forma, que la Secretaría del ramo deberá actualizar y publicar en un plazo no mayor de 180 días naturales, contados a partir de la publicación de este decreto, todas aquellas disposiciones reglamentarias y administrativas que se opongan al presente decreto.

 

Con estas modificaciones se determina que serán la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) y la Comisión Nacional Forestal (Conafor) quienes darán trámite para el otorgamiento de documentos que acrediten la legalidad de la transportación de productos y materias primas forestales.

 

Asimismo, se establece que los propietarios de los centros de almacenamiento y transformación de materias primas y productos forestales, deberán presentar durante los primeros diez días hábiles de los meses de julio y enero, un informe sobre los movimientos registrados durante el semestre anterior a la presentación del informe. En el Reglamento se determinarán los términos de su presentación.

 

La omisión en la presentación de dos informes semestrales, la Secretaría revocará la autorización de funcionamiento de los centros de almacenamiento y transformación de materias primas y productos forestales; la misma medida se aplicará para aquellos centros que proporcionen información falsa a la Secretaría.

 

Estas modificaciones legales fueron avaladas en pasado marzo por el Senado de la República, luego de que recibieran la minuta remitida por la Cámara de Diputado.

 

* * *

 

 
Histórico hasta 2013
 
años:
| 2022 | 2021 | 2020 | 2019 | 2018 | 2017 | 2016 | 2015 | 2014 |
 
meses del 2022:
| Mayo | Marzo | Junio | Julio | Febrero | Enero | Abril |
 
Histórico hasta 2013
 
-->
difusión
comunicación