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Nota N°. 2012 Presenta Sayonara Vargas iniciativa para que los derechos de los pueblos ind铆genas no est茅n por encima de los de la mujer
  • La diputada del PRI plantea reformar el art铆culo 2 de la Constituci贸n Pol铆tica
  • La Constituci贸n debe reconocer la libre determinaci贸n y autonom铆a de los pueblos ind铆genas, se帽ala

 

Palacio Legislativo, 12-03-2022 (Notilegis).- A fin de que los derechos de los pueblos ind铆genas ni los usos y costumbres est茅n por encima de los derechos de la mujer, la diputada Sayonara Vargas Rodr铆guez (PRI) present贸 una iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el art铆culo 2 de la Constituci贸n Pol铆tica de los Estados Unidos Mexicanos.

 

A trav茅s de un comunicado afirm贸 que el respeto a los derechos de las mujeres en los pueblos ind铆genas no s贸lo se trata de sistemas normativos para la soluci贸n de sus conflictos internos, sino de una visi贸n integral en la sociedad.

 

Indic贸 que la Constituci贸n debe reconocer la libre determinaci贸n y autonom铆a de los pueblos ind铆genas, sin perder de vista el respeto a las garant铆as individuales, los derechos humanos, la dignidad e integridad de las mujeres de los pueblos originarios en sus formas de convivencia y organizacio虂n social, econo虂mica, poli虂tica y cultural.

 

Adem谩s, la diputada por Hidalgo precis贸 que la Carta Magna debe considerar sus sistemas normativos para la soluci贸n de conflictos; elecci贸n de representantes y formas propias de gobierno; cultura e identidad; conservaci贸n de habitat; uso y disfrute de propiedad y recursos naturales; representaci贸n ind铆gena ante los ayuntamientos y reconocimiento de usos y costumbres en los procesos judiciales.

 

Asimismo, resalt贸 la violencia contra las mujeres como un problema generalizado y de derechos humanos que afecta la vida de la sociedad, obstaculiza el desarrollo, la democracia y gobernanza, que impide el ejercicio pleno de derechos a las mujeres causando situaci贸n de desigualdad, subordinaci贸n y discriminaci贸n, bajo un sistema patriarcal hist贸ricamente validado.

 

Por 煤ltimo, subray贸 la necesidad de reconocer en la Constituci贸n que el derecho de los pueblos indi虂genas a la libre determinaci贸n est茅 en armon铆a con las garanti虂as individuales, los derechos humanos, la dignidad e integridad de las mujeres y nunca por encima de ello.

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