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Nota N°. 2161 Propone María Guadalupe Román reforma al Código Civil federal, respecto a deudores alimentarios
  • Que el Estado persiga administrativamente a los deudores alimentarios y que el cónyuge adquiera y se responsabilice de su obligación, desde el momento en que la mujer tenga conocimiento de su embarazo, plantea la diputada de Morena

 

Palacio Legislativo, 27-03-2022(Notilegis).- La diputada María Guadalupe Román Ávila (Morena) propuso una iniciativa que reforma, adiciona y deroga diversos artículos del Código Civil Federal.

 

En un comunicado dijo que esta iniciativa busca “que el Estado persiga de forma administrativa a los deudores alimentarios y que el cónyuge adquiera y se responsabilice de su obligación, desde el momento en que la mujer tenga conocimiento de su embarazo”.

 

De acuerdo con datos del Inegi, en el 2020 se registraron 92 mil 739 divorcios y 335 mil 563 matrimonios, es decir, por cada 100 matrimonios ocurrieron 27.6 divorcios. Lo que indica que el 90.6 por ciento del total de los divorcios fueron resueltos por vía judicial, mientras que el 9.4 por ciento correspondieron a divorcios resueltos por vía administrativa.

 

Es decir, que las principales causas del divorcio a nivel nacional fueron el divorcio incausado, con 66.2 por ciento, seguido por el mutuo consentimiento con el 32.4 por ciento.

 

“Hay que recordar que el divorcio incausado no resuelve custodia de menores ni pensión alimenticia”, detalló.

 

En consecuencia, genera que las madres carguen con responsabilidades que deberían de ser mutuas y se encuentren en problemas al momento de disolver el matrimonio absorbiendo los gastos económicos, las labores en casa y actividades donde se requiera la participación mutua.

 

Lo anterior, no garantiza que pre, durante y post divorcio los menores reciban el apoyo de sus padres, generalmente de los padres para tener un crecimiento sano y libre de algún tipo de violencia o trauma que el proceso genere.

 

Por ello, la iniciativa contempla “que el cónyuge asuma las responsabilidades psicológicas que puedan acarrear los menores tras un divorcio”, afirmó.

 

Asimismo, que “el cónyuge tenga responsabilidad de proveer medicamentos, vacunas, servicio médico y todo lo que conlleve para el crecimiento y desarrollo de la gestación”.

 

Román Ávila señaló que “en caso de incumplimiento por parte del obligado a proporcionar los alimentos, tratamiento psicológico, medicamentos, vacunas, servicio médico y todo lo que conlleve para el crecimiento y desarrollo del embarazo, éste adquirirá el carácter de deudor alimentario”.

 

De igual forma dijo que “las instituciones bancarias, prestamistas, empresas laborales y en general instituciones de gobierno en los distintos órdenes tengan conocimiento sobre los deudores alimentarios”.

 

“La aprobación de esta iniciativa generará certeza jurídica a madres solteras que se ven diariamente revictimizadas y forzadas a trabajar extensas jornadas laborales”, concluyó.

 

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