- El documento entra en vigor mañana miércoles 18 de mayo
Palacio Legislativo, 17-05-2022 (Notilegis).- El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó este martes un decreto que reforma a los artículos 1 y 9 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, en materia de salud mental. Se modificaron las fracciones III del artículo 1 y las fracciones XXX, XXXI y XXXII del artículo 9 de la citada legislación. Con estas reformas se establece que se considerará discriminación toda distinción, exclusión, restricción o preferencia que, por acción u omisión, obstaculice, restrinja, impida, menoscabe o anule el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y libertades, de algunas personas por su “salud física o mental”. También se considerará discriminación negar la prestación de servicios financieros a personas con discapacidad y personas adultas mayores o por motivo de la condición de salud física o mental; difundir sin consentimiento de la persona agraviada información sobre su condición y antecedentes de salud física o mental, o sobre cualquier otro dato personal sensible. Asimismo, estigmatizar y negar derechos a personas con VIH/SIDA, o cualquier condición o antecedentes de salud física o mental. El decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOF, es decir, este miércoles 9 de mayo. Estas modificaciones fueron aprobadas, por unanimidad, en la Cámara de Diputados el 23 de marzo del presente año, y remitidas al Senado de la República para sus efectos constitucionales. * * * |