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Boletín N°. 3309 Sancionan posesión ilícita de cargadores de cartuchos para armas exclusivas de Ejército, Armada y Fuerza Aérea
  • Pena de prisión de hasta cinco años cuando sean más de cinco

 

01-04-2014.- La Cámara de Diputados aprobó reformas a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, a fin de crear el supuesto legal de posesión de cargadores de cartuchos para armas de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea y sancionar a quienes de manera ilícita los posean.

 

Con 362 votos a favor, tres en contra y 26 abstenciones, el Pleno acordó adicionar un artículo 83 Quintus a la Ley, a fin de establecer una pena de prisión de uno a dos años y de 50 a 100 días multa, cuando se trate de dos y hasta cinco cargadores, y de dos a cinco años y de cien a doscientos días multa, cuando sean más de cinco.

 

El documento, devuelto al Senado de la República, destaca la necesidad de avanzar en la actualización de la norma, para hacerla acorde a las condiciones actuales del país, con la incorporación del nuevo tipo penal de posesión ilícita de cargadores de cartuchos

 

Precisa que de acuerdo con el Informe de rendición de cuentas de la Policía Federa, del 2007 al 2011 se lograron asegurar 33 mil 374 cargadores y un millón 642 mil 158 cartuchos.

 

Considera que la sanción por la posesión de cargadores de cartuchos contribuirá a cerrar los espacios de impunidad a la delincuencia, brindando seguridad jurídica a quienes son parte de algún procedimiento penal.

 

“La ausencia de un tipo penal para sancionar las conductas de posesión de cargadores puede limitar el ejercicio de la acción penal hacia personas o grupos de la delincuencia organizada, que a través de la posesión de cartuchos pretendan fortalecer sus capacidades”, resalta.

 

Al fundamentar el dictamen, el secretario de la Comisión de Defensa Nacional, diputado Fernando Donato de las Fuentes Hernández (PRI), recordó que el propósito es sancionar la posesión ilícita de cargadores de cartuchos para armas de fuego de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea.

 

Indicó que es necesario que dicha figura se contemple en la Ley, evitando vacíos para propiciar una sanción eficaz y combatir la impunidad que la imprecisión jurídica puede acarrear, dotando al Ministerio Público de los elementos jurídicos y técnicos que le permitan realizar una adecuada integración de las averiguaciones previas.

 

Este dictamen, dijo, resulta de gran importancia en el combate contra la delincuencia organizada, pues se establece un tipo penal preciso y una sanción ejemplar para quien incurra en esta actividad, dando un parámetro a la autoridad jurisdiccional para valorar la gravedad de la actividad ilícita.

 

Con las reformas a la Ley, aseguró, se establece una descripción típica que permita sancionar dicha conducta, a partir de la cual se brinde seguridad y certeza jurídica a las partes y al procedimiento penal, además de colmar los vacíos legales que actualmente existen.

 

De las Fuentes Hernández expuso que la gradualidad de las penalidades, dependiendo las cantidades de cargadores de cartuchos que sean objeto de posesión ilícita, son acordes con los principios de proporcionalidad de la pena y razonabilidad jurídica, a la vez que cumplen con dos objetivos: la posible inhibición de la conducta delictiva y la aplicación de una pena justa respecto al ilícito cometido.

 

Sobre el tema, el diputado Juan Luis Martínez Martínez (Movimiento Ciudadano) expuso que el tráfico de armas es una compleja red mercantil que se alimenta de los conflictos armados, problemas de legitimidad de los sistemas políticos y de la corrupción pública, privada, civil y militar; por ello, dijo, se deben tener herramientas que permitan enfrentarlo de manera efectiva.

 

Es necesario, dijo, combatir este flagelo de manera ejemplar, no sólo en la aplicación de la norma, sino en la atención y la actuación ante el mercado negro de armas exclusivas del Ejército, a fin de lograr que menos personas sean privadas de la vida.

 

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