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Boletín N°. 3342 La Comisión de Reforma Agraria aprueba establecer Unidades Agrícolas Industriales de la Mujer

04-04-2014 La Comisión de Reforma Agraria, que preside la diputada Gisela Raquel Mota Ocampo (PRD), aprobó un dictamen que permitirá establecer Unidades Agrícolas Industriales de la Mujer, cuyo propósito será realizar y coordinar actividades productivas de las zonas rurales.

 

El dictamen pretende reformar los artículos 71 y 108 de la Ley Agraria, con la finalidad de facilitar a las mujeres integrantes de un ejido organizarse como Unidades Industriales para el comercio o cualquier otra actividad que promueva el desarrollo económico y social de las comunidades rurales.

 

El documento señala que estas reformas contribuirán a dar claridad al sector de las mujeres organizadas, a través de una figura jurídica que les permita mejorar las actividades productivas de las regiones del campo.

 

La legisladora resaltó que estos cambios generarán las condiciones de forma en cuanto a la organización, constitución y funcionamiento de las sociedades rurales, con el único fin de impulsar el desarrollo de estas comunidades, las cuales presentan mayores vulnerabilidades.

 

Los integrantes de la comisión también aprobaron un dictamen que plantea actualizar el nombre de la Secretaría de de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu) en las leyes Agraria, de Asociaciones Público Privadas, de Cooperación Internacional para el Desarrollo, Recompensas Civiles, de Sociedades de Solidaridad Social.

 

Asimismo, las leyes de Vivienda, del Instituto Nacional de las Mujeres, de la Federal de Derechos, de Asentamientos Humanos, Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, de Bienes Ciudadanos, de Cambio Climático, de Desarrollo Forestal Sustentable, de Desarrollo Social, de Población, Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y de la Orgánica de la Financiera Rural.

 

La presidenta de la comisión explicó que esta reforma permitirá dar certeza jurídica a la Sedatu para desempeñar sus atribuciones, facultades y obligaciones, así como garantizar el desarrollo y fomento a la vivienda, del territorio agrícola y de los programas relativos a esta dependencia.

 

Además, se aprobó un dictamen que plantea modificar el artículo 166 de la Ley Agraria con el objetivo de establecer la figura de la suspensión del acto reclamado en materia agraria, misma que se regula en términos de las disposiciones vigentes en la Ley de Amparo.

 

La legisladora expuso que con la modificación al artículo 166 se establecería que la suspensión a que hace referencia este ordenamiento se concederá de oficio, y de plano, cuando se trate de actos que tengan o puedan tener por efecto privar total o parcialmente, en forma temporal o definitiva, de la propiedad, posesión o disfrute de sus derechos agrarios a los núcleos de población ejidal o comunal.

 

De igual manera, se avalaron reformas al artículo 82 de la Ley Agraria con la intención establecer que en un lapso de 60 días hábiles el Registro Agrario Nacional otorgue la baja de una parcela que adquiera el dominio pleno, con el fin de que esta dependencia posteriormente dé el título de propiedad.

 

Al respecto, Mota Ocampo refirió que el dictamen busca evitar la dilatación por parte de la autoridad en estos trámites, lo cual sin duda es un beneficio para los interesados que se encuentren en esta situación.

 

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