23-04-2014.- Durante la sesi贸n, el Pleno de la C谩mara de Diputados aprob贸, en votaci贸n econ贸mica, el formato para la obtenci贸n de firmas para presentar una petici贸n de consulta popular. El acuerdo aclara dicho formato, que refiere el art铆culo 15 de la Ley Federal de Consulta Popular, ha sido consensuado y avalado con el Senado de la Rep煤blica y el Instituto Nacional Electoral en los t茅rminos que dispone la citada Ley. Precisa que el formato para la obtenci贸n de firmas entrar谩 en vigor a partir de su aprobaci贸n en el Pleno. El art铆culo 15 de la dicha norma se帽ala que el formato para la obtenci贸n de firmas lo determinar谩n las C谩maras del Congreso de la Uni贸n, previa consulta al Instituto Nacional Electoral. Asimismo, deber谩 contener por lo menos: el tema de trascendencia nacional planteado; la propuesta de pregunta; el n煤mero de folio de cada hoja; el nombre, firma, la clave de elector o el n煤mero identificador al reverso de la credencial de elector derivado del reconocimiento 贸ptico de caracteres (OCR) de la credencial para votar con fotograf铆a vigente, y la fecha de expedici贸n. El diputado Ricardo Monreal 脕vila (MC) se帽al贸 que este formato podr铆a ser utilizado para que en la pr贸xima elecci贸n federal se consulte a la poblaci贸n sobre temas como los recursos energ茅ticos o recursos naturales propiedad de la naci贸n, o temas relevantes para los ciudadanos, para que 茅stos, mediante la consulta popular, decidan. Expres贸 su preocupaci贸n porque 鈥渟iendo 茅ste un formato que si se aprueba puede ser legal, formal y constitucionalmente v谩lido, es un formato inviable para un ciudadano com煤n y corriente habitante de alguna comunidad en el pa铆s鈥. Es un formato, dijo, que 鈥渜uiz谩 requiera un curso inductivo antes de llenarlo. Es un formato que ya aprob贸 el INE y que lo remite a la C谩mara para decir que contiene los elementos que en el art铆culo 15 se帽ala la ley referida鈥. Contiene m谩s elementos que los que la ley aprob贸 o que la ley contiene por voluntad del Legislativo, indic贸. En su turno, el diputado Manuel Rafael Huerta Ladr贸n de Guevara (PT) consider贸 que lo que se busca es coartar la participaci贸n de muchos ciudadanos y ciudadanas. Ejemplific贸 que en cualquier proceso electoral, para el llenado de actas se capacita a los ciudadanos, y a煤n as铆 hay un gran problema a la hora del llenado. Y aqu铆 aunque es un formato, 鈥渟abemos que dif铆cilmente van a caber en estos espacios los datos que se est谩n requiriendo鈥. El diputado Ricardo Mej铆a Berdeja (MC) precis贸 que en el formato 鈥渘o solamente est谩n incluyendo como requisito la clave de elector sino lo que se conoce como OCR, que son n煤meros que est谩n ubicados en el reverso de la propia credencial de elector. Y la ley establec铆a la disyuntiva, clave de elector u OCR. Y en el formato que manda el INE est谩n poniendo los dos鈥. Afirm贸 que 鈥渃laramente es una maniobra para dificultar el ejercicio participativo de los ciudadanos en estas consultas鈥. Adem谩s, dijo, con esta pr谩ctica 鈥渂uscan generar un tortuguismo e inducir al error a los ciudadanos que de buena fe quieren ser objeto de estas consultas鈥. Por 煤ltimo, el diputado Francisco Alfonso Durazo Monta帽o (MC) se帽al贸 que si el formato tiene la complejidad, complicar谩 el proceso de consulta popular, y 鈥渃ualquier complicaci贸n adicional a las muchas que ya establece la Ley de Consulta Popular ser谩 fuente de problemas pol铆ticos en el pa铆s鈥. Por ello, consider贸 que se debe analizar y dise帽ar debidamente un formato, que como hemos denunciado en otras ocasiones, no solo sea franqueable, sino que facilite la participaci贸n popular. -- ooOoo -- |