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Bolet铆n N°. 3478 Aprueban en comisiones elevar penas por da帽os a monumentos y zonas arqueol贸gicas
  • Avalan dictamen sobre educaci贸n para adultos a nivel medio superior

 

24-04-2014 Las Comisiones Unidas de Educaci贸n P煤blica y Servicios Educativos y de Cultura y Cinematograf铆a aprobaron una minuta que reforma diversos art铆culos de la Ley Federal sobre Monumentos Arqueol贸gicos, Art铆sticos e Hist贸ricos, con el prop贸sito de elevar las penas a quien cause da帽os, atente o, en su caso, comercialice estos sitios.

 

El documento, que modifica los art铆culos 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54 y 55, y adiciona el art铆culo 53 Bis de dicha ley, establece que a quien realice trabajos materiales de exploraci贸n arqueol贸gica, por excavaci贸n, remoci贸n o por cualquier otro medio, en monumentos arqueol贸gicos inmuebles o en las zonas donde se ubiquen, sin la autorizaci贸n del Instituto Nacional de Antropolog铆a e Historia, se le impondr谩 prisi贸n de tres a diez a帽os y de mil a tres mil d铆as multa.

 

Adem谩s, al que ordene, induzca, dirija, organice o financie esas conductas, se les incrementar谩 hasta por una mitad las penas antes se帽aladas.

 

Igualmente, al que vali茅ndose del cargo o comisi贸n del Instituto Nacional de Antropolog铆a e Historia, disponga para s铆 o para otro de un monumento arqueol贸gico mueble, se le impondr谩 prisi贸n de tres a diez a帽os y de dos mil a cinco mil d铆as multa.

 

Si los funcionarios encargados de la aplicaci贸n de la ley cometen los delitos, las sanciones relativas se les aplicar谩n independientemente de las que les correspondan conforme a la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores P煤blicos.

 

Al que efect煤e cualquier acto traslativo de dominio de un monumento arqueol贸gico mueble o comercie con 茅l, y al que lo transporte, exhiba o reproduzca sin el permiso y la inscripci贸n correspondiente, se le impondr谩 prisi贸n de tres a 10 a帽os y de dos mil a tres mil d铆as multa.

 

La misma pena aplicar谩 para quien ilegalmente tenga en su poder un monumento arqueol贸gico o un monumento hist贸rico mueble y que 茅ste se haya encontrado en o que proceda de un inmueble registrado, y a quien se apodere de un monumento mueble arqueol贸gico, hist贸rico o art铆stico sin consentimiento de quien puede disponer de 茅l con arreglo a la Ley.

 

Destaca que al que da帽e, altere o destruya un monumento arqueol贸gico, art铆stico o hist贸rico, se le impondr谩 prisi贸n de tres a 10 a帽os y multa hasta por el valor del da帽o causado.

 

Se impondr谩 prisi贸n de cinco a 12 a帽os y de tres mil a cinco mil d铆as de multa al que saque del pa铆s un monumento arqueol贸gico, art铆stico o hist贸rico, sin permiso del Instituto competente.

 

Resalta que a quien reincida en estos delitos se les aumentar谩 la sanci贸n desde dos tercios hasta otro tanto de la duraci贸n de la pena. La sanci贸n para quienes resulten delincuentes habituales se aumentar谩 de uno a dos tantos de la que corresponda al delito mayor.

 

De igual forma, las comisiones aprobaron otra minuta que adiciona un art铆culo 28 TER a la Ley Federal sobre Monumentos Arqueol贸gicos, Art铆sticos e Hist贸ricos, para instaurar que las disposiciones sobre preservaci贸n e investigaci贸n ser谩n aplicables a los rastros de existencia humana que tengan un car谩cter cultural, hist贸rico o arqueol贸gico, localizados en la zona marina de M茅xico, exceptuando los buques y aeronaves de Estados extranjeros.

 

Posteriormente, la Comisi贸n de Educaci贸n P煤blica y Servicios Educativos aval贸 reformas al art铆culo 43 de la Ley General de Educaci贸n para que la educaci贸n media superior sea considerada en la educaci贸n para adultos.

 

脡sto debido a que, seg煤n datos del Instituto Nacional para la Educaci贸n de los Adultos (INEA), en el 2010 exist铆an en el pa铆s 33 millones 403 mil 374 personas con rezago educativo.

 

El texto subraya que la educaci贸n para adultos debe ser un tema prioritario en las pol铆ticas enfocadas a mejorar el nivel de vida de la sociedad, sobre todo porque el promedio de salario para alguien que s贸lo finaliz贸 la primaria es de 4 mil pesos al mes, al igual que los que cuentan con secundaria o preparatoria; no es hasta un t铆tulo de licenciatura que se da un incremento considerable, ganando 13 mil 807 pesos.

 

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