22 de diciembre 2024
entrevistas
Ciudad de México, a 1 de septiembre de 2021.
Ciudad de México, a 31 de agosto de 2021.
Ciudad de México, a 31 de agosto de 2021.

Monitoreo Radio TV Diciembre 2024
Lun Mar Mie Jue Vie Sab Dom
  1
2 3 4 5 6 7 8
9 10 11 12 13 14 15
16 17 18 19 20 21 22
23 24 25 26 27 28 29
30 31 

Estadísticas
Visitante No:
Contador


 
comunicaciónsocial
Boletín N°. 3937 Diputados envían al Senado, con cambios, leyes de Ingresos sobre Hidrocarburos y del Fondo Mexicano del Petróleo

01-08-2014.- La Cámara de Diputados aprobó en lo general y particular, con cambios, el dictamen que expide las leyes de Ingresos sobre Hidrocarburos y del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo, y reforma diversas disposiciones de las leyes Federal de Derechos y de Coordinación Fiscal. Lo remitió al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

 

La discusión en lo particular se dividió en dos temas: “Ley de Coordinación Fiscal†y “Administración del Fondo Mexicano del Petróleoâ€.

 

Al desahogar las reservas, en el primer tema “Ley de Coordinación Fiscalâ€, los diputados avalaron con 333 votos a favor, 102 en contra y 1 abstención, reformas a los artículos 39, 41, 42, 63 y eliminó el 62, recorriéndose los subsecuentes de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos, así como las fracciones VII y VIII del artículo 2 del decreto. También, los artículos 2 y 4-B, la fracción II del artículo Sexto del Decreto y adicionó un Transitorio Segundo a la Ley de Coordinación Fiscal.

 

De esta manera, se incrementa del 79.73 a 80.29 el porcentaje de recaudación federal participable de los ingresos petroleros, y disminuye de 68 a 65 por ciento el pago que los asignatarios (Pemex) hagan del derecho por la utilidad compartida.

 

Además, se establece que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público enterará a las entidades federativas las cantidades correspondientes mensualmente, de forma provisional y, en su caso, efectuará el ajuste anual que corresponda, conforme a las disposiciones que al efecto emita.

 

De igual modo, se fija un límite de 11 mil 800 millones de pesos de los recursos que se entreguen a las entidades y municipios en el ejercicio correspondiente, los cuales deberá entregar a más tardar en el mes de febrero del ejercicio siguiente al que corresponda.

 

Por otra parte, se modificó el nuevo artículo 62 para que la cobertura de los seguros y fianzas que garanticen la indemnización de daños que causen los servidores públicos por el desempeño de sus funciones, no aplique cuando éstos hayan actuado con dolo, mala fe o cometido algún ilícito.

 

En la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos se cambian las fracciones VII y VIII del artículo Segundo Transitorio, relativas a las tasas del derecho por la utilidad compartida y al porcentaje máximo aplicable en la deducción de costos, gastos e inversiones para el cálculo del derecho por la utilidad.

 

En la Ley de Coordinación Fiscal, se precisaron los porcentajes para los ejercicios fiscales de 2015 a 2018 de la recaudación: 73 por ciento, en 2015; 74.82, en 2016; 76.65, en 2017; y 78.47 por ciento, en 2018.

 

De igual forma, se modifica una fracción II al artículo Sexto del Decreto, para que durante los ejercicios del 2015 al 2018 la recaudación federal participable que provenga de los ingresos petroleros del gobierno federal, así como de los ingresos excedentes, esté integrada por los ingresos que resulten de los derechos y de los contratos para la exploración y extracción de hidrocarburos que se determinen, conforme a las proporciones previstas en la Ley de Ingresos de la Federación del año de que se trate.

 

Para determinar la recaudación federal participable se deberá considerar la proporción de ingresos por derechos y la proporción de ingresos por contratos para la exploración y extracción de hidrocarburos.

 

En este primer tema, el Pleno aprobó en los términos del dictamen, con 333 votos a favor, 102 en contra y 1 abstención, las reservas de diputados del PRD, MC y PT a los artículos 2-A y 4-A, así como a los transitorios: Primero y Segundo de la Ley de Coordinación Fiscal.

 

En el segundo, “Administración del Fondo Mexicano del Petróleoâ€, todas las reservas presentadas por legisladores del PAN, PRD, MC y PT fueron rechazadas por el Pleno, que avaló en los términos del dictamen, con 334 votos en pro y 119 en contra, los siguientes artículos:

 

1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 40, 46, 47, 48, 49, 52, 57, 58, 59, 60 y 61 de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos.

 

Además, los artículos 1, 2, 4, 6, 7, 8, 9, 10, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24 y 25 de la Ley del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo.

 

En la presentación de las reservas participaron los diputados del PRD, Jorge Federico de la Vega Membrillo, Teresita de Jesús Borges Pasos, Javier Orihuela García, Lorenia Iveth Valles Sampedro, Yazmin de los Ãngeles Copete Zapot, Roxana Luna Porquillo y Karen Quiroga Anguiano.

 

Por Movimiento Ciudadano, Ricardo Mejía Berdeja, María Fernanda Romero Lozano, Zuleyma Huidobro González y Ricardo Monreal Ãvila.

 

Del PT, Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara, Magdalena del Socorro Núñez Monreal, Héctor Hugo Roblero Gordillo y Lilia Aguilar Gil, así como Esther Quintana Salinas (PAN).

 

-- ooOoo --

 
Histórico hasta 2013
 
años:
| 2022 | 2021 | 2020 | 2019 | 2018 | 2017 | 2016 | 2015 | 2014 |
 
meses del 2022:
| Julio | Junio | Mayo | Abril | Marzo | Febrero | Enero |
 
Histórico hasta 2013
 
-->
difusión
comunicación