25-12-2014 El Estado mexicano debe garantizar plenamente y sin discriminación el derecho a la tutela y la protección judicial efectiva de los nacionales y de los no nacionales que se encuentran bajo su jurisdicción. Con este argumento, el diputado Marino Miranda Salgado (PRD) promueve una iniciativa que reforma la Ley Federal de DefensorÃa Pública para reconocer y garantizar la defensa adecuada y el acceso a la justicia a migrantes irregulares en territorio nacional o personas cuya situación migratoria no esté acreditada. En el documento, señala que actualmente este ordenamiento no prevé los casos en que las personas migrantes estén privadas de su libertad en estaciones migratorias o imposibilitadas para acudir a las instituciones cuando enfrentan circunstancias que afectan sus derechos humanos por temor a ser privadas de su libertad o deportadas. Con ello, subraya, la ley invisibiliza, revictimiza y discrimina a este sector de la población en lo que hace a su derecho a una tutela judicial efectiva que, por mandato constitucional y convencional, es también objeto de su protección. Explica que las leyes actuales reconocen el derecho a la defensa como tal sólo en el ámbito penal, pero son omisas en cuanto a la condición de vulnerabilidad o desventaja de los migrantes irregulares o en presunta situación de irregularidad. Reconoce que México es uno de los paÃses americanos con más instrumentos con contenido de derechos humanos, y ha promovido, signado y ratificado distintos sistemas de protección internacionales de derechos humanos. “Sin embargo, al mismo tiempo es uno de los que con más tardÃa ha incorporado, formalmente, dichos instrumentos a su marco constitucionalâ€. Indica que el derecho a la defensa, en general, y el derecho a la defensa de los migrantes irregulares, en particular, tal como está regulado en la Ley Federal de DefensorÃa Pública, resulta omiso respecto de las disposiciones internacionales signadas y ratificadas por México. La Ley Federal de DefensorÃa Pública, explica, prevé la prestación de este servicio mediante defensores públicos en asuntos de orden penal federal, y de asesores jurÃdicos en materias administrativa, fiscal, civil; también, en asuntos derivados de causas penales y en todas las materias, tratándose de juicios de amparo, pero limita la noción de defensa adecuada al ámbito penal. En la iniciativa plantea reformar el ArtÃculo 1 de la Ley para garantizar el derecho a la defensa adecuada y el acceso a la justicia a toda persona que se encuentre bajo la jurisdicción del Estado mexicano, mediante la orientación, asesorÃa y representación jurÃdica, en cualquier orden o materia y en los términos que la misma establece. Propone adicionar en el ArtÃculo 15 que los servicios de asesorÃa jurÃdica se prestarán, preferentemente, a personas migrantes, irregulares o cuya situación migratoria no esté acreditada, y a las personas que por cualquier otro motivo o circunstancia se encuentre en situación de riesgo o vulnerabilidad, o que por cualquier razón social o económica tengan la necesidad de estos servicios. Además, modifica el ArtÃculo 16 para que el servicio de defensorÃa pública se otorgue gratuitamente a quien pertenezca a un grupo en situación de vulnerabilidad. También adiciona el artÃculo 16 Bis para considerar como casos de urgencia aquellos en que sean vulnerados, o estén en riesgo de ser vulnerados, los derechos, la libertad, la seguridad o integridad personal, en asuntos de orden no penal y que en estos casos, los servicios de asesorÃa jurÃdica se presten de inmediato. -- ooOoo -- |