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Bolet铆n N°. 3188 Conoce el Pleno dictamen que expide la Ley de la Pensi贸n Universal

13-03-2014.- El Pleno camaral conoci贸 el dictamen que expide la Ley de la Pensi贸n Universal y reforma, adiciona y deroga diversas leyes para establecer mecanismos de seguridad social universal, as铆 como otorgar de forma razonable un piso m铆nimo de bienestar y protecci贸n para los adultos mayores.

 

El objetivo es garantizar el derecho a la jubilaci贸n contributiva para los adultos mayores de 65 a帽os, sin importar que tengan ya una del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), de paraestatales o cualquier sistema, salvo que reciban una pensi贸n mayor al monto de la universal.

 

Precisa que los adultos mayores contar谩n de manera mensual y de forma vitalicia con un apoyo econ贸mico de mil 92 pesos, que iniciar谩 su vigencia con la cantidad de 580 pesos. Asegura que la pensi贸n re煤ne los elementos de universalidad, protecci贸n b谩sica y sustentabilidad financiera, y la forma propuesta para su instrumentaci贸n permitir谩 conseguir sus objetivos.

 

El dictamen que crea esta ley y modifica a las de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, del Seguro Social, del ISSSTE, del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y Federal del Trabajo y que ser谩 discutido en una pr贸xima sesi贸n camaral, logra incorporar el pago de gastos funerarios y reduce el tiempo de transferencia de la administraci贸n de la pensi贸n de la Secretar铆a de Desarrollo Social (Sedesol) al IMSS, para quedar como plazo m谩ximo el a帽o 2016.

 

En las leyes de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, del Infonavit y Federal del Trabajo, se establece la creaci贸n de una subcuenta mixta, reorientando las aportaciones patronales de vivienda del 5 por ciento del salario base de cotizaci贸n, para que tres puntos porcentuales se depositen en una subcuenta mixta que podr谩n ser utilizados seg煤n el caso, ya sea en vivienda, retiro o desempleo.

 

Menciona que la sociedad que administrar谩 est谩 subcuenta mixta estar谩 a cargo del Infonavit y entrar谩 en funciones el primero de julio del 2014.

 

En caso de que un trabajador contrate un cr茅dito de vivienda y posteriormente quedara desempleado, las aportaciones para esta subcuenta mixta ser谩n para pagar el cr茅dito con cargo a un fondo solidario, y se otorgar谩 al trabajador la cantidad equivalente a un salario m铆nimo mensual por concepto de seguro de desempleo.

 

Sobre el cobro de comisiones por las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores), incorpora un componente de desempe帽o, de tal manera que la Comisi贸n Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) pueda calificar la atenci贸n, servicio y funcionamiento que brinden al p煤blico, sin que implique cobrar m谩s. Es decir, no se incrementar谩n las comisiones de las Afores, sino que la Consar calificar谩 su desempe帽o, precisa.

 

Se modifica el gobierno de las Afores para que funjan como empresas sujetas a buenas pr谩cticas corporativas; asimismo, sobre el r茅gimen de inversi贸n, se hacen modificaciones para que las Administradoras tengan estructuras, recursos y pol铆ticas que les permitan tener un mayor grado de especializaci贸n en la inversi贸n de los recursos de los trabajadores.

 

Por otra parte, se agregan y modifican diversos aspectos sustantivos de la Ley del Seguro Social, entre los que destacan que cuando el asegurado no cumpla con las semanas de cotizaci贸n para acceder a una pensi贸n de cesant铆a en edad avanzada o vejez, tendr谩 adem谩s la opci贸n de hacer retiros programados mensuales, con el equivalente a un salario m铆nimo vigente, hasta donde alcance el saldo de su cuenta individual.

 

Aumenta la cuota patronal para cubrir las prestaciones en especie del seguro de enfermedades y maternidad de los pensionados de 1.5 a 3.25 del salario base de cotizaci贸n y reduce la cuota para cubrir las prestaciones en especie de los asegurados de 20.4 por ciento a 10 por ciento del salario m铆nimo vigente en el Distrito Federal al 1 de julio de 1997, actualiz谩ndose con el 脥ndice Nacional de Precios al Consumidor.

 

De igual modo, incrementa la cuota para cubrir las prestaciones del dinero de los asegurados de 0.7 por ciento a 1.8 del salario base de cotizaci贸n; con esto se reforzar谩 el seguro de enfermedades y maternidad para la atenci贸n m茅dica quir煤rgica, farmac茅utica y de obstetricia.

 

Adem谩s, precisa la importancia de revisar de manera integral la situaci贸n que atraviesa el sistema de seguridad social, en un plazo no mayor a 30 d铆as, partiendo de la entrada en vigor del decreto que se propone.

 

En tanto, el Ejecutivo federal convocar谩 a la creaci贸n de un grupo de trabajo conformado por expertos que realicen un estudio sobre el Sistema de Ahorro para el Retiro, analizando los factores econ贸micos, financieros, actuariales y legales que inciden sobre las pensiones que reciben los trabajadores al llegar a la edad de retiro, cumpliendo y manifestando que la salud y la seguridad social ocupan un lugar central entre las demandas y necesidades m谩s sentidas de la poblaci贸n.

 

Dicho proyecto de dictamen modifica la iniciativa presentada el 8 de septiembre de 2013 por el Ejecutivo federal, como parte del paquete econ贸mico 2014, para establecer dos nuevos derechos en la Constituci贸n: pensi贸n universal para las personas adultas mayores y el seguro de desempleo.

 

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