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Boletín N°. 3211 Aprueba Cámara de Diputados, en lo general, Ley de la Pensión Universal y establece Seguro de Desempleo
  • Reforma leyes de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, del Seguro Social, del ISSSTE, del Infonavit y Federal del Trabajo
  • Grupos parlamentarios expresan sus posicionamientos contrastantes
  • Favorecerá a por lo menos 6.6 millones de mexicanos sin pensión o que reciben menos de mil pesos: PRI y PRD

 

 

 

18-03-2014.-El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general con 287 votos a favor, 167 en contra y 3 abstenciones el dictamen que expide la Ley de la Pensión Universal para garantizar una vejez digna a las personas adultas mayores y modifica la Ley del Seguro Social, a fin de incluir en la misma el seguro de desempleo, así como cuatro leyes más.

 

 

El dictamen señala en las disposiciones transitorias de la Ley de la Pensión Universal que el monto mensual de la pensión en este año será de 580 pesos, el cual se ajustará anualmente hasta igualar en términos reales, conforme a la disponibilidad de recursos y en un plazo no mayor a 15 años, el monto mensual de mil 92 pesos y se actualizará cada año conforme al Ãndice Nacional de Precios al Consumidor.

 

 

Establece que serán beneficiarios de la Pensión Universal las personas que tengan 65 años de edad o más, que residan en territorio nacional y si son extranjeros, deberán haber residido por lo menos 25 años en territorio nacional, así como estar inscritos en el Registro Nacional de Población.

 

 

También podrán ser beneficiados quienes teniendo el carácter de Pensionado, no reciban una pensión mensual mayor al monto a que se refiere el artículo 8 de la Ley (mil 92 pesos). Será el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), la autoridad que acredite los requisitos de la persona que solicite el pago de la Pensión Universal.

 

 

Para conservar el derecho a recibir el pago de la Pensión Universal, los beneficiarios deberán cumplir periódicamente, conforme a lo establecido en las disposiciones de carácter general, además de acreditar su supervivencia, atender los esquemas de prevención en materia de salud.

 

 

El derecho para reclamar los pagos mensuales de la Pensión Universal prescribe en un año, contado a partir de la fecha en que sean exigibles los mismos.

 

 

En caso de fallecimiento del beneficiario de la Pensión Universal, se otorgará a sus familiares un apoyo económico para gastos funerarios, equivalente a dos pagos mensuales de la Pensión Universal, como mínimo, en términos de lo dispuesto en el Reglamento.

 

 

El IMSS podrá sancionar con una multa de 100 a 300 días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal a la persona que se valga de documentación falsa o declare en falsedad para acreditar los requisitos de vigencia del derecho a recibir el pago de la Pensión Universal.

 

 

Respecto a la Ley del Seguro Social, se establece que uno de los requisitos para acceder al pago del seguro de desempleo, es haber permanecido sin trabajo al menos 45 días naturales consecutivos y no percibir otros ingresos económicos por concepto de jubilación o pensión.

 

 

Acreditar el cumplimiento de los requisitos comprendidos en los programas de promoción, colocación y capacitación a cargo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), además de declarar, bajo protesta de decir verdad, que no realiza por cuenta propia alguna actividad que le genere ingresos.

 

 

El seguro de desempleo consistirá en un máximo de seis pagos mensuales, divididos en dos etapas. La primera etapa comprende los dos primeros pagos, por un monto establecido con base en el promedio de las últimas 24 cotizaciones, correspondiente al 60 por ciento para el primer pago y 50 por ciento en el segundo pago. Para los cuatro pagos siguientes, el monto mensual será equivalente al 40 por ciento del salario promedio antes descrito.

 

 

Establece que se utilizarán en primer término los recursos acumulados en la Subcuenta Mixta (aquélla en la que se depositarán las cuotas patronales y sus rendimientos) para cubrir cada pago, por un monto máximo equivalente a un porcentaje del salario base de cotización promedio de las últimas 104 cotizaciones semanales.

 

 

En el artículo 217-G de la Ley del Seguro Social, se precisa que los recursos necesarios para financiar el pago del seguro de desempleo provendrán de la cuota a cargo de los patrones, equivalente al tres por ciento del salario base de cotización del trabajador, la cual será depositada en la Subcuenta Mixta, así como de los rendimientos que ésta genere.

 

 

Asimismo, de la aportación a cargo del Gobierno Federal, equivalente al 0.5 por ciento sobre el salario base de cotización del trabajador contratado por tiempo indeterminado, la cual será depositada en el Fondo Solidario, así como de los rendimientos que dichos recursos generen; en caso de que los recursos sean insuficientes, el Gobierno Federal, con cargo al Presupuesto de Egresos de la Federación, cubrirá los pagos que procedan.

 

 

Se precisa que el desempleado podrá recibir la prestación con cargo a los recursos señalados, en una sola ocasión dentro de un período de cinco años.

 

 

El dictamen también modifica la Ley Federal del Trabajo, para que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, en relación con las personas que soliciten el pago del seguro de desempleo, deberá implementar un programa de promoción y colocación de empleos, brindar asesoría y promover su capacitación o adiestramiento, así como dar seguimiento al resultado de las entrevistas de trabajo y verificar que cumplan con lo dispuesto en el programa.

 

 

En los artículos transitorios de esta ley, se precisa que el seguro de desempleo podrá otorgarse a quienes queden desempleados a partir del 1 de enero de 2015. Para los requisitos de accesibilidad al seguro, previstos en la Ley del Seguro Social que se reforma, se tomará como fecha de inicio de cotizaciones el 1 de enero de 2013, reconociendo para tal efecto las cotizaciones al Seguro Social comprendidas entre el 1 de enero de 2013 y el 31 de diciembre de 2014.

 

 

Se señala que los trabajadores que se ubiquen en situación de desempleo a partir del año 2015, les serán respetados sus derechos. Los recursos acumulados en sus subcuentas de vivienda continuarán siendo de su propiedad y podrán emplearse conforme a lo previsto en la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

 

 

Precisa que sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo anterior y con el fin de brindar la prestación a los trabajadores que lo requieran en la primera etapa de su instrumentación, los desempleados que durante 2015 y 2016 reúnan los requisitos, podrán acceder a él siempre y cuando otorguen su consentimiento para que el pago del mismo se lleve a cabo de la siguiente manera: se afectará en primer lugar el saldo disponible de la Subcuenta Mixta y, en caso de que el saldo de la Subcuenta no sea suficiente, se podrá afectar hasta el 60 por ciento del saldo acumulado en la subcuenta de vivienda, siempre y cuando éste no se encuentre comprometido en un crédito.

 

 

Por lo que respecta al inicio del financiamiento del seguro de desempleo, a partir de la entrada en vigor del presente Decreto y hasta el 31 de agosto de 2014 los patrones continuarán enterando las aportaciones para vivienda de los trabajadores. A partir del 1 de septiembre de 2014 los patrones cubrirán las cuotas patronales al seguro de desempleo y las aportaciones para vivienda de los trabajadores a su servicio, así como el gobierno federal deberá comenzar sus aportaciones al Fondo Solidario.

 

 

También el dictamen modifica la ley del Infonavit, para establecer en su artículo 29 que será obligación del patrón determinar el monto de las aportaciones del 2 por ciento sobre el salario de los trabajadores a su servicio y efectuar el pago en las entidades receptoras que actúen por cuenta y orden del Instituto, para su abono en la subcuenta de vivienda de las cuentas individuales de los trabajadores previstas en los sistemas de ahorro para el retiro.

 

 

La Comisión de Hacienda y Crédito Público presentó un adendum con modificaciones al dictamen. En relación con materia de rebalanceo de cuotas del Seguro Social, se retiraron para su discusión y aprobación los artículos 25, 36, 106, 107 y el artículo sexto del proyecto de decreto de la Ley del Seguro Social. En consecuencia, esos artículos permanecen en los términos de sus leyes vigentes.

 

 

También se retiraron del dictamen los artículos 42, 102 y 140 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado para que permanezcan en sus términos vigentes.

 

 

Dichos artículos señalaban el porcentaje que los patrones, los trabajadores y el Estado deberían aportar para cubrir las prestaciones de los seguros de enfermedades y maternidad de los pensionados y sus beneficiarios, de riesgos de trabajo, invalidez y vida, así como retiro, cesantía en edad avanzada y vejez. Asimismo, el porcentaje que el Gobierno Federal cubriría por cada trabajador de las cuotas para el seguro de salud.

 

 

Del mismo modo, se hicieron cambios a diversos artículos de la Ley los Sistemas de Ahorro para el Retiro y de Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

 

 

Fundamentación

 

 

Al fundamentar el dictamen, el presidente de la Comisión de Seguridad Social, diputado Javier Salinas Narváez (PRD), explicó que se garantiza el derecho a la pensión no contributiva a los adultos mayores de 65 años, sin importar que tengan ya una por el IMSS, ISSSTE, paraestatal o cualquier otro sistema de seguridad social, salvo que ésta sea mayor a la que se pretende otorgar.

 

 

Sobre la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, la Ley del Infonavit y la Ley Federal del Trabajo, se determinó reorientar las aportaciones patronales de vivienda, de manera que tres puntos porcentuales del cinco por ciento que aportan, se destinen a una subcuenta mixta, que podrían ser utilizados para vivienda, retiro o desempleo.

 

 

En caso de que un trabajador contrate un crédito de vivienda y posteriormente quede desempleado, las aportaciones para su subcuenta mixta serán pagadas en crédito con cargo al Fondo Solidario y el trabajador tendrá derecho a un sueldo mínimo mensual por concepto de seguro de desempleo.

 

 

Sobre el cobro de las comisiones a las Afores, el dictamen establece que la Consar calificará la atención, servicios y financiamiento, a fin de autorizar un cobro por prestación de servicio.

 

 

Con esto, aclaró, no se incrementarán las comisiones de las Afores, sino que la Consar sancionará a través de un menor cobro cuando los trabajadores denuncien maltrato u omisión por parte de estas administradoras.

 

 

Sobre la Ley del Seguro Social, enfatizó, se modificaron aspectos que no estaban en la iniciativa original, ya que cuando el asegurado no cumpla con una semana de cotización podrá tener acceso a una pensión de cesantía en edad avanzada o vejez y la opción de hacer retiros programados mensuales por un salario mínimo hasta donde alcance su ahorro individual.

 

 

Detalló que el dictamen reconoce la necesidad de revisar de manera integral la situación por la que atraviesa el sistema de seguridad social en un plazo no mayor a 30 días a partir de la entrada en vigor del presente decreto.

 

 

Además, añadió, el Ejecutivo federal convocará a la creación de un grupo de trabajo conformado por expertos, a fin de realizar un estudio sobre el Sistema de Ahorro para el Retiro analizando los factores económicos, financieros actuariales y legales que incidan sobre las pensiones que reciban los trabajadores en su edad de retiro.

 

 

Previamente, los diputados Rubén Camarillo Ortega (PAN), María del Socorro Ceseñas Chapa (PRD), Manuel Huerta Ladrón de Guevara (PT) y Ricardo Monreal Ãvila, de Movimiento Ciudadano, presentaron por separado una moción suspensiva, a fin de discutir el dictamen de pensión universal y seguro de desempleo por separado, las cuales fueron rechazadas por el Pleno.

 

 

Posicionamientos

 

 

En la manifestación de posicionamientos, la diputada María Sanjuana Cerda Franco (Nueva Alianza) afirmó que los diputados de la fracción parlamentaria que coordina, coinciden en que la pensión universal y el seguro de desempleo, además de ser prerrogativas sociales, constituyen un derecho humano para proteger a grupos altamente vulnerables.

 

 

Explicó que la aportación patronal del tres por ciento a la subcuenta de vivienda no implicaría un aumento a los pagos de los patrones, “toda vez que se modifica la Ley Federal del Trabajo para disminuir las aportaciones de éstos al Infonavit, pasando de cinco a dos por cientoâ€.

 

 

Sin embargo, se pronunció por que el financiamiento del seguro de desempleo no se base “solamente en la descapitalización de Infonavitâ€, pues el fortalecimiento de la seguridad social, sostuvo, no puede debilitar otro derecho de los trabajadores, porque se afecta la integralidad de estas garantías.

 

 

En su turno, Ricardo Cantú Garza (PT) argumentó que su grupo parlamentario se opone a la iniciativa del seguro de desempleo, en virtud de que no posee una fuente de financiamiento que proteja y favorezca a los trabajadores, además de que no es de carácter universal.

 

 

Consideró que este seguro debe surgir de los recursos del gobierno, como mecanismo de contención de crisis económicas, que permita una redistribución temporal del ingreso y que sea una política de fomento al consumo y de reactivación económica.

 

 

En consecuencia, “al tomar del fondo de retiro y de vivienda de los trabajadores una parte para financiar esto, no se cumple con ninguno de los puntos mencionados, pues las cuentas de los trabajadores son parte de su ahorro para el futuro y la formación de su patrimonio. El gobierno no puede tomarlos para otros finesâ€, subrayó.

 

 

En su turno en tribuna, Luisa María Alcalde Luján (Movimiento Ciudadano) advirtió que estas iniciativas no tienen “justificación técnica, jurídica, ni lógica para ponerse en marcha. Son temas diferentes en su contenido, la suerte de una no depende de la otra y su aprobación debe tomar diferentes caminosâ€.

 

 

Respecto al seguro de desempleo, denunció que se pretende financiar con recursos de los trabajadores: el tres por ciento de los fondos de vivienda, “lo que implica la reducción del 60 por ciento de las aportaciones y disminuir en 34 mil millones de pesos anuales los recursos del Infonavitâ€.

 

 

Esto implica un “proceso de privatización y cambio radical de la política de vivienda, pues al cancelar la responsabilidad del Infonavit, serán ahora los bancos los encargados de esta tareaâ€, aseveró.

 

 

En tanto, el diputado Tomás Torres Mercado (PVEM) explicó que con la constitución legal de estos apoyos, se ayudará a distribuir las riquezas generadas en México, en donde más de 120 millones de habitantes, “no más de 20 millones en edad laboral, tienen un trabajo formalâ€.

 

 

Detalló que el dos por ciento que permanece en la cuenta de vivienda podrá ser complementado con el tres por ciento del Fondo Mixto, “sea para complementar un crédito o para amortizarloâ€, por lo que la inviabilidad del financiamiento del seguro de desempleo, que argumentan otras fracciones parlamentarias, “es mentiraâ€.

 

 

“La plataforma de elevar a rango de ley el seguro de desempleo y la pensión universal, tiene una gran diferencia contra propuestas psedopopulistas, y ahora podrán reclamarse como un derechoâ€, concluyó.

 

 

Al fijar su posicionamiento, el diputado Agustín Miguel Alonso Raya (PRD) dijo no estar de acuerdo con el esquema de financiamiento del seguro de desempleo, pero que votaría en lo general las reformas de los sistemas de ahorro para el retiro y la pensión universal, a la cual es necesario darle viabilidad, pues impactará a seis millones 616 mil 979 personas excluidas de la seguridad social y a pensionados que ganan menos de mil pesos.

 

 

Añadió que en el dictamen “se establecen reformas que fortalecen a la Consar para regular las comisiones a los promotores; se reconoce un problema estructural en estos sistemas y se acepta crear una comisión de expertos que en seis meses entregará resultados al Congreso de la Unión, respecto de lo que debe hacerseâ€.

 

 

Explicó que a 17 años de la creación de las cuentas individuales, existen 50 millones de cuentahabientes, de los cuales, por la densidad de cotizaciones, solamente seis ciento cumpliría los requisitos y 10 por ciento podría cumplirlos cotizando hasta 38 años y a la pensión que se crea tendrán acceso quienes no hayan aportado, así como la mayoría de quienes sí tienen su cuenta individual.

 

 

A su vez, el diputado del PAN, Juan Bueno Torio, dijo estar a favor del seguro de desempleo, pero se pronunció en contra de que sea con cargo al ahorro de los trabajadores. Planteó que se financie con recursos fiscales, “no con el escaso ahorro de los trabajadores en su fondo de viviendaâ€.

 

 

Se manifestó a favor de la adenda con que eliminó el incremento de las cuotas del Seguro Social, conocido como rebalanceo, que representaba un aumento de más de 30 por ciento. Propuso rechazar el dictamen y regresarlo a comisiones, porque no se hizo de acuerdo a las condiciones ni necesidades del país.

 

 

Pidió rediseñar la propuesta para integrar a todos los trabajadores y financiar los programas con recursos fiscales. “Es infame dejar a algunos trabajadores sin su pensión y es infame hacer el programa del seguro de desempleo con cargo al Fondo de Ahorro para la Vivienda de los Trabajadoresâ€.

 

 

Al fijar su posicionamiento a favor, la diputada Alma Marina Vitela Rodríguez (PRI) dijo que este dictamen abre paso a las reformas de mayor trascendencia social en lo que va de la presente Legislatura, que “nos encaminan a establecer un piso mínimo de ingresos y bienestar para la poblaciónâ€.

 

 

Señaló que estas medidas corresponden a una realidad nacional que lastima a todos y en la que prevalece la pobreza de las mayorías de la población, la desigualdad extrema en la distribución del ingreso y el estancamiento en el poder adquisitivo de los salarios. Por ello, se busca reducir la vulnerabilidad de esos sectores ante el envejecimiento y la pérdida del empleo.

 

 

Dijo que, entre otros beneficios, las reformas promueven la justicia social y el crecimiento económico sostenido. Además, aclaró que los fondos del trabajador continúan siendo de su propiedad para financiar el seguro de desempleo por seis meses cada cinco años, e incentivan su reincorporación al empleo en el sector formal.

 

 

A favor y en contra del dictamen

 

 

Al hablar en contra del dictamen, la diputada Lizbeth Rosas Montero, del Grupo Parlamentario del PRD, dijo que la eficacia de esta pensión universal es muy limitada y, de aplicarse, no sería de forma unitaria, ya que “excluye a la gran mayoría de los trabajadores mexicanos, es decir a los informales; serían tan sólo 20 millones de personas de un total de 49 millonesâ€.

 

 

Al manifestarse a favor, el diputado Patricio Flores Sandoval (PRI) señaló que esta reforma da la oportunidad de decidir dónde y cómo manejar un fondo (de vivienda) que no se está utilizando. “Estamos seguros que a nadie se daña, mucho menos al empresariado, que dice que se le va a cobrar más dineroâ€.

 

 

De Movimiento Ciudadano, el diputado Ricardo Mejía Berdeja dio su negativa a la propuesta al ser “un nuevo golpe a los trabajadoresâ€, y por lo cual la consideró un retroceso.

 

 

Por el PVEM, el diputado Federico González Luna aseguró que la presente reforma fortalece la responsabilidad del Estado en la protección de la población, toda vez que aproximadamente 31 millones de mexicanos en edad de trabajar carecen de acceso al sistema de pensiones y salen constantemente del sistema formal de empleo.

 

 

El diputado Rubén Camarillo Ortega (PAN) advirtió que “lo que se está haciendo con esta propuesta de seguro de desempleo es pasar el propio dinero de los trabajadores solamente de un bolsillo a otroâ€.

 

 

El diputado Alejandro Rangel Segovia, del PRI, señaló que ha habido poco ejercicio del crédito para obtención de vivienda o para remodelación, mientras que los problemas de desempleo “se siguen presentando una y otra vez en no pocas familiasâ€.

 

 

Del Partido del Trabajo, la diputada Magdalena del Socorro Elena Núñez Monreal dijo que el dictamen contraviene el imperativo constitucional, debido a que no contiene razonamiento eficiente y conducente. “Es violatorio de la Constitución federal al carecer de una debida fundamentación y motivaciónâ€, afirmó.

 

 

El diputado Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (PRI) subrayó que la reforma implicaría brindarles un mínimo de seguridad a más de 6 millones de adultos mayores de 65 años que nunca han cotizado en el Seguro Social.

 

 

La diputada Zuleyma Huidobro González (Movimiento Ciudadano) alertó que no se tomaron en cuenta las opiniones de los trabajadores, los gremios patronales y de las organizaciones independientes de la sociedad civil que abogan por los derechos laborales en nuestro país. “Al transferir las aportaciones del Infonavit al seguro de desempleo, se postergará el crédito a la vivienda, que de por sí ya es difícil de conseguirâ€.

 

 

El diputado David Pérez Tejada Padilla (PVEM) afirmó que con el seguro de desempleo y la pensión universal “estamos motivando a que la gente pueda contribuir, sean empleados formales y cuenten con beneficiosâ€.

 

 

Del PAN, el diputado Carlos Alberto García González indicó que el dictamen propone redistribuir la cuota patronal para el seguro de desempleo, incrementando el monto de la cuota que debe aportarse a la subcuenta mixta del dos al tres por ciento.

 

 

 

 

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