25 de diciembre 2024
entrevistas
Ciudad de México, a 1 de septiembre de 2021.
Ciudad de México, a 31 de agosto de 2021.
Ciudad de México, a 31 de agosto de 2021.

Monitoreo Radio TV Diciembre 2024
Lun Mar Mie Jue Vie Sab Dom
  1
2 3 4 5 6 7 8
9 10 11 12 13 14 15
16 17 18 19 20 21 22
23 24 25 26 27 28 29
30 31 

Estadísticas
Visitante No:
Contador


 
comunicaciónsocial
Boletín N°. 5434 Reciben diputados minuta sobre portación de armas de agentes extranjeros en México

14-04-2015.- La Cámara de Diputados recibió la minuta que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, para autorizar la portación de armas en territorio mexicano a servidores públicos extranjeros de migración y aduanas, así como a los agentes de seguridad en las visitas oficiales de jefes de Estado, gobierno, ministros o equivalentes.

 

El documento, enviado a la Comisión de Defensa Nacional, precisa que a partir del principio de reciprocidad, la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) será la que autorice la portación temporal de armas.

 

Los servidores públicos extranjeros que acompañen como agentes de seguridad a un jefe de Estado, de gobierno, ministros o equivalentes en visitas oficiales, deberán portar revólveres o pistolas de funcionamiento semiautomático, cuyo calibre no sea superior a .40†o equivalente.

 

En casos excepcionales, se podrá autorizar el ingreso y portación de otro tipo de armas, siempre que a juicio de la Sedena se justifique la necesidad de su uso.

 

Menciona que las secretarías de Gobernación o de Hacienda y Crédito Público, según sea el caso, serán responsables de tramitar ante la Sedena, cuando menos con 15 días de anticipación al inicio de la comisión, los permisos extraordinarios de ingreso y portación temporal de armas de fuego respectivos, para los servidores públicos extranjeros de migración y aduanas.

 

Dichos permisos tendrán una vigencia de 6 meses; en caso de que la comisión sea mayor a este período, podrán renovarse semestralmente.

 

En el caso de los agentes de seguridad en las visitas oficiales de jefes de Estado, gobierno, ministros o equivalentes, será la Secretaría de la Defensa Nacional la responsable de tramitar dichos permisos, cuando menos con quince días de anticipación al inicio de la visita y a solicitud del Estado o sujeto de derecho internacional correspondiente. Tal permiso tendrá una vigencia durante el tiempo que dure la comisión de la visita oficial.

 

De igual modo, el Pleno conoció la minuta que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Educación, para integrar el interés superior de la niñez como principio primordial que deberá atender el Estado para prestar los servicios educativos.

 

Se busca que la educación que imparte el Estado, sus organismos descentralizados y particulares con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios, deberá garantizar el respeto a la dignidad humana de las personas y el desarrollo armónico de sus potencialidades y personalidad.

 

Con el documento, enviado a la Comisión Educación Pública y Servicios Educativos, también se deberá fortalecer la protección, el ejercicio y el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales en los términos constitucionales y los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte.

 

-- ooOoo --

 
Histórico hasta 2013
 
años:
| 2022 | 2021 | 2020 | 2019 | 2018 | 2017 | 2016 | 2015 | 2014 |
 
meses del 2022:
| Julio | Junio | Mayo | Abril | Marzo | Febrero | Enero |
 
Histórico hasta 2013
 
-->
difusión
comunicación