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Boletín N°. 5476 Sin importar monto, para 2016 centros cambiarios del país deberán identificar a usuarios: SHCP
  • Dependencia informa a diputados sobre regulación de dinero que fluye en estos negocios mercantiles

 

18-04-2015 La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) informó a la Cámara de Diputados que a partir del 1 de enero de 2016, los centros cambiarios del país deberán identificar a los usuarios, independientemente del monto de las operaciones efectuadas.

 

Seguirán el mismo procedimiento actualmente utilizado en las instituciones de crédito y casas de bolsa, con la intención de prevenir operaciones con recursos de procedencia ilícita, añadió la SHCP.

 

Recordó que el 10 de enero de 2014, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación modificaciones a los artículos 95 y 95 Bis de la Ley general de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, para este propósito, y que son aplicables por una parte a las organizaciones auxiliares del crédito y casas de cambio y, por otra, a los centros cambiarios, entre otras sociedades.

 

La dependencia indicó que, en la actualidad, los centros cambiarios solamente identifican a los usuarios con los que realicen operaciones a partir de un monto igual o superior equivalente a 500 dólares, pero desde el próximo año lo harán sin importar el valor.

 

Dicho ajuste, precisó, deriva de que el vigente marco regulatorio da un tratamiento distinto a un mismo tipo de operación cambiaria, realizada por diferentes prestadores del servicio y sin que se justifique dicha diferencia.

 

También se corre el riesgo de que los centros cambiarios no puedan respetar los límites establecidos para las operaciones con dólares en efectivo o sean utilizados para la realización de operaciones con recursos ilícitos, al fraccionarse en montos menores a 500 dólares.

 

Así respondió la SHCP a un punto de acuerdo impulsado por diputados del PVEM, quienes le requirieron ajustar los montos mínimos por los cuales se pueden solicitar datos personales, tanto de personas morales como físicas, de acuerdo a las nuevas disposiciones establecidas en el artículo 95 de la Ley general de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito.

 

Los diputados relataron que las transacciones financieras realizadas con dinero proveniente del crimen organizado son consideradas como uno de los problemas más graves en materia de seguridad y economía, por lo que acciones como las implementadas por la SHCP implican una mejor regulación del dinero que fluye a través de dichos establecimientos.

 

Mencionaron que este tipo de medidas ayudan a detectar operaciones de lavado de dinero que muchas veces operan a lo largo de la franja fronteriza, principalmente en el norte del país; sin embargo, las modificaciones al marco normativo que regula las operaciones de las casas de cambio podrían convertirse en un factor que impida el intercambio comercial para la pequeña y mediana industria.

 

En el documento, publicado en la Gaceta Parlamentaria, la SHCP destacó la importancia de fortalecer e impulsar el desarrollo de los centros cambiarios, ya que mantener un trato diferenciado entre estos y las entidades del sector incrementaría el riesgo de afectar la manera en que son percibidos por instituciones del sistema financiero y usuarios de servicios cambiarios.

 

Se busca que las actividades de los centros cambiarios se realicen de manera más transparente y ordenada, y cuenten con herramientas suficientes para identificar a sus usuarios, a efecto de cumplir con los estándares internacionales en PLD/FT y conforme a los compromisos adquiridos por México, resaltó.

 

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