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Boletín N°. 0763 Cárcel a quien dispare un arma de fuego sin ninguna justificación legal

31-12-2015 Cifras oficiales señalan que en la Ciudad de México y su zona metropolitana se registraron, entre 2006 y principios de este año que concluye, 139 víctimas por balas perdidas de armas de fuego.

 

En tanto, en el interior de la República las cifras son aún más alarmantes por la añeja costumbre de disparar al aire en celebraciones o por costumbre.

 

Ante tal situación, las comisiones unidas de Seguridad Pública y de la Defensa Nacional podrían dictaminar, en febrero próximo, la iniciativa presentada por el diputado José Luis Orozco Sánchez Aldana, del PRI, para sancionar a quien sin justificación alguna dispare un arma de fuego en la vía pública o en domicilio particular.

 

Dicha propuesta plantea modificar el artículo 162 del Código Penal Federal y el artículo 31 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, y establecer una sanción seis meses a tres años de prisión o multas de hasta 26 mil 500 pesos, a quien dispare un arma de fuego sin justificación lícita, además del decomiso.

 

De acuerdo con la iniciativa, en 2014 la estadística de víctimas de una bala perdida pasó de 15 a 25 personas en promedio y las cifras serían más alarmantes, agrega, si se incluyeran los casos que no se registran ante las autoridades, mismos que no se les da el seguimiento correspondiente.

 

El diputado Orozco Sánchez Aldana indicó que en 2013, en la Ciudad de México se habían registrado más de mil 900 denuncias por presuntos delitos relacionados con armas de fuego.

 

Este fenómeno, añadió, se debe a que actualmente en nuestras leyes, tanto locales como federales, el disparo de arma de fuego al aire no se castiga, ya que no se le considera un delito.

 

“Esta laguna legal permite que el disparo de arma de fuego al aire sea únicamente visible una vez consumado un delito mayor, como puede ser la lesión a un tercero o bien el homicidio por el impacto del proyectil. Es decir, únicamente en el desafortunado caso de que se haya presentado un daño producido a un tercero”, precisó el legislador.

 

Hizo notar que tanto las víctimas potenciales como los testigos, de alguien que acciona un arma de fuego aún al interior de un domicilio particular, están en la indefensión absoluta por la ausencia de una legislación, lo que impide a la autoridad correspondiente actuar en consecuencia.

 

“No podemos quedarnos en la cómoda posición que da la inacción; los legisladores debemos de actuar para que el disparar un arma de fuego al aire sea considerado como un delito, incluso si se realiza desde el interior de un domicilio particular, dado que por la trayectoria incierta que el proyectil toma y la velocidad que puede alcanzar, el riesgo se exterioriza”.

 

La Cámara de Diputados, afirmó Orozco Sánchez Aldana, debe asumir la responsabilidad de proteger a la sociedad que representa y legislar en la materia, asumiendo que en México el disparar al aire en sí mismo debe constituir un delito, muy independientemente de que en esta acción no exista dolo.

 

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