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Boletín N°. 5014 Propone diputada tipificar el ecocidio como delito grave para evitar daños ambientales
  • Se sancionaría hasta con 30 años de prisión

 

 

29-01-2015.- La diputada Yesenia Nolasco Ramírez (PRD) planteó modificar el Código Penal Federal para tipificar el “ecocidio” como delito grave y establecer sanciones de entre cinco y 30 años de prisión y una multa de mil a 10 mil salarios mínimos.

 

La iniciativa turnada a las Comisiones Unidas de Justicia, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales plantea, además, adecuaciones al artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales y a los artículos 2,3 y 10 de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental.

 

El objetivo, refirió, es armonizar la legislación para desincentivar la comisión de actos que atenten contra los ecosistemas y generar un mayor costo para quién lo cometa; manifestó que los vacíos legales han propiciado que México sea considerado por organizaciones ambientalistas como “el paraíso de la contaminación”.

 

El ecocidio, precisó, es el daño extenso, la destrucción o la pérdida de uno o más ecosistemas de un territorio, ya sea por intervención humana o por otras causas, a grado tal que el disfrute pacifico de los habitantes de una región se ve gravemente limitado.

 

Abundó que ese delito causa daño o pérdida de vidas, conflicto entre la vida humana y otras formas de existencia, impactos negativos sobre futuras generaciones y disminución de la salud. “Es uno de los peores crímenes que puede cometer un ser humano en contra de las formas de vida y de la naturaleza”, afirmó.

 

Señaló que los cambios ambientales que actualmente se observan son consecuencias negativas causadas por daños irreversibles a las funciones que sustentan la vida del planeta.

 

Inundaciones, sequías, pérdida de diversidad biológica, extinción constante de especies, variación rápida de la temperatura y aumento del nivel del mar, subrayó, son resultado del deterioro de los ecosistemas.

 

Nolasco Ramírez refirió que en México hay casos como los derrames de sustancias tóxicas ocurridos en Sonora, Durango y Nuevo León, de los cuales, denunció, sólo en el primer caso se impuso una multa por el vertido de 40 mil metros cúbicos de cobre y ácido sulfúrico en los ríos Bacanuchi y Sonora.

 

Asimismo, señaló la afectación al río Sabinas en Coahuila, donde cada que se registran precipitaciones pluviales se mezclan con residuos contaminados que las mineras de la región carbonífera vierten en el río, y causan la muerte de miles de peces.

 

Resaltó, además, la muerte masiva de miles de peces en la presa El Hurtado, en Jalisco, en julio de 2013, que dejó sin sustento a familias de pescadores y dueños restauranteros, y el derrame petrolero en las instalaciones de Pemex Refinación en Cosoleacaque, Veracruz, que afectó 3.5 hectáreas cercanas al Río Coatzacoalcos.

 

Son casos en los que a la fecha no hay sanciones, enfatizó. “La laxitud de leyes permite a las empresas seguir contaminando; en teoría se les exige un ‘pago’ o ‘reparar el daño’ en la zona donde ocurrió el desastre, pero sin tomar en cuenta las externalidades”.

 

El marco legal sólo imputa multas bajas por negligencia, en comparación con el monto de las ganancias obtenidas por las compañías que generan esos actos, comentó.

 

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