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Boletín N°. 5294 Derechos patrimoniales de autor no serán de dominio público si existe legatario en testamento
  • Avalan diputados reformas al artículo 30 de la Ley Federal del Derecho de Autor

 

19-03-2015.- La Cámara de Diputados aprobó reformas a la Ley Federal del Derecho de Autor, para dotar de mayor certeza a quienes, herederos de una obra, puedan mantener el beneficio de la regalía, en tanto se cumpla de forma expresa el requisito de que el legatario esté debidamente establecido, en el testamento de su autor.

 

Con 336 votos favor, tres en contra y una abstención, se adicionó un párrafo cuarto al artículo 30 de la Ley Federal del Derecho de Autor, para precisar que tratándose de sucesiones, los derechos patrimoniales de autor no serán considerados de dominio público en tanto exista legatario establecido dentro del testamento.

 

El documento, remitido al Senado de la República para sus efectos constitucionales, busca clarificar los términos de los derechos patrimoniales de autor, en lo referente a las sucesiones, así como dotar a la ley de un mayor nivel de protección al o a los titulares, constituyendo esto un método para incentivar la creación de nuevas obras.

 

Al fundamentar el dictamen, la presidenta de la Comisión de Cultura y Cinematografía, diputada Margarita Saldaña Hernández (PAN), expresó que es viable y necesaria la adición, pues la actual redacción del artículo 30 es omisa, en cuanto a la hipótesis de lo que sucedería con el derecho patrimonial de autor, en caso de que no hubiera sido considerado dentro de la sucesión testamentaria.

 

Incluso, relató, el artículo 33 establece que el derecho solamente podrá ser invocado en un lapso de cinco años sin que medie explicación o justificación alguna de dicha temporalidad.

 

Mencionó que “al plantear la posibilidad de que, en tanto se encuentre plasmado en un testamento, el derecho patrimonial de autor podrá continuar siendo heredable y se dota a los verdaderos beneficiarios de dicha creación de la decisión libre y voluntaria de desprenderse del mismoâ€.

 

Saldaña Hernández recordó que en México los derechos de autor han tenido una prolongada evolución y, en el ámbito internacional, la transparencia fue tal que pasaron de ser un medio para proteger las creaciones derivadas de la inteligencia e imaginación humana, otorgada por el Estado, a ser considerados como una facultad inherente a la persona humana.

 

En los posicionamientos, el diputado Roberto Ruiz Moronatti (PRI) dijo que en el país han nacido mujeres y hombres con una gran creatividad, talento e ingenio, quienes se han desarrollado en sectores literarios y artísticos, lo que les ha dado y les ha permitido tener altos reconocimientos nacionales e internacionales, entre ellos Octavio Paz, Carlos Fuentes, Juan Rulfo, Manuel y Lola Ãlvarez Bravo, Frida Kahlo, David Alfaro Siqueiros y José Luis Cuevas.

 

Con la reforma, indicó, se fortalece la Ley, a fin de que puedan mantener el beneficio de las regalías en tanto se cumpla, de forma expres, el requisito de que el legatario esté debidamente establecido en testamento. “Por la seguridad jurídica que esta reforma otorga a los autores, se pretende proteger sus derechos y al mismo tiempo se fomentará la creación de obras literarias y artísticasâ€, abundó.

 

De Acción Nacional, la diputada Ofelia Limón Robles señaló que es de suma importancia impulsar todas las disposiciones necesarias a fin de asegurar una protección suficiente y efectiva de los derechos de los autores o de cualquier otro titular de estos sobre las obras literarias, científicas y artísticas.

 

Mencionó que, al crear los mecanismos legales que doten de un mayor nivel de protección al o a los titulares, se facilitan mayores incentivos para la creación de nuevas obras. “Pugnamos por que se siga avanzando en el marco legal que permita proteger de mejor forma los derechos y beneficios que los derechos de autor brindan a su titularâ€.

 

El diputado Vicente Hidalgo Durán (PRD) manifestó que este dictamen garantiza el derecho patrimonial mediante sucesión testamentaria, y el reconocimiento que hace el Estado a favor de todo creador de obras que están previstas en el artículo 13 de la Ley Federal del Derecho de Autor.

 

Ahora, dijo, “se otorga la protección de los herederos a gozar de las prerrogativas que se le reconocieron al autor de la obra, puesto que en tanto se cumpla de forma expresa con tal requisito, el legatario no quedará sujeto a la preclusión de tal derechoâ€.

 

Por el PVEM, la diputada Carla Alicia Padilla Ramos sostuvo que el derecho de autor es la herramienta mediante la cual los autores protegen su obra, que incluye el reconocimiento como tal al padre de la obra, así como también todo aquello relacionado con la explotación económica de la misma.

 

Indicó que los derechos de autor le brindan al creador el poder no sólo para explotar económicamente su obra en beneficio personal y de sus herederos, sino que le otorga el poder para otorgar la integridad y el respeto de sus trabajos.

 

La diputada Zuleyma Huidobro González (Movimiento Ciudadano) denunció que “quienes se supone deberían respetar las leyes, no lo hacen y se niegan a pagar derechos de autor a un artista mexicanoâ€, y dijo que hoy se discute una reforma donde los derechos patrimoniales de autor no serán considerados de dominio público en tanto exista legatario establecido dentro del testamento.

 

Relató que “en el 2012 se hizo del conocimiento público que la Cámara de Diputados utilizó las imágenes de murales de José Chávez Morado y otros, en una campaña de promoción de los trabajos de la propia Cámara, sin pedir permiso, ni mencionar el crédito del autor y mucho menos pagar las regalías por el uso de éstasâ€.

 

Rosa Elia Romero Guzmán, diputada del PT, destacó que la obra que realiza una persona en su vida es un legado para el pueblo y su familia, y garantizar el disfrute de los beneficios que se obtengan por ella, es uno de los principales incentivos para mantener la creación artística y cultural constante.

 

Mencionó que una sociedad con acceso al conocimiento, a la información y la cultura, estará en mejores condiciones de desarrollo, será más competitiva y tendrá mayores posibilidades solucionar los grandes problemas nacionales e inclusive mundiales. Por ello, dijo, “tener una legislación que incentive la creación intelectual y cultural de nuestro país, es fundamentalâ€.

 

La diputada Sonia Rincón Chanona (Nueva Alianza) mencionó que en la esfera cultural uno de los derechos importantes es el de autor, mismo que abarca las obras literarias y artísticas, tales como novelas, poemas, obras de teatro, películas, obras musicales y de arte.

 

Argumentó que el dictamen pretende honrar a los creadores de obras respetando el deseo y la libertad de otorgar sus derechos patrimoniales a quienes así sea su voluntad, así como dotar de mayor certeza a sus herederos.

 

De la Agrupación MORENA, la diputada Loretta Ortiz Ahlf señaló que es oportuno precisar que para poder recibir los beneficios patrimoniales de una obra perteneciente a un autor, los herederos deberán ser mencionados en el legado o en el testamento.

 

Relató que naciones como Alemana, Argelia, Brasil, Chile, Ecuador, España, Estados Unidos, Filipinas, Hungría, Luxemburgo, Marruecos, Perú, Portugal, Senegal, Túnez, Turquía, Yugoslavia y otros países, ya han modificado su legislación para hacer efectivo este derecho. “Esperemos que a esta nueva regulación se le dé difusión suficiente, ya que de otra manera estos derechos se van a perderâ€, advirtió.

 

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