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Boletín N°. 0176 Obligatorio el uso de sillas infantiles en autos

10-10-2015 La diputada Carmen Victoria Campa Almaral, de Nueva Alianza, presentó una iniciativa para reformar las Leyes Generales de Salud; y de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a fin de establecer como obligatorio el uso de sillas o asientos infantiles en vehículos.

 

Las principales causas de muerte de infantes por accidentes de tránsito son por no utilizar sillas especiales en los autos, y a la idea de que sólo con sostener en brazos al pequeño estará seguro. “La primera causa de muerte de niños y niñas entre cuatro y doce años, es por accidentes de tránsito, constituyendo también la segunda causa de orfandad en el paísâ€, señaló la legisladora.

 

Agregó que la tasa de mortalidad por accidentes viales en la población de cero a nueve años es de 3.3 por ciento, cifras que dan un panorama general de la dimensión del problema de seguridad vial.

 

Pese a que los automóviles cuentan con medidas de seguridad estandarizadas, como los cinturones de seguridad, éstos no son adecuados y seguros para un niño, ya que están diseñados específicamente para la seguridad de los adultos, subrayó.

 

Lamentó que la obligación de contar con asientos especiales para menores no este estipulado de forma clara en la ley, razón por la cual los sistemas de retención infantil, es decir, los asientos especiales para niños no son obligatorios en algunas entidades del país.

 

Por ejemplo, en Nuevo León, la facultad de regular la materia es solamente municipal; Durango y Guanajuato no hacen obligatorio su uso. Otro detalle es que la edad para utilizarlos varía de entidad en entidad; por ejemplo, en el Distrito Federal la edad máxima para utilizarlo es de 12 años, mientras que en Coahuila es de dos años.

 

Por lo anterior, la diputada Campa Almaral propone reformar el artículo 164 de la Ley General de Salud y establecer como obligatorio el uso de sillas o asientos infantiles en todo vehículo automotor que transporte a menores de 0 a 12 años.

 

La iniciativa, publicada en la Gaceta Parlamentaria, también adiciona la fracción XIII Bis del artículo 50 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para prohibir y sancionar la falta de uso de sillas o asientos infantiles en vehículos. Se envió a la Comisión de Hacienda para dictamen.

 

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