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Boletín N°. 0257 Avala Comisión de Hacienda Miscelánea Fiscal 2016

18-10-2015.- La Comisión de Hacienda y Crédito Público aprobó con 39 votos a favor, dos en contra y cero abstenciones, el dictamen con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de las leyes del Impuesto sobre la Renta, del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, y Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como del Código Fiscal de la Federación.

 

El documento será discutido y votado en el Pleno de la Cámara de Diputados en la sesión prevista para mañana lunes, informó la presidenta de la comisión, diputada Gina Cruz Blackledge (PAN).

 

La legisladora mencionó que la junta directiva de esta comisión acordó que las reservas de este dictamen se presentarán ante el Pleno de la Cámara de Diputados en el momento de su discusión.

 

El secretario de la instancia legislativa, diputado Jorge Estefan Chidiac (PRI), dio a conocer los principales cambios y modificaciones a la iniciativa del Ejecutivo de la Miscelánea Fiscal 2016, que contiene las citadas leyes.

 

Respecto a la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, se reduce en un 50 por ciento la cuota de bebidas saborizadas que tengan hasta 5 gramos de azúcares añadidos por cada 100 mililitros.

 

Se acota y precisa que únicamente la ventas de gasolina y diésel realizadas en diciembre de 2015, cuya entrega se haya realizado en dicho mes y el cobro se lleve a cabo a más tardar el día 10 de enero de 2016, estarán sujetas a la tasa variable del IEPS aplicable a dichos combustibles, vigente hasta el 31 de diciembre de 2015.

 

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público publicará en el Diario Oficial de la Federación la memoria de cálculo que detalle las fuentes de información y la metodología que justifiquen la actualización de los precios máximos al público de las gasolinas y el diésel y, en su caso, de la aplicación de las cuotas complementarias y temporales que se establezcan, en la misma fecha en que se publiquen los precios máximos al público de las gasolinas y el diésel.

 

Ley del Impuesto sobre la Renta

 

Destacó que la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) plantea que dentro de los supuestos para determinar que una persona moral es controladora multinacional, se establezca que serán aquellas que en el ejercicio inmediato anterior hayan obtenido ingresos consolidados para efectos contables equivalentes o superiores a 12 mil millones de pesos. Asimismo, que será únicamente el Poder Legislativo el que decida si se incrementa o disminuye dicho monto y no el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

 

Además, se propone incrementar el monto deducible por la adquisición de automóviles, de 130 mil pesos a 175 mil.

 

Se plantea que el (SAT) publique un procedimiento de retención que facilite el cobro de los impuestos a que están obligadas las personas que tributan en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) por parte de las empresas de participación estatal mayoritaria.

 

Por otra parte, se incrementa el límite del monto de las deducciones de cuatro a cinco salarios mínimos generales elevados al año; las deducciones personales no podrán exceder de la cantidad que resulte menor entre cinco salarios mínimos generales elevados al año del área geográfica del contribuyente, o del 10 por ciento del total de los ingresos del contribuyente, incluyendo aquéllos por los que no se pague el impuesto.

 

Se plantea otorgar facultades al SAT para que emita reglas administrativas que permitan la regularización de las obligaciones formales y de pago de los integrantes de los ejidos y a las comunidades por los pagos recibidos por parte de personas físicas y morales, independientemente del sector al que éstas pertenezcan.

 

Se propone liberar de expedir comprobante fiscal en operaciones de hasta cien pesos a contribuyentes del RIF, cuando el adquirente no solicite el comprobante mencionado. Asimismo, se determina la obligación del SAT de publicar lista de poblaciones sin servicios financieros. También para fortalecer el RIF se propone flexibilizar la medida que limita la enajenación de las negociaciones que tributan en el citado régimen.

 

Asimismo, se adiciona la deducción de los gastos vinculados con la incapacidad laboral con los mismos requisitos para los gastos por honorarios médicos, dentales y hospitalarios.

 

También se establece que la deducción inmediata de la inversión en bienes nuevos de activo fijo es una erogación totalmente deducible, siempre que se reúnan los requisitos establecidos en la Ley.

 

Para los efectos de la deducción inmediata, se incrementa el monto de los ingresos de las empresas que podrán gozar de este beneficio de 50 a 100 millones de pesos.

 

Del mismo modo, se precisa que sólo se exime del pago del ISR a los dividendos o utilidades que se distribuyan de la cuenta de utilidad por inversión en energías renovables, sin que dicha exención sea aplicable tratándose del impuesto previsto en los artículos 140, párrafo segundo (personas físicas residentes en territorio nacional) y fracciones I, quinto párrafo y IV del artículo 164 (residentes en el extranjero) de la Ley.

 

Se establece que quien no hubiera podido deducir los intereses pagados que derivaron del monto de las deudas por capitalización delgada que excedieron del triple del capital contable, y que por tal motivo efectuaron el pago del ISR, en caso de obtener algún saldo a favor, podrán compensarlo en términos del artículo 23 del Código Fiscal de la Federación, sin que dicho beneficio dé lugar a devolución alguna.

 

También se plantea aplicar a todas aquellas empresas que identifiquen en su contabilidad los registros correspondientes a las utilidades generadas durante el periodo del 1 de enero de 2014 hasta el 31 de diciembre del 2016 que sean reinvertidas, así como las distribuciones de utilidades respectivas.

 

Para evitar el lavado de dinero, se propone hacer una modificación al inciso e), la inclusión de un penúltimo párrafo y la modificación del último párrafo de la citada fracción XIII.

 

Respecto a los pequeños productores del campo, se modifica el límite de cuatro veces el salario mínimo general correspondiente al área geográfica del contribuyente, elevado al año, a seis veces dicho salario, con lo cual se dará entrada a la mayoría de dichos trabajadores.

 

También se elimina la referencia del artículo 112, fracción VIII, párrafo segundo de la de la LISR al artículo 111 de la misma Ley, y se establece que si en tres ocasiones durante el plazo de seis años contados a partir de que se incumpla por primera vez con la obligación de presentar la declaración referida, el contribuyente deberá tributar en los términos del régimen general que regula el Título IV de la LISR.

 

Además, se establece que quienes hubieran pagado el ISR correspondiente a 2014 y 2015 dentro del régimen general de las personas morales y que presenten las declaraciones complementarias, si obtienen algún saldo a favor, el mismo podrá ser compensado en términos del artículo 23 del Código Fiscal de la Federación (CFF), sin que dicho beneficio dé lugar a devolución alguna.

 

En materia de consolidación, se precisa que la fecha límite para estar al corriente de sus obligaciones fiscales correspondientes hasta el 1 de enero de 2016, será el 31 de marzo de 2016 y además se precisa que la interposición de medios de impugnación es en materia de consolidación, no contra las reformas en materia fiscal.

 

Por último, se plantea que la exención para enajenación de casa habitación será aplicable siempre que durante los tres años inmediatos anteriores a la fecha de enajenación de que se trate, el contribuyente no hubiere enajenado otra casa habitación por la que hubiera obtenido la exención prevista.

 

Código Fiscal de la Federación

 

Respecto a los principales cambios del Código Fiscal de la Federación, destaca que se establece que el registro especial de la aplicación de procedimientos para identificar cuentas incluye a todas las cuentas extranjeras y que la aplicación del procedimiento para identificar las cuentas de alto y de bajo valor también debe realizarse respecto de todas las cuentas extranjeras y se elimina la referencia al término “figurasâ€.

 

Del mismo modo, se plantea regular expresamente la procedencia del recurso de revocación cuando se embarguen dinero en efectivo y depósitos en cuentas bancarias o de organizaciones auxiliares del crédito, incluyendo cooperativas de ahorro y préstamo.

 

En la Lotería fiscal, se establece como requisito adicional para acceder al premio que el contribuyente persona física se encuentre al corriente de sus obligaciones fiscales.

 

Se habilita al SAT para que elabore, por sí o a través de una institución de educación superior, un estudio que permita evaluar la conveniencia o no de establecer una medida de lotería, a partir de elementos objetivos de opinión como un comparativo sobre experiencias de mercado respecto a monederos electrónicos para puntos, y sorteos semejantes a la Lotería Fiscal.

 

Por último, se establece un esquema de facilidades administrativas que les permita cumplir con sus obligaciones en materia del ISR y del impuesto al valor agregado de manera sencilla, de forma tal que se facilite el acceso a la formalidad a quienes actualmente se encuentran al margen y de esta forma incorporarse en mejores condiciones para su desarrollo económico.

 

Posicionamientos

 

Al fijar su posicionamiento, el diputado Hugo Eric Flores Cervantes (PES) manifestó su voto a favor del dictamen, pues “no podemos desdeñar que son casi 17 mil millones de pesos más en recursosâ€.

 

Entre las propuestas de su grupo parlamentario, que se incluyen en el dictamen, mencionó la repatriación de capitales, que agrega un elemento muy importante relacionado con el lavado de dinero, así como lo referente a la adquisición de autos y la posibilidad de deducir 175 mil pesos, “lo que muestra voluntad política en torno a estos temasâ€. Adelantó que hay dos o tres puntos “que quedaron en el tinteroâ€, que serán reservados para su discusión en el Pleno.

 

El diputado Luis Alfredo Valles Mendoza (NA) dijo que su bancada votaría por la aprobación del dictamen, pues contiene ajustes contables, jurídicos y económicos para mejorar calidad de vida de la población, la capacidad de ahorro y de inversión, además de la sostenibilidad de finanzas públicas y el combate a la evasión fiscal.

 

Apuntó que es necesario redoblar esfuerzos para estimular la formalidad y superar la debilidad recaudatoria del Estado. Planteó que la Comisión Federal de Competencia Económica y la Procuraduría Federal del Consumidor vigilen que la apertura del mercado de combustibles se realice en condiciones de libre competencia; que el Poder Legislativo, a través de la Ley de Ingresos, fortalezca la medida de sorteos fiscales y el Régimen de Incorporación Fiscal para evitar abusos en perjuicio de quienes cumplan “fielmente con la leyâ€.

 

El diputado Carlos Lomelí Bolaños (MC) dijo que apoyaría en lo general el dictamen, pero externó su desacuerdo con algunas propuestas que “afectan a las personas, por lo que en su momento reservaremos diversos artículos para el análisis con base en los argumentos que presentaremos en el Pleno para su discusiónâ€.

 

Por su parte, el diputado Vidal Llerenas Morales (Morena) consideró que el dictamen no corrige nada de fondo, pues contempla medidas que tienen muy poca diferencia comparadas con la Reforma Fiscal de 2014; las propuestas del Ejecutivo están enfocadas a las empresas y no a las personas, comentó.

 

“Es un dictamen que no corrige prácticamente nada de la reforma fiscal de hace dos años, tan no corrige nada, que la diferencia en el cálculo del Impuesto Sobre la Renta que se tiene de la propuesta del Ejecutivo al dictamen, apenas supera los mil millones de pesos, es decir, son propuestas menores en cuanto a lo que se va a recaudar y, por tanto, menores en el efecto que va a tener en la economíaâ€, explicó.

 

La diputada Adriana Sarur Torre (PVEM) resaltó que es una Miscelánea Fiscal que acelera la inclusión de nuevos contribuyentes, a través de las propuestas de Régimen de Incorporación Fiscal. “De ese modo se ampliará la base de contribuyentes y se podrá seguir afrontando el entorno económico adverso de forma responsableâ€, agregó.

 

Indicó, además, que el dictamen promueve el desarrollo de la industria automotriz, sector que ha impulsado al país durante la crisis generalizada.

 

El diputado Carlos Hernández Mirón (PRD) destacó diversas medidas presentadas en la Miscelánea, tales como la deducción de gastos personales por honorarios médicos a personas que padecen alguna discapacidad; el tema de las Pymes, con la posible deducción hasta de 100 millones de pesos.

 

Resaltó, además, la regulación del ejercicio de facultades de comprobación de los procedimientos para verificar la procedencia de las cantidades solicitadas en devoluciones.

 

El diputado Miguel Ãngel Huepa Pérez (PAN) sostuvo que la Miscelánea Fiscal atenta contra la ciudadanía, pues no se revierte nada de lo ya establecido. La apuesta del gobierno federal por recaudar más para el siguiente año es a costa de los contribuyentes de siempre. Agregó que no se apoya, por ejemplo, al sector minero del país, pues es indispensable establecer para esa industria incentivos como la deducción de sus gastos preoperativos.

 

Apuntó que se requiere de un análisis profundo para que los ingresos públicos que financiarán el gasto del país sean suficientes, efectivos y que no sigan afectando la economía de la sociedad mexicana.

 

El diputado Ricardo David García Portilla (PRI) subrayó que el dictamen atiende a sectores que lo requieren, ya que precisa incentivos para el ahorro y el sector primario, la deducibilidad cuando hay una incapacidad para laborar, la repatriación capitales, y la deducción inmediata para pequeñas empresas.

 

En materia del campo, explicó, se exenta a pequeños productores del pago del ISR, cuando éste sea su única actividad, y a personas morales que produzcan en ejidos y a comunidades indígenas.

 

 

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