24 de abril 2024
entrevistas
Ciudad de M茅xico, a 1 de septiembre de 2021.
Ciudad de M茅xico, a 31 de agosto de 2021.
Ciudad de M茅xico, a 31 de agosto de 2021.

Monitoreo Radio TV Abril 2024
Lun Mar Mie Jue Vie Sab Dom
1 2 3 4 5 6 7
8 9 10 11 12 13 14
15 16 17 18 19 20 21
22 23 24 25 26 27 28
29 30 

Estadísticas
Visitante No:
Contador


 
comunicaciónsocial
Bolet铆n N°. 0046 Desaparici贸n forzada, problema que agravia a la sociedad mexicana
  • Hay al menos 23 mil 271 personas desaparecidas o no localizadas, se帽ala el vicepresidente de la C谩mara de Diputados, Alejandro Ojeda

 

 

  • Congreso de la Uni贸n debe aprobar la Ley General sobre Desapariciones Forzadas y Desapariciones por Particulares en el actual periodo ordinario

 

 

  • Nueva legislaci贸n tendr谩 que ser incluyente y tomar en cuenta la opini贸n de los familiares de desaparecidos

 

13-09-2015 En M茅xico existen al menos 23 mil 271 personas desaparecidas o no localizadas, seg煤n datos dados a conocer a principio de este a帽o, por la propia Procuradur铆a General de la Rep煤blica (PGR), aunque esta cifra no es confiable porque hay organizaciones no gubernamentales que afirman que son muchas m谩s las personas que fueron impedidas de su libertad de manera forzada y sin que se sepa hasta ahora d贸nde est谩n.

 

Ello, asegur贸 el vicepresidente de la Mesa Directiva de la C谩mara de Diputados, Alejandro Ojeda, violenta de manera cr铆tica los derechos humanos; de ah铆 la exigencia de ofrecer una respuesta pronta y expedita de parte del Congreso de la Uni贸n, pues urge una ley que ofrezca una metodolog铆a de medici贸n que d茅 certidumbre y que, por supuesto, genere los mecanismos que agilicen la acci贸n gubernamental para atender estos casos.

 

Por ello, agreg贸 el legislador, la Ley General sobre Desapariciones Forzadas y Desapariciones por Particulares debe aprobarse antes de que termine el actual periodo ordinario de sesiones.

 

Record贸 que la reforma constitucional del art铆culo 73 se public贸 en el Diario Oficial de la Federaci贸n el pasado 10 de julio, y en sus transitorios se establece un plazo de 180 d铆as, como m谩ximo, para aprobar esta Ley General.

 

Subray贸 que dicha legislaci贸n debe responder a la necesidad de abordar la problem谩tica de la desaparici贸n de manera integral, con enfoque jur铆dico, forense y psicosocial, concentrando la actuaci贸n del Estado en la b煤squeda con vida de las personas desaparecidas y la atenci贸n a familiares de personas afectadas.

 

Coment贸 que luego de la reuni贸n con familiares de personas desaparecidas, qued贸 como compromiso de parte de la Mesa Directiva, el ser incluyente y tomar en cuenta las propuestas ciudadanas para elaborar un dictamen que cuente con el aval de las organizaciones sociales y de los propios familiares de los desaparecidos.

 

Resalt贸 que 鈥渘os vamos a estar reuniendo peri贸dicamente en mesas de trabajo, con todos los involucrados para enriquecer esta demanda ciudadana, en la cual no somos ajenos al dolor que se sufre con la desaparici贸n de cualquier persona鈥.

 

El diputado Alejandro Ojeda declar贸 que en la nueva ley deber谩 quedar plasmada la obligaci贸n del Estado para garantizar la b煤squeda e investigaci贸n en los casos de desaparici贸n forzada, as铆 como asegurar el derecho de las v铆ctimas a la justicia y la reparaci贸n del da帽o.

 

鈥淟a desaparici贸n forzada de personas implica no solo el delito con la persona desaparecida, sino tambi茅n en perjuicio de la familia, ya que actualmente tienen que iniciar un calvario en la b煤squeda de su pariente, sum谩ndose a esto que no existen las herramientas legales para facilitarla鈥, explic贸.

 

Ojeda sostuvo que desde la etapa m谩s temprana posible y de manera transparente, se requiere la participaci贸n de la sociedad civil y los familiares de los desaparecidos para aprovechar su experiencia y aportaciones, tanto en la elaboraci贸n de la ley como en el dise帽o de pol铆ticas p煤blicas que busquen abordar las consecuencias de la desaparici贸n.

 

Con esta ley, dijo, el Estado estar铆a obligado a resolver los miles de expedientes sobre personas desaparecidas, y se otorgar铆a el reconocimiento a la personalidad jur铆dica de desaparecido, adem谩s de establecer el concepto m谩s amplio de Desaparici贸n por particulares y por el Estado.

 

Consider贸 que tambi茅n se debe avanzar en la erradicaci贸n de burocracias del 谩mbito penal y civil cuando se atienden denuncias por desaparici贸n forzada, pues actualmente las autoridades correspondientes dan un trato indigno a los afectados, provocando la doble victimizaci贸n de los familiares.

 

Asever贸 que instrumentar los mecanismos jur铆dicos para la localizaci贸n de personas desaparecidas, 鈥渆s una herida que debe cicatrizar, es un duelo de muchas familias que debemos resolver; solo as铆 podremos iniciar con una etapa de sanaci贸n entre Estado y sociedad鈥.

 

Dijo que la legislaci贸n en materia de desaparici贸n forzada de personas, as铆 como otras formas de privaci贸n de la libertad contrarias a la ley, tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes de las entidades federativas y de la Federaci贸n, deber谩 determinar mecanismos para erradicar esta problem谩tica.

 

-- ooOoo 鈥-

 
Histórico hasta 2013
 
años:
| 2022 | 2021 | 2020 | 2019 | 2018 | 2017 | 2016 | 2015 | 2014 |
 
meses del 2022:
| Julio | Junio | Mayo | Abril | Marzo | Febrero | Enero |
 
Histórico hasta 2013
 
-->
difusión
comunicación