04 de diciembre 2024
entrevistas
Ciudad de M茅xico, a 1 de septiembre de 2021.
Ciudad de M茅xico, a 31 de agosto de 2021.
Ciudad de M茅xico, a 31 de agosto de 2021.

Monitoreo Radio TV Diciembre 2024
Lun Mar Mie Jue Vie Sab Dom
  1
2 3 4 5 6 7 8
9 10 11 12 13 14 15
16 17 18 19 20 21 22
23 24 25 26 27 28 29
30 31 

Estadísticas
Visitante No:
Contador


 
comunicaciónsocial
Bolet铆n N°. 1203 Aprueban en Comisi贸n de Gobernaci贸n Ley para regular decretos de suspensi贸n de derechos y garant铆as

29-03-2016.- La Comisi贸n de Gobernaci贸n aprob贸 el dictamen de la minuta que expide la Ley Reglamentaria del Art铆culo 29 de la Constituci贸n Pol铆tica con el objeto de regular el procedimiento para decretar la restricci贸n o suspensi贸n de derechos y garant铆as, a fin de que el Ejecutivo haga uso de sus facultades para enfrentar amenazas y emergencias en territorio nacional.

La norma, de 34 art铆culos y dos transitorios, precisa que esto s贸lo proceder谩 en casos de Invasi贸n (entrada, sin autorizaci贸n, de fuerzas armadas de otro pa铆s a cualquier parte del territorio) y de Perturbaci贸n Grave de la Paz P煤blica (situaciones de violencia que alteren la estabilidad social y pongan en riesgo la integridad, seguridad o libertad de la poblaci贸n y que representen una amenaza a la capacidad de las instituciones del Estado para hacerles frente).

Tambi茅n, en situaciones de Grave Peligro o Conflicto (circunstancias excepcionales que generen afectaciones a la poblaci贸n por factores de orden sanitario, ambiental, clim谩tico, qu铆mico o f铆sico, o bien, por acciones que los expongan a emergencias o desastres, sean de origen natural o antropog茅nico).

Especifica que el Presidente de la Rep煤blica debe someter a consideraci贸n del Congreso de la Uni贸n o de la Comisi贸n Permanente, en su caso, el proyecto de decreto para declarar una restricci贸n o suspensi贸n. Estas soberan铆as tendr谩n que considerar el caso de obvia y urgente resoluci贸n, votarlo en un plazo no mayor a 48 horas y convocar a sesi贸n extraordinaria, de ser necesario.

La Suprema Corte de Justicia, por su parte, deber谩 pronunciarse sobre la constitucionalidad y validez de los decretos.

En su Cap铆tulo IV, la Ley reglamentaria establece el Control Parlamentario del Congreso de la Uni贸n sobre restricci贸n y suspensi贸n de derechos y garant铆as. Para ello, el Titular del Ejecutivo est谩 obligado a entregarle informes detallados sobre las medidas administrativas y legislativas adoptadas, sobre su aplicaci贸n y evoluci贸n de la situaci贸n cada 30 d铆as durante el tiempo que est茅 vigente el decreto.

Esta medida de emergencia se levantar谩 cuando haya vencido el plazo fijado para ella; cuando hayan desaparecido las causas que le dieron origen; por decreto del Congreso de la Uni贸n, o del Ejecutivo Federal, seg煤n precisa la Ley en sus 煤ltimos art铆culos.

Adem谩s del aval de la Comisi贸n de Gobernaci贸n, el documento tambi茅n debe ser aprobado por la de Derechos Humanos antes de ponerse a consideraci贸n del Pleno de la C谩mara de Diputados.

Durante el an谩lisis correspondiente, la diputada presidenta del 贸rgano colegiado, Mercedes del Carmen Guill茅n Vicente (PRI), asegur贸 que el dictamen de la minuta 鈥渞e煤ne los est谩ndares internacionales鈥 de derechos humanos, de tal forma que organismos con representaci贸n en M茅xico, como el Alto Comisionado de la ONU, 鈥渆st谩n absolutamente convencidos de que el documento se encuentra dentro de los par谩metros鈥.

Adem谩s, insisti贸 en que la Ley fue objeto de mucho estudio y pas贸 por todas las revisiones correspondientes dentro de la comisi贸n que preside, aunque dijo que podr谩n hacerse aportaciones cuando sea analizada en el Pleno.

La diputada Roc铆o Nahle Garc铆a (Morena) advirti贸 que entregar el 鈥減oder absoluto al Presidente鈥 para suspender derechos y garant铆as en los casos que se estipulan en la norma, 鈥渆s un cheque en blanco para que haga y deshaga en este pa铆s, que es de los que tiene mayor violaci贸n a los derechos humanos鈥.

Opin贸 que se podr铆a recurrir a esta medida en casos de marchas o manifestaciones p煤blicas, si se les considera como 鈥減erturbaciones graves a la paz p煤blica鈥. Asimismo, afirm贸 que la 鈥渞iesgosa鈥 reforma, contradice a los organismos internacionales de derechos humanos.

Del Revolucionario Institucional, Cesar Alejandro Dom铆nguez Dom铆nguez sostuvo que la minuta es un avance significativo 鈥渆n el momento en que estamos viviendo actualmente鈥, ya que permite cuidar las garant铆as y los derechos humanos, adem谩s de que da pie a un 鈥渃铆rculo virtuoso鈥 en el que participan todos los Poderes de la Uni贸n.

鈥淧onemos orden y cuidado jur铆dico a una toma de decisi贸n, como es la que estamos discutiendo鈥, agreg贸.

Representando a Acci贸n Nacional, el diputado Ulises Ram铆rez N煤帽ez afirm贸 que los actos terroristas que se observan en varias partes del mundo 鈥渉an trastocado la forma de c贸mo debemos vivir y regular nuestras convivencias鈥. Es por ello que algunos pa铆ses, como Francia, han solicitado a organizaciones internacionales aplicar el 鈥淓stado de excepci贸n鈥.

Celebr贸 que en esta figura jur铆dica participen los tres Poderes de la Uni贸n, pues 鈥渆s mejor tenerla regulada, que suelta y discrecional a un solo poder鈥.

Del PRD, los diputados David Gerson Garc铆a Calder贸n y Rafael Hern谩ndez Soriano tambi茅n manifestaron su respaldo a la reforma al considerar que los tres 谩mbitos de gobierno est谩n bien representados en el proyecto.

Norma Edith Mart铆nez Guzm谩n (PES) apoy贸 el dictamen y se pronunci贸 por que los tres Poderes de la Uni贸n modifiquen lo necesario, para que se respete el ejercicio de los derechos humanos.

-- ooOoo --

 
Histórico hasta 2013
 
años:
| 2022 | 2021 | 2020 | 2019 | 2018 | 2017 | 2016 | 2015 | 2014 |
 
meses del 2022:
| Julio | Junio | Mayo | Abril | Marzo | Febrero | Enero |
 
Histórico hasta 2013
 
-->
difusión
comunicación