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Boletín N°. 1530 Diputado impulsa reformas para exentar del pago de impuestos a vehículos híbridos y eléctricos
  • En México circulan más de 25 millones de automotores; sólo 5 mil son híbridos o eléctricos
  • Dejar de percibir ambos gravámenes es aceptable, frente al costo económico de las consecuencias ambientales: Ojeda Anguiano

 

10-05-2016.- El vicepresidente de la Mesa Directiva, diputado Alejandro Ojeda Anguiano (PRD), impulsa una iniciativa que reforma las leyes Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos y del Impuesto al Valor Agregado, a fin de que a los vehículos híbridos y eléctricos, cuando se les enajene e importe, queden exentos del pago de ambos gravámenes sobre automóviles nuevos.

 

La reforma, turnada a la Comisión de Hacienda y Crédito Público para su análisis, define que un vehículo eléctrico es aquel que es propulsado por uno o más motores eléctricos con tracción de rueda y para transporte de pasajeros, en tanto un híbrido es aquel cuyo sistema de propulsión combina una o dos fuentes de energía con tracción de rueda.

 

La iniciativa señala que en México circulan cada día más de 25 millones 543 mil vehículos automotores, de los cuales sólo 5 mil son híbridos y eléctricos, representando tan sólo el 0.01 por ciento del total.

 

Ojeda Anguiano destacó que, de acuerdo con algunos cálculos, el impacto económico al dejar de percibir impuestos oscila en 75 millones de pesos; cantidad, dijo, financieramente aceptable frente al costo económico que resulta de las consecuencias ambientales ocasionadas por la emisión de gases invernadero.

 

Mencionó que la reforma no generaría un acto de inconstitucionalidad, en lo relativo a la equidad y proporcionalidad que debe imperar en materia fiscal, en virtud de que el Estado, en ejercicio de las atribuciones que le confieren, destaca lo relacionado a la procuración de un medio ambiente adecuado, así como al establecimiento de políticas que impulsen los sectores productivos.

 

Afirmó que la reforma constituirá un instrumento económico que auxilie en la reducción de emisiones contaminantes, compromisos adquiridos en ley.

 

El documento precisa que en el 2012 el transporte en México generó 39 por ciento de las emisiones de dióxido de carbono (CO2), asociadas a la producción y uso de la energía, de acuerdo a especialistas del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC, por sus siglas en inglés) y el Centro de Transporte Sustentable (CTS).

 

Cifras del Banco Mundial y de la Revista Internacional de Contaminación Ambiental de la UNAM, resaltan que actualmente los vehículos automotores emiten 95 por ciento de monóxido de carbono, 75 por ciento de óxido de nitrógeno, 50 por ciento de hidrocarburos, 60 por ciento de partículas inhalables y 25 por ciento de bióxido de azufre.

 

Lo anterior genera el riesgo de padecer enfermedades respiratorias y cardiovasculares. En tanto, la Organización Mundial de la Salud (OMS) estima que la contaminación ambiental ocasiona en nuestro país alrededor de 20 mil 500 muertes prematuras al año.

 

En lo que respecta a la Ciudad de México y su área conurbada, continuó, los más de 22 millones de viajes diarios, 90 por ciento realizados en vehículos que utilizan gasolina y diésel, producen congestionamientos que generan altas emisiones de contaminantes, ocasionando daños directos a la salud de la población.

 

Adicionalmente a estos contaminantes, acotó, las actividades que se desarrollan en la Ciudad de México emiten al año 36 millones de toneladas de bióxido de carbono a la atmósfera; a su vez, en los últimos 30 años las emisiones asociadas al proceso de urbanización ocasionaron un aumento de temperatura de aproximadamente 2 grados centígrados en el Valle de México, constituyéndose en uno de los ejemplos más claros de una “isla de calor en el mundo”.

 

Ante ello, añadió, “nuestra visión en el tema ambiental radica en impulsar instrumentos jurídicos que ayuden a amortiguar el cambio gradual del parque vehicular de combustión a híbridos o eléctricos, mediante apoyos o incentivos”.

 

La reforma adiciona un último párrafo y dos incisos al artículo 1 de la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos y adiciona la fracción X al artículo 9 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

 

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