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Boletín N°. 3573 Cámara de Diputados aprueba 51 dictámenes para modificar diferentes ordenamientos legales

27-04-2017.- La Cámara de Diputados aprobó 51 dictámenes que reforman diversas leyes en materia de migrantes, trabajo, adultos mayores, mujeres, niños, medio ambiente, personas con discapacidad, educación, vivienda, delitos sexuales y sanciones para quien venda alimentos con clembuterol.

 

 

Reconocer derechos humanos de personas migrantes

 

Con 364 votos, avaló el dictamen que reforma el artículo 66 de la Ley de Migración, a fin de establecer que con independencia de la situación migratoria de las personas migrantes, éstas gozarán de los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los Tratados Internacionales de los que sea parte el Estado mexicano.

 

Se busca generar directrices que permitan solucionar casos en los que exista contradicción de principios entre las normas internacionales y la Carta Magna, pues el artículo 133 constitucional señala que los tratados internacionales sólo son norma suprema en los casos en los que estén de acuerdo con ésta.

 

La no discriminación es un principio transversal en el ámbito internacional de derechos humanos. Está presente en todos los principales tratados y constituye el tema central de algunas convenciones universales. El principio se aplica a toda persona en relación con todos los derechos humanos y las libertades, y prohíbe la discriminación sobre la base de una lista no exhaustiva de categorías tales como sexo, raza, color, y así sucesivamente. Se canalizó al Senado de la República.

 

 

Patrones no podrán considerar días de descanso obligatorio como vacaciones

 

Aprobó modificar la Ley Federal del Trabajo, a fin de establecer que los patrones no consideren los días de descanso obligatorios como parte o a cuenta de las vacaciones, así como los días que la empresa o institución otorgue por concepto de aniversario o efeméride.

 

El documento, avalado por 397 votos a favor, una abstención y cero en contra, indica que los trabajadores no están obligados a prestar sus servicios en días de descanso; incluso, la ley laboral fija sanciones para los patrones que quebranten esa disposición, mediante el pago de un salario doble por el servicio prestado, independientemente de la remuneración que le corresponda por descanso.

 

Expone que las vacaciones no sólo deben tomarse como un asunto legal o social, pues son sumamente importantes para el bienestar general y productividad de cualquier trabajador, debiéndose considerar como una necesidad biológica y mental.

 

El dictamen, que adiciona un segundo párrafo al artículo 78 de la Ley Federal del Trabajo, se envió al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

 

Armonizar ley en materia de suspensión de trabajo por huelga

 

Con 397 votos, el Pleno aprobó el dictamen que reforma la fracción II del artículo 451 y deroga la fracción III del artículo 459 de la Ley Federal del Trabajo, para armonizar, dar certeza jurídica y actualizar la referencia a los artículos relativos a la suspensión de trabajo por huelga.

 

La reforma permitirá remitir a los artículos 929 y 930 este derecho, pues dichos ordenamientos regulan el procedimiento para solicitar la declaración de procedencia de inexistencia de huelga, toda vez que el artículo 451 vigente se refiere a uno –el 460- que esta derogado.

 

El documento, remitido al Senado de la República para sus efectos constitucionales, considera el derecho a huelga como parte del trabajo digno o decente.

 

Diputados aprueban hasta siete años de prisión a quien distribuya sustancias o alimentos prohibidos

 

La Cámara de Diputados aprobó cinco dictámenes que modifican diversas leyes, entre las que destaca la reforma a la Ley Federal de Sanidad Animal, a fin de sancionar de tres a siete años de prisión y multa de 10 mil a 50 mil días de salario mínimo al que distribuya sustancias o alimentos prohibidos.

 

El uso excesivo de clembuterol en animales, señala el dictamen, repercute directamente tanto en el bienestar del animal como en la salud pública.

 

Añade que la mayoría de las intoxicaciones alimentarias surgen de forma inesperada y los trastornos orgánicos y funcionales que se presentan se desarrollan rápidamente, por lo que pueden provocar la muerte de quien consume el clembuterol.

 

El dictamen fue aprobado con 372 votos a favor y dos abstenciones y se envió al Senado de la República para su trámite constitucional.

 

Definen suplementos alimenticios

 

Se aprobaron reformas a los artículos 215 y 216 de la Ley General de Salud, con el objetivo incluir la definición de los suplementos alimenticios y prohibir que en el etiquetado y su publicidad, se realicen declaraciones relacionadas a un efecto nutricional o fisiológico, a menos que se encuentren aprobadas por la Secretaría de Salud.

 

El documento, avalado con 403 votos en pro y uno en contra y remitido al Senado de la República para sus efectos constitucionales, define a estos suplementos como aquellos productos clasificados por esa dependencia, cuyo propósito es complementar e incrementar la ingesta dietética y, que consisten en fuentes concentradas de nutrimentos u otras sustancias presentes naturales en los alimentos con efecto nutricional o fisiológico, ingeridos por la vía oral.

 

Propaganda electoral debe promover el empleo de un lenguaje incluyente

 

Los diputados aprobaron con 397 votos, 3 abstenciones y 1 en contra, el dictamen que reforma el artículo 242 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, para establecer que la propaganda electoral debe promover el empleo de un lenguaje incluyente, y garantizando el principio de igualdad entre la mujer y el hombre, que no aliente desigualdades de género.

 

El documento enviado al Senado de la República para sus efectos constitucionales, destaca la importancia de que la participación política de las mujeres debe ser en un campo de igualdad e inclusión, y argumenta que el lenguaje es el medio de comunicación por antonomasia.

 

“Al expresarnos es común el uso del masculino genérico, que consiste en la utilización de términos en masculino para referirse tanto a hombres como a mujeres, lo que conlleva al androcentrismos lingüístico”.

 

El dictamen llama a no contribuir en la exclusión e invisibilidad de las mujeres, que pueden darse a través del lenguaje, tanto en el entorno privado como público.

 

Refiere que se han tenido muchos casos de violencia política de género y con esta reforma se evitará este tipo de actos. Menciona que de acuerdo con la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE), en 2015 se recibieron 38 denuncias por violencia política de género y en agosto de 2016 fueron 103.

 

Sustituyen concepto de equidad por igualdad en Ley del Instituto Nacional de las Mujeres

 

Por unanimidad, con 373 votos los diputados aprobaron un dictamen de la Comisión de Igualdad de Género, con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres, para sustituir el concepto de equidad por el de igualdad.

 

El objetivo de la reforma, señala el dictamen, es homologar su aplicabilidad de la ley con lo dispuesto en instrumentos internacionales, en función de que la igualdad es el derecho y la meta común establecida, como referencia en el ámbito internacional y nacional. Se envió al Senado de la República para su trámite constitucional.

 

Se busca prevenir la violencia contra las mujeres migrantes

 

Con 379 votos a favor se aprobó reformar el artículo 30 de la Ley de Migración, para establecer que se realicen acciones interinstitucionales, de manera coordinada con el Instituto Nacional de las Mujeres que permitan atender la problemática, y la prevención de la violencia contra las mujeres migrantes, y avanzar en el cumplimiento de los tratados y convenios internacionales de los cuales sea parte el Estado Mexicano.

 

El documento señala que la violencia física, psicológica y económica que se ejerce en México contra las mujeres migrantes, involucra a autoridades federales y fuerzas policiacas estatales y municipales; además, la violencia es ejercida mayoritariamente por hombres con los que vivieron y quienes suelen amenazarlas con denunciarlas por su situación migratoria. Se remitió al Senado de la República para su trámite constitucional.

 

Negativa a oportunidades de ascenso es considerada violencia laboral

 

Además, con 366 votos a favor se aprobó reformar el artículo 11 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para indicar que se constituye como violencia laboral, la negativa a oportunidades de ascenso o condición general del mismo.

 

El dictamen señala como descalificación el trabajo realizado, las amenazas, la intimidación, las humillaciones, las conductas referidas en la Ley Federal del Trabajo, la explotación, el impedimento a las mujeres de llevar a cabo el periodo de lactancia y todo tipo de discriminación por condición. Se turnó al Senado de la República para su trámite constitucional.

 

Servicio básico de salud, el apoyo a madres solas

 

El Pleno también aprobó, con 400 votos, modificar la fracción X del artículo 12 de la Ley de Asistencia Social para que sea considerado un servicio básico de salud en materia de asistencia social, el apoyo a madres solas que tengan a su cuidado hijos menores de 18 años.

 

El documento, remitido al Senado de la República, menciona que de acuerdo con la Encuesta Intercensal 2015, el 10.1 por ciento de las mujeres de 12 años y más con al menos un hijo son viudas, 8.4 son separadas y 2.8 están divorciadas.

 

Subraya que las madres solas o solteras pueden ser susceptibles de recibir servicios básicos de salud por medio de la asistencia social, ya que ser madre soltera se convierte en un problema social, sobre todo para las mujeres de escasos recursos.

 

Garantizar el interés superior de la niñez en los Centros Penitenciarios

 

A su vez, se aprobó con 327 votos a favor, 15 abstenciones y 4 en contra, el dictamen que reforma los artículos 4 y 36 de la Ley Nacional de Ejecución Penal, con la finalidad de establecer que dentro del Sistema Penitenciario, el órgano jurisdiccional, el juez de ejecución y la autoridad penitenciaria, en el ámbito de sus atribuciones, garantizarán en todo momento el interés superior de la niñez.

 

Asimismo, se estipula que en los casos de nacimiento de hijas e hijos de mujeres privadas de la libertad, la autoridad del Centro Penitenciario notificará sobre dicho nacimiento a la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes o a sus equivalentes en las entidades federativas, con el fin de coadyuvar con la madre a que realice el registro del menor en los primeros 60 días.

 

El documento, turnado al Senado de la República para sus efectos constitucionales, busca garantizar que todas las personas ejerzan su derecho a la identidad.

 

Delitos de índole sexual serán de carácter imprescriptible

 

En tanto, los diputados aprobaron, con 331 votos a favor y 14 en contra, reformas al artículo 107 BIS del Código Penal Federal, con el propósito los delitos de índole sexual, tales como corrupción, pornografía, turismo sexual y lenocinio de personas menores de 18 años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o carecen de capacidad para resistirlo; así como, pederastia, hostigamiento sexual, abuso sexual, estupro, violación e, incesto, no prescriban.

 

Igualmente, los ilícitos previstos en la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas, que hubiesen sido cometidos en contra de una persona menor, la acción penal y las sanciones tendrán el carácter imprescriptible.

 

El dictamen, remitido al Senado de la República, prevé luchar contra la impunidad en delitos de carácter sexual; además, ampliar el margen de actuación de la autoridad para que tengan las herramientas suficientes para combatir estos crímenes.

 

Declarar 27 de abril “Día Nacional de Prevención de Quemaduras en Niñas, Niños y Adolescentes”

 

El Pleno avaló, con 390 votos a favor y 14 abstenciones, declarar el 27 de abril de cada año como “Día Nacional de Prevención de Quemaduras en Niñas, Niños y Adolescentes”. Se envió al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

 

El dictamen también establece que los entes del Sistema Nacional de Salud y las instituciones del Sistema Educativo Nacional en el ámbito de sus respectivas competencias y programas, en conjunto con el sector privado y social, realizarán en este día actividades y labores de difusión con enfoque de prevención del riesgo de quemaduras en niñas, niños y adolescentes.

 

Establecer centros de atención destinados al cuidado y desarrollo integral infantil

 

Con 369 votos a favor se avaló reformar el artículo 49 Bis de la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil, para establecer los centros de atención destinados al cuidado y desarrollo integral infantil podrán hacer uso de equipos o sistemas tecnológicos.

 

El dictamen señala que el uso de esta tecnología es para la captación o grabación de imágenes o sonidos como medida adicional para prevenir cualquier riego o emergencia que se presente en las instalaciones, salvaguardando la integridad de los menores en términos de las disposiciones legales aplicables. Se envió al Senado de la República para el trámite correspondiente.

 

Se prohíbe que menores concedan perdón en casos de delitos de abuso sexual

 

Diputadas y diputados aprobaron con 397 votos a favor y dos abstenciones, el dictamen que adiciona un artículo 276 Ter al Código Penal Federal, para que en el caso de delitos de abuso sexual en contra de menores se prohíba el perdón del ofendido o de sus representantes, hasta que alcance la mayoría de edad.

 

El dictamen, enviado al Senado de la República para sus efectos constituciones, establece que tratándose de los delitos contra la libertad y el normal desarrollo psicosexual, cuyo sujeto pasivo sea un menor de edad, sólo procederá el perdón del ofendido cuando éste alcance la mayoría de edad y solamente respecto de los tipos penales en los que dicha figura pueda proceder.

 

Resalta que, en ningún caso, podrá darse el perdón vía sus tutores o representantes legales. De acuerdo con el Informe Mundial sobre la Violencia contra los Niños y las Niñas, de la Organización de las Naciones Unidas, toda violencia física y sexual implica daño psicológico y las consecuencias incluyen tanto el impacto personal inmediato como el daño que éste transmite en las etapas posteriores de la infancia, la adolescencia y la vida adulta.

 

La violencia puede atrofiar el potencial de desarrollo personal y representar altos costos para la sociedad en su conjunto. La Organización Mundial de la Salud afirma que el maltrato infantil de todo tipo, incluido el sexual, puede tener consecuencias a largo plazo. El estrés, ansiedad y sufrimiento causado por el abuso puede provocar daños indirectos, a través de otras conductas compulsivas que el individuo adopta; por ejemplo, consumo de tabaco, obesidad, comportamientos sexuales de alto riesgo o enfermedades del corazón.

 

Evitar afectación a ecosistemas y reparar daños cuando suceda

 

La Cámara de Diputados aprobó reformar a los artículos 107 y 108 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a fin de evitar la destrucción de paisajes, ecosistemas o áreas relevantes o frágiles, derivado del uso, aprovechamiento, exploración, explotación y beneficio de recursos naturales no renovables.

 

Asimismo, establece que quienes ocasionen su degradación, desertificación o desequilibrio ecológico, deberán realizar la restauración ecológica de paisajes, ecosistemas o áreas afectadas.

 

El documento, avalado por 384 votos y turnado al Senado para sus efectos constitucionales, refiere que si bien en caso de afectación al ambiente, en ningún caso se podrá recuperar totalmente el equilibrio ecológico, es plausible determinar la obligación de que aquel que genere un daño o desequilibrio ambiental, lo repare.

 

Hacer público y mantener actualizado el registro de emisiones y transferencia de contaminantes

 

Los legisladores estuvieron de acuerdo con reformas al artículo 109 Bis de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, para que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales ponga a disposición del público y mantenga actualizado y accesible, el registro de emisiones y transferencia de contaminantes al aire, agua, suelo y subsuelo, materiales y residuos de su competencia.

 

El dictamen, avalado por 392 votos, manifiesta que la disponibilidad de sistemas públicos de información genera herramientas adecuadas que permiten, con mayor precisión y oportunidad, medir los impactos reales que se generan por la inevitable actividad humana sobre la biodiversidad.

 

El documento, enviado al Senado de la República, resalta la importancia de generar instrumentos de política pública que coadyuven a la conservación y uso sustentable de la biodiversidad y poder garantizar se preservación y prevención responsable.

 

Definir Patrimonio natural en Ley General del Equilibrio Ecológico

 

Los legisladores modificaron los artículos 1 y 3 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, para definir el término Patrimonio natural en esa norma.

 

Precisa como Patrimonio natural el conjunto de bienes y recursos de la biosfera, compuestos por la diversidad biológica y geológica que tienen un interés nacional y universal excepcional por su valor estético, paisajístico, científico y cultural. El dictamen se avaló con 383 votos y se envió al Senado para sus efectos constitucionales.

 

Formular y evaluar sistemas de manejo ambiental en gobiernos estatal y municipal

 

Con 372 votos a favor se avaló reformar los artículos 7 y 8 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, para formular, establecer y evaluar los sistemas de manejo ambiental del gobierno estatal y municipal.

 

El documento considera imprescindible que en los estados y municipios se incorporen criterios ambientales en las operaciones cotidianas, ya que este sector es un consumidor y la forma como realice sus actividades tiene efectos importantes en el medio ambiente; un uso más responsable de los recursos materiales del agua y la energía permitirá disminuir costos de operación de las dependencias. Se remitió al Senado de la República para su efecto constitucional correspondiente.

 

Incorporar los paisajes bioculturales como área natural protegida

 

Se aprobó con 340 votos a favor, reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente para incorporar los paisajes bioculturales como un tipo de área natural protegida.

 

El dictamen establece que la Federación podrá certificar como paisajes bioculturales aquellas áreas con características análogas a dicho tipo de área natural protegida, previamente reconocidas por las entidades federativas, municipios o alcaldías de la Ciudad de México. Se envió al Senado de la República.

 

Acceso a la información ambiental

 

El Pleno cameral acordó reformar el artículo 34 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, para contribuir al fortalecimiento en materia ambiental de una cultura de acceso a la información, participación y justicia como base de una gobernabilidad que propicie un ambiente sano y una mejor calidad de vida.

 

El dictamen aprobado con 354 votos a favor, 1 en contra y 8 abstenciones y enviado al Senado de la República para sus efectos constitucionales, precisa que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales deberá llevar a cabo consulta pública del impacto ambiental, cuando lo solicite cualquier persona de la comunidad.

 

También estará obligada a organizar reunión pública de información cuando se trate de obras o actividades que puedan generar desequilibrios ecológicos graves, o daños a la salud pública o a los ecosistemas. “Se pretende que el ciudadano pueda acceder más fácilmente a la información ambiental relevante”.

 

Fomentar consumo de productos elaborados con materiales biodegradables

 

También avaló, con 397 votos a favor, el dictamen que adiciona la fracción VI al artículo 27 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, con la intención de fomentar el consumo de productos elaborados con materiales biodegradables, orientando su adecuada segregación.

 

Entre los residuos sólidos urbanos se encuentran los envases, embalajes, empaques y bolsas de plástico, los cuales por su alta utilización son los que más se generan y contaminan. Por ello, el objetivo es prohibir o restituir paulatinamente la utilización de los materiales no biodegradables, dada sus diversas implicaciones que genera en el medio ambiente.

 

Actualmente, en México algunas entidades federativas como Veracruz, San Luis Potosí, Quintana Roo y Ciudad de México, prohíben otorgar bolsas de plástico gratuitas de material no biodegradable. Otros, como Colima, Nuevo León y Baja California están realizando intentos por regular su consumo. Se remitió al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

 

Transporte de materiales y sustancias químicas tóxicas

 

El Pleno aprobó, con 358 votos, el dictamen que reforma los artículos 8, 17 y 50 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, para aplicar principios de responsabilidad social y de seguridad pública en el traslado de materiales y sustancias químicas, tóxicas peligrosas o explosivas y desechos peligrosos.

 

Con el documento, canalizado al Senado de la República, se establece que será necesario el permiso de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para el transporte de esos materiales y sustancias. Además, se revocarán las concesiones y permisos por incumplir con las disposiciones legales sobre el manejo de los mismos.

 

El autotransporte de materiales, residuos, remanentes y desechos peligrosos que circulen en vías generales de comunicación, se sujetará a los principios de responsabilidad social, seguridad pública, reposición equitativa de riesgo y daños sociales, corresponsabilidad, actualización y planeación adecuada.

 

Incorporan marginación y vulnerabilidad como indicadores de atención prioritaria para acceso a vivienda

 

Se aprobaron cambios a diversas disposiciones de la Ley de Vivienda, con el objetivo de incorporar los conceptos de marginación y vulnerabilidad como indicadores de atención prioritaria para el acceso a la vivienda.

 

E incluir la evaluación de los programas, fondos y recursos federales destinados a satisfacer las necesidades de vivienda, para fortalecerlos atendiendo a mejores prácticas nacionales o internacionales. El dictamen, aprobado con 410 votos a favor y una abstención, se envió al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

 

Plantean que Ejecutivo presida, a través del titular de la Sedatu, la Comisión Intersecretarial de Vivienda

 

Otro dictamen avalado con 404 votos, modifica el artículo 33 de la Ley de Vivienda, para establecer que el titular del Ejecutivo Federal presidirá a través del titular de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, la Comisión Intersecretarial de Vivienda.

 

El documento, turnado al Ejecutivo federal para sus efectos constitucionales, refiere que la reforma homologa la presidencia de la Comisión Intersecretarial y se ajusta a tesituras programáticas para facilitar el trabajo y desarrollo pleno de la Comisión Intersecretarial, en favor de una mejor ejecución de programas y fomento a las acciones de vivienda a nivel nacional.

 

Asegurar calidad y sustentabilidad de la vivienda con uso de insumos básicos en su construcción

 

Uno más, reforma el artículo 81 de la Ley de Vivienda, a fin de que asegurar la calidad y sustentabilidad de la vivienda fomentando la utilización de insumos básicos para la construcción de vivienda en los tres órdenes de gobierno.

 

El dictamen, aprobado con 402 votos y remitido al Ejecutivo federal para sus efectos constitucionales, resalta que la intención es evitar que la gente pierda su vida cuando se enfrenten a un fenómeno meteorológico.

 

Avalan que INALI acredite peritos traductores en lenguas indígenas

 

La Cámara de Diputados dio luz verde, con 393 votos, al dictamen que establece que los peritos intérpretes y traductores en lenguas indígenas que soliciten las procuradurías, fiscalías y poderes judiciales de los tres órdenes de gobierno deberán estar acreditados por el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas (INALI).

 

El documento que reforma y adiciona los artículos 10 de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas y 45 del Código Nacional de Procedimientos Penales, precisa que el imputado, la víctima o el ofendido podrán nombrar traductor o intérprete de su confianza, por su cuenta.

 

Relata que el INALI será el encargado de capacitar, acreditar e inscribir en el Padrón Nacional de Intérpretes y Traductores en Lenguas Indígenas a las personas que soliciten los órganos de justicia.

 

El dictamen, enviado al Senado de la República para sus efectos constitucionales, detalla que, en el mes de febrero de 2015, la Comisión para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas informó que en México existían más de ocho mil indígenas recluidos en alguna cárcel del país, el 96 por ciento son hombres y la mayoría se encuentra privada de su libertad por delitos del fuero común.

 

La reforma no exime al Ministerio Público o al órgano jurisdiccional de su obligación de proporcionales a la víctima u ofendido y al imputado un traductor o intérprete en los casos en que alguno de ellos pertenezca a un grupo étnico o pueblo indígena, no conozca o entienda el idioma español.

 

Aprueban que propaganda gubernamental social comunitaria indígena atienda principios de transparencia

 

Aprobó cambios al artículo 89 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, para que la contratación de propaganda gubernamental por concesiones sociales atienda principios de transparencia, control y pertinencia cultural de la publicidad que se difunda en las concesiones de uso social comunitarias e indígenas, con pleno respeto a usos, costumbres y uso de la lengua indígena de que se trate.

 

El dictamen, aprobado con 365 votos a favor, tres en contra y una abstención y enviado al Senado de la República, precisa que el Instituto Federal de Telecomunicaciones, en el Registro Público de Concesiones, tendrá a disposición un rubro que contenga el listado actualizado de concesiones sociales, comunitarias e indígenas existentes.

 

El documento indica que se aseguran las finalidades de los diversos instrumentos internacionales en materia de apoyo a las comunidades indígenas y comunitarias.

 

Menciona que en el Registro Público de Concesiones, se encuentra la información de concesiones en materia de telecomunicaciones y radiodifusión, sean de carácter público, comercial, privado o social. Entre otros datos destacan el nombre del concesionario, fecha de otorgamiento de la concesión, vigencia, cobertura y servicios autorizados, así como el expediente digital que sustentan los datos respectivos.

 

Se aprueba que partidos políticos dispongan de franquicias postales en el desarrollo de sus actividades

 

Emitió 376 votos para aprobar reformas a diversas disposiciones de las leyes generales de Instituciones y Procedimientos Electorales, y de Partidos Políticos, con el objetivo de que los partidos políticos puedan disponer de franquicias postales que les corresponden y sean necesarias para desarrollar sus actividades.

 

Los funcionarios electorales y los representantes de los partidos políticos nacionales debidamente acreditados ante los órganos del Instituto, gozarán de las franquicias postales otorgadas a las dependencias oficiales, según lo acuerde el Secretario Ejecutivo del Instituto. Se remitió al Senado de la República para su trámite correspondiente.

 

Comisión de Administración del Tribunal Electoral determinará inicio de funciones de nuevas Salas Regionales

 

Otro dictamen fue aceptado con 300 votos a favor, uno en contra y 47 abstenciones, para reformar el artículo segundo de las disposiciones transitorias por el que se expide la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, y modifica las leyes General del Sistema de Medios de Impugnación en materia electoral, la Orgánica del Poder Judicial de la Federación y la Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de mayo de 2014.

 

Lo anterior, para establecer que la Comisión de Administración del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, a propuesta de la Sala Superior, determinará, ponderando la viabilidad presupuestal, el inicio de las funciones de las Salas Regionales que se crean con motivo de la reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Los recursos asignados para tal fin, en el ejercicio fiscal 2017, deberán ser reintegrados en su totalidad a la Tesorería de la Federación. Se canalizó al Senado de la República.

 

Avalan reformas para simplificar trámites de ascendientes, mayores de 60 años, de pensionados fallecidos

 

El Pleno cameral avaló, con 356 votos a favor y una abstención, reformas a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, para que los ascendientes, mayores de sesenta años, de pensionados fallecidos puedan atestiguar ante juzgado cívico la dependencia económica, simplificándoles los trámites.

 

El dictamen, remitido al Senado de la República para sus efectos constitucionales, señala que se plantea evitar la complejidad de la transmisión de pensión por fallecimiento, pues actualmente la acreditación de la dependencia económica, que debe ser realizada por los ascendientes, se efectúa mediante informaciones testimoniales.

 

“Si bien no resulta un procedimiento costoso, ya que se puede acceder a la defensa a través de un abogado de oficio, puede implicar un proceso largo y tedioso para las personas adultas mayores”.

 

La iniciativa señala que el requerimiento de acreditar la dependencia económica resulta discriminatorio, debido a que tratándose de menores y cónyuges no se solicita tal requisito, más que tener una edad establecida para ser beneficiarios.

 

Sancionar con cárcel a quien abandone a un adulto mayor pese a obligación de cuidarlo

 

Reformó los artículos 335, 336 y 337 del Código Penal Federal, con el objetivo de aplicar de un mes a cuatro años de prisión a quien abandone a un adulto mayor, teniendo la obligación de cuidarlo.

 

Asimismo, al que sin motivo justificado deje a un adulto mayor sin recursos para atender sus necesidades de subsistencia, se le aplicarán de un mes a cinco años de prisión, o de 180 a 360 días multa.

 

Las modificaciones, aprobadas con 396 votos y remitidas al Senado de la República para sus efectos constitucionales, establecen que el delito de abandono de adulto mayor se perseguirá a petición de la parte agraviada.

 

Descuentos para atención hospitalaria del adulto mayor

 

Asimismo, diputados modificaron la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, para que sea atribución del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores celebrar convenios con el Sistema Nacional de Salud, a fin de promover descuentos en bienes y servicios que presta la iniciativa privada en materia de salud, especialmente en materia de atención hospitalaria.

 

El dictamen, avalado por 387 votos y enviado al Senado de la República para sus efectos constitucionales, indica que se busca promover, prevenir y atender debidamente la salud de las personas mayores, apoyándolos con descuentos.

 

Menciona que, muchas veces, el acceso a los bienes y servicios de salud privados redunda en mejores recursos humanos y tecnológicos, para atender de mejor manera a las personas mayores que, en la mayoría de los casos, sufren de enfermedades crónicas que los incapacitan lentamente.

 

El dictamen, que adiciona las fracciones XXXI y XXXII al artículo 28 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, plantea ofrecer servicios médicos especializados, venta de medicamentos y servicios ópticos, de ortopedia, laboratorios, hospitales, aparatos médicos, farmacias y funerarias.

 

Armonizar ley con término “Ciudad de México”

 

Avaló un dictamen que reforma diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, para armonizar la norma con el régimen y situación jurídica de la ahora Ciudad de México.

 

El documento, aprobado con 391 votos y enviado al Senado de la República para sus efectos constitucionales, estima necesario suprimir el término de Distrito Federal e incluir “Ciudad de México”, a fin de ajustar los artículos 3, 26 y 28 de la ley y conformarla jurídicamente.

 

Atención psicológica gratuita a adultos mayores víctimas de delito

 

El Pleno con 355 votos a favor, aprobó el dictamen que prevé coordinar el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia con la Procuraduría General de la República, para garantizar a las personas adultas mayores víctimas de cualquier delito, atención psicológica gratuita.

 

Con la reforma a la fracción III del artículo 22 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, remitida al Senado de la República se busca que las víctimas sean tratadas con humanidad y respeto de su dignidad y sus derechos humanos, así como adoptar las medidas apropiadas para garantizar su seguridad, bienestar físico y psicológico e intimidad, así como los de sus familias.

 

El Estado debe velar porque, en la medida de lo posible, su derecho interno disponga que las víctimas de violencia o traumas gocen de una consideración y atención especiales para que los procedimientos jurídicos y administrativos destinados a hacer justicia y conceder una reparación, no den lugar a un nuevo trauma.

 

Diputados reforman Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores para garantizar protección a la salud

 

Por unanimidad, con 378 votos, se aprobó el dictamen por el que se reforma la fracción III y se adiciona el inciso d) al artículo 5 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.

 

Esta enmienda consiste en reconocer en la referida ley, el derecho a la protección de la salud, consagrado en el cuarto párrafo del artículo 4 constitucional.

 

Establece que es deber del Estado garantizar la capacidad funcional de las personas adultas mayores, con la finalidad de que cuenten con un nivel elevado y calidad de vida adecuado para el desarrollo de sus actividades. Se turnó al Senado de la República.

 

Deber de familiares garantizar adecuado desarrollo de persona adulta

 

También por unanimidad, con 372 votos, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen que reforma la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores en sus los artículos 6, 9 y 10, para constituir como un deber de los familiares, garantizar los satisfactores indispensables para el adecuado desarrollo de la persona adulta mayor que le permitan llevar una vida plena.

 

Asimismo, atender sus necesidades psicoemocionales cuando se encuentren en alguna institución pública o privada, casa hogar, albergue, residencia de día o cualquier otro centro de atención para mantener los lazos familiares.

 

También, para que el Estado y su política nacional sobre personas adultas mayores logren y mantengan altos niveles de calidad de vida de este sector de la población. Se turnó al Senado de la República.

 

 

Aprueban que personas con discapacidad puedan acceder a Internet y banda ancha

 

Aprobó con 365 votos a favor y tres abstenciones, reformas y adiciones a los artículos 16 y 19 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad.

 

La enmienda establece que las personas con discapacidad tienen derecho a la accesibilidad universal y a la vivienda, por lo que se deberán emitir normas o reglamentos en instalaciones públicas o privadas que les permita el libre desplazamiento, sin restricciones por el uso de ayudas técnicas o animales de servicio.

 

Plantea también que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes promoverá el derecho de las personas con discapacidad, sin discriminación de ningún tipo, al acceso al transporte, los sistemas y las tecnologías de la información y las comunicaciones, incluido el internet y la banda ancha, particularmente aquellas que contribuyan a su independencia y desarrollo integral. Se envió al Senado de la República.

 

Aprueban que educación para personas con discapacidad sea en planteles de educación básica regular y media superior

 

Diputados aprueban con 402 votos a favor, reformas al artículo 2 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, para establecer que la Educación Inclusiva propicia la integración de personas con discapacidad a los planteles de educación básica regular y media superior mediante la aplicación de métodos, técnicas y materiales específicos.

 

Se señala la necesidad de diseñar e implementar un Plan Nacional de Accesibilidad aplicable al entorno físico, transporte, información y a las comunicaciones, incluidos sistemas y tecnologías de la información y las comunicaciones, y otros servicios e instalaciones abiertos al público.

 

Asimismo, establecer un mecanismo independiente de seguimiento que registre, controle y supervise las condiciones en que operan albergues, refugios o cualquier centro de estancia para niñas y niños con discapacidad.

 

El documento subraya que se debe reconocer un sistema de educación inclusiva en todos los niveles de educación; primaria, secundaria, y superior, y el desarrollo de ajustes razonables en recursos presupuestarios suficientes y formación adecuada de docentes regulares. Se turnó al Senado de la República para su trámite constitucional.

 

Avalan que personas con discapacidad puedan ejercer plena y efectivamente sus derechos políticos sin discriminación

 

Con 401 votos a favor aprobaron reformas a los artículos 32 bis y 33 ter de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, para que puedan ejercer plena y efectivamente, sus derechos políticos sin discriminación, garantizando su accesibilidad y ayuda técnica.

 

Los partidos políticos deben impulsar la participación política de este sector promoviendo su afiliación a sus institutos e intervención en cargos de elección popular.

 

Dentro de sus plataformas electorales y programas de gobierno, los partidos incluirán compromisos de carácter legislativo y gubernamental sobre los derechos de las personas con discapacidad, y de manera conjunta con el Instituto Federal Electoral, se comprometen a difundir mensajes oficiales y propaganda accesibles para este grupo de personas. Se envió al Senado de la República para el trámite correspondiente.

 

Reformas en materia de personas con espectro autista

 

La Cámara de Diputados aprobó modificaciones a los artículos 3 y 16 de la Ley General para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista, a fin de que la Secretaría de Salud expida directamente, o a través de las instituciones que integran el Sistema Nacional de Salud, los diagnósticos a las personas con esa condición que lo soliciten.

 

Se establece también que es un derecho fundamental de esos pacientes o de sus familias disponer de su ficha personal en lo que concierne al área médica, psicológica, psiquiátrica y educativa, cuando les sean requeridos por autoridad competente.

 

El dictamen, avalado por 381 votos y enviado al Senado de la República para sus efectos constitucionales, también deroga los artículos 3 y 17 de la Ley.

 

Asegurar inserción de personas con discapacidad en instituciones educativas

 

Reformó la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, a fin de que la Secretaría de Educación Pública promueva la igualdad sustantiva, prohíba la segregación y asegure la inserción en las instituciones educativas, a personas con discapacidad.

 

El dictamen, avalado por 399 votos y enviado al Senado de la República para sus efectos constitucionales, también instituye que la Secretaría de Cultura establezca acciones para combatir cualquier tipo de discriminación para esa población.

 

El documento precisa que el objetivo es atender las necesidades especiales de esas personas, “una minoría que se encuentra en rezago educativo por la carencia de accesibilidad”.

 

Además, las modificaciones a los artículos 12 y 26 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad fijan la obligatoriedad de las instituciones encargadas de la enseñanza a proveer la infraestructura necesaria para la inclusión.

 

Día Nacional para la Inclusión de las Personas con Discapacidad

 

Con 354 votos a favor y 8 en contra, la Cámara de Diputados aprobó declarar el 3 de diciembre de cada año como el “Día Nacional para la Inclusión de las Personas con Discapacidad", y así crear mecanismos que les permitan ser incluidos de manera igualitaria y digna en la sociedad.

 

Las personas con discapacidad se enfrentan diariamente a graves dificultades como la integración a la vida laboral o acceso a servicios de salud especializados; además hay factores que los sitúan en una condición de vulnerabilidad, tales como mala remuneración o limitado campo de trabajo.

 

El documento canalizado al Senado de la República, refiere que el 14 de octubre de 1992, la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas proclamó el 3 de diciembre como Día Internacional de los Impedidos, y este dictamen busca resignificar dicha celebración y dotarlo de una nueva concepción en donde la inclusión y el respeto a la dignidad humana deben ser pilares de la sociedad.

 

Promover práctica deportiva de personas con discapacidad

 

El Pleno dio paso, con 391 votos, al dictamen que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Cultura Física y Deporte, a fin de fomentar oportunidades para la práctica deportiva de personas con discapacidades tanto de alto rendimiento, como social.

 

Se deberán impulsar competiciones deportivas, como medio para el desarrollo integral de los atletas, estableciendo un calendario anual, ubicado en el Diario Oficial de la Federación.

 

Para ello, se propone que la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte (Conade) establezca los mecanismos, disciplinas, categorías, tiempos, formatos y procedimientos para celebrar competencias deportivas y respetando principios de equidad y certeza en la contienda.

 

Ampliar el escalafón del Cuerpo Especial de Policía Militar y de Soldado a General de Brigada

 

Otro dictamen avalado reforma los artículos 110, 112 y 191 de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, con el objetivo de ampliar el escalafón del Cuerpo Especial de Policía Militar y de Soldado a General de Brigada, permitiendo la especialización y ascenso profesional de sus integrantes.

 

La reforma, aprobada con 330 votos a favor, cinco en contra y 11 abstenciones y remitido al Senado de la República, también establece que el Comandante de Policía Militar sea un General de Policía Militar.

 

Fe de Erratas al dictamen de la Ley de Aviación Civil

 

La Cámara de Diputados aprobó, con 348 votos, una Fe de Erratas, remitida por la Comisión de Transportes, al proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Aviación Civil, en materia de derechos de los pasajeros de aerolíneas.

 

El documento, enviado al Senado de la República para sus efectos constitucionales, señala que el dictamen, avalado el pasado 18 de abril, tiene un error, ya que en el tercer párrafo del artículo 47 Bis 2 dice Secretaría y debe decir: Procuraduría.

 

Armonizar ley y sustituir extinta Secretaría de Reforma Agraria por Sedatu

 

Del mismo modo, se avalaron reformas a los artículos 21 y 48 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, a fin de armonizar la norma y sustituir a la extinta Secretaría de la Reforma Agraria por la actual Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.

 

El dictamen, aprobado con 399 votos y canalizado al Senado de la República, destaca la importancia de igualar las disposiciones de la Ley, además de enfatizar las atribuciones cedidas de la anterior Secretaría de la Reforma Agraria a la nueva dependencia, en la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, ya que aún se cita en los artículos 21 y 48.

 

Incluir a titular de la Secretaría de Cultura en la Junta de Gobierno de la CDI

 

Otro dictamen aprobado adiciona un inciso n) a la fracción II del artículo 6 de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, a fin de incluir en la Junta de Gobierno de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI) al titular de la Secretaría de Cultura.

 

El dictamen, avalado con 399 votos y turnado al Senado de la República para sus efectos constitucionales, aclara que incluir al titular de la Secretaría de Cultura como integrante de la Junta de Gobierno de la CDI, no implica la atribución de nuevas funciones, ni cambios en la estructura orgánico-administrativa o en la normatividad y el control presupuestario.

 

Modificaciones al Reglamento de la Cámara de Diputados

 

Igualmente, se avalaron cambios a los artículos 2, 150, 180 y 242 del Reglamento de la Cámara de Diputados, con el objetivo de que el presidente de la Junta Directiva de una comisión o comité, ordene el envío de los dictámenes aprobados a la Secretaría de Servicios Parlamentarios para su publicación en el sitio electrónico de la Cámara. Asimismo, para que exhorte a los diputados que no asistan a las reuniones de esta instancia que participen en las subsecuentes.

 

Las modificaciones, avaladas con 336 votos a favor y cinco abstenciones, también establecen que, en todos los casos, los dictámenes aprobados en las comisiones serán enviados a la Secretaría de Servicios Parlamentarios para efectos de su publicación en la Gaceta y en el sitio electrónico de la Cámara.

 

Día Nacional de Combate al Contrabando y Delitos en materia de Derechos de Autor

 

Aprobó declarar el 11 de octubre como Día Nacional de Combate al Contrabando y Delitos en materia de Derechos de Autor. El dictamen se ratificó con 345 votos a favor, 12 en contra y 20 abstenciones, y se envió al Senado para sus efectos constitucionales.

 

El documento expresa que es acertado que el Poder Legislativo envíe un mensaje a la sociedad para hacer conciencia del gran daño que representa ese fenómeno y su impacto negativo a largo plazo y manifestar la necesidad de fomentar una cultura de legalidad en el país.

 

Consejo General de Investigación Científica deberá transmitir sus sesiones en el portal de CONACYT

 

Por otra parte, el Pleno aprobó, con 331 votos a favor, 13 abstenciones y 2 en contra, dictamen que reforma y adiciona los artículos 5 y 7 de la Ley de Ciencia y Tecnología, con el propósito de que el Consejo General de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación sesione cuatrimestralmente durante el año en forma ordinaria dichas reuniones deberán ser públicas, a través del portal de internet del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT).

 

El documento, enviado al Senado de la República para sus efectos constitucionales, también establece que los miembros del Consejo General de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación podrán ser suplidos por el servidor público que al efecto designe con nivel mínimo de subsecretario u homólogo.

 

 

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