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Boletín N°. 4667 Diputados avalan dictamen que reforma la Ley Federal del Procedimiento Contencioso Administrativo

14-12-2017.- La Cámara de Diputados avaló por 394 votos un dictamen que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal del Procedimiento Contencioso Administrativo, para que esta norma sustituya el nombre de Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal Administrativa por el de Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, así como del Tribunal que regula.

 

El documento que se envió al Senado de la República para sus efectos constitucionales, precisa que la Ley de Procedimiento Contencioso Administrativo continúa haciendo referencia a la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal Administrativa, y al tribunal que regula, situación que resulta imprecisa.

 

Lo anterior, debido a que a través del Decreto de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa se establece que se deroga la ya mencionada Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal Administrativa y se expide la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

 

Destaca que uno de los cambios trascendentales que trajo aparejado la implementación del Sistema Nacional Anticorrupción (SNA) en México, fue la trasformación del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa (TFJFA) a Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA).

 

Esto, en relación a la norma que lo regula que también cambió su denominación a Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, que entró en vigor el 18 de julio de 2016.

 

 

Por lo anterior, es necesario reformar la Ley Federal del Procedimiento Contencioso Administrativo para su correcta interpretación jurídica, ya que para armonizar el sistema jurídico con las reformas antes descritas se debe sustituir el nombre de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal Administrativa por el de Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

 

Los artículos modificados son: 1, 1-A, 2, 12, 35, 50-A, 56 y 57 de la Ley Federal del Procedimiento Contenciosos Administrativo.

 

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