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Bolet铆n N°. 4731 Delito de extorsi贸n debe sancionarse hasta con ocho a帽os de prisi贸n y 300 a 500 d铆as de multa
  • En el 2016, hubo 31.1 millones de casos de este il铆cito; generaron p茅rdidas por mil 104 mdp

 

  • Por v铆a telef贸nica, el 95.6 por ciento de las coacciones; en muchos casos, son provenientes de centros penitenciarios

 

21-12-2017.- La Comisi贸n de Justicia analiza iniciativa que reforma los art铆culos 2 y 3 de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada y el 390 del C贸digo Penal Federal, con el prop贸sito de imponer una pena inconmutable de cinco a ocho a帽os de prisi贸n, as铆 como de 300 a 500 d铆as de multa a quienes cometan el delito de extorsi贸n.

La modificaci贸n normativa establece que comete este abuso el que, mediante amenazas de causar un da帽o f铆sico, usando armas o instrumentos peligrosos o equipos de comunicaci贸n m贸vil, o cualquier otra forma de extorsi贸n, obligue a otro a dar alguna cantidad de dinero para evitar un perjuicio, con que se coacciona un provecho indebido para s铆 o para otra persona.

El diputado Ricardo Taja Ram铆rez (PRI) sostuvo que este delito ocupa el segundo lugar entre los primeros 10 con mayor incidencia, pues tan s贸lo en el 2016 se cometieron 31.1 millones de estas acciones, que generaron una p茅rdida econ贸mica estimada en mil 104 millones de pesos.

Indic贸 que, de acuerdo con la Encuesta Nacional de Victimizaci贸n y Percepci贸n de Seguridad P煤blica (ENVIPE), que anualmente realiza el Instituto Nacional de Estad铆stica y Geograf铆a (Inegi), el il铆cito tiene una ocurrencia de 8 mil 945 casos por cada 100 mil habitantes.

La ENVIPE tambi茅n refiere que el 95.6 por ciento de las extorsiones se realiz贸 por v铆a telef贸nica, lo que vincula a la delincuencia organizada en muchos de los casos a los centros penitenciarios.

Los datos consignados por el propio Inegi se帽alan que el 4.4 por ciento de estas extorsiones fueron pagadas; por ello, apunt贸 el legislador, no deja de ser una forma bastante redituable de obtener recursos econ贸micos de manera ilegal para quien se encuentra privado de su libertad.

Ante el incremento en dicha conducta delictiva, Taja Ram铆rez, consider贸 necesario reformar los ordenamientos que se encargan de tipificar el il铆cito, adecu谩ndolo a las actuales circunstancias.

Expuso que, de ser aprobada su propuesta, se lograr谩 inhibir la extorsi贸n en cualquiera de sus modalidades, pues se impulsa que la autoridad judicial cuente con mayores elementos de juicio al momento de establecer la sanci贸n.

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