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Boletín N°. 3881 Impulsan reforma para prohibir uso de fotografía en solicitudes de empleo
  • Es una práctica patronal que refleja racismo y violación a los derechos humanos: Rodríguez Dávila
  • Por ese motivo, mujeres con rasgos indígenas son menos aceptadas que las de piel blanca: CIDE
  • Inglaterra, Alemania y Chile prohibieron incluir retratos en curriculum vitae por ser discriminatorio

 

28-07-2017.- El diputado Alfredo Rodríguez Dávila (PAN) impulsa una iniciativa que reforma la Ley Federal del Trabajo para que los patrones o sus representantes tengan prohibido exigir la presentación de una fotografía o cualquier otro requisito relacionado con la apariencia física, para evaluar el ingreso a un empleo.

 

Destacó que el “uso de la fotografía en el currículum vitae es un criterio racial y una práctica que demuestra distinción, por lo que permitir que este tipo de prácticas continúe representa una clara violación a los derechos humanos y al desarrollo de la persona, sobre todo cuando la Constitución Política prohíbe toda clase de discriminación”.

 

Por ello, planteó, “es necesario adoptar medidas que permitan mitigar y erradicar este tipo de prácticas tendentes a excluir, menoscabar o restringir a una persona por motivo de apariencia, origen étnico o por su color de piel”.

 

De acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), en su estudio “Primer Módulo de Movilidad Social Intergeneracional”, demostró que el tono de piel de las personas es considerado un factor importante para el ingreso y promoción a un trabajo.

 

Incluso, detalla que los cargos directivos y los mejor remunerados son ocupados por personas con tonos de piel más claros, en tanto quienes la tienen más oscura se encuentran relegados de este tipo de obligaciones.

 

El diputado federal por Nuevo León argumentó que una mujer con rasgos indígenas tendría que enviar 28.4 por ciento más solicitudes de empleo que una mujer con tono de piel blanca, según estudios realizados por El Colegio de México (Colmex) y el Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE).

 

Explicó que la forma en la que se llegó a estos resultados fue a partir de enviar, de manera electrónica, solicitudes con las mismas características en las que lo único que variaba era la fotografía, concluyendo que las mujeres con piel blanca recibían un mayor número de respuestas positivas, lo que permitió evidenciar que el uso del retrato en el currículum vitae es un criterio racial.

 

Rodríguez Dávila declaró que, a pesar de que en nuestro país el uso de la fotografía en el currículum vitae es una práctica común para ingresar a un empleo o participar en alguna convocatoria de contratación, ya ha sido prohibida en Inglaterra, Alemania y Chile, debido a que consideraron que es discriminatorio descartar a un postulante por su apariencia física.

 

Expuso que la exigencia de una fotografía no tiene ninguna razón justa y, en la práctica, su uso tiene tintes racistas. “El prohibir su presentación permitirá que los aspirantes sean evaluados de manera objetiva, teniendo en cuenta estrictamente su historial académico y laboral, sus habilidades y experiencia y no criterios superficiales y reprobables como el color de su piel”, acotó.

 

Sustentó que la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación obliga a los poderes públicos federales a realizar acciones para garantizar la igualdad real de oportunidades y eliminar disposiciones que impongan requisitos discriminatorios para el ingreso a un empleo, por lo que solicitar una fotografía es considerado un acto que restringe el acceso de una persona a una plaza laboral.

 

La iniciativa, continuó, abonaría a lo que ya señala la Ley Federal del Trabajo, respecto a prohibir a los patrones a que se nieguen contratar a alguien por criterios raciales. Asimismo, coadyuvaría al cumplimiento de diversas normas y programas internacionales como la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial.

 

La reforma, que se turnó a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, precisa en uno de sus transitorios que el Ejecutivo federal y la Secretaría del ramo contarán con un plazo de 30 días hábiles, contados a partir de la entrada en vigor de la reforma, para realizar las adecuaciones y modificaciones a los reglamentos, a fin de materializarla.

 

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