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Boletín N°. 3703 Piden endurecer castigo a abusadores sexuales de menores

04-06-2017 Con el objetivo de erradicar la violencia sexual contra menores y evitar que los pederastas salgan en libertad tras el pago de una suma de dinero, la diputada Mirza Flores Gómez (MC), propuso reformar los códigos Penal Federal y Nacional de Procedimientos Penales, para fortalecer el marco regulatorio y no dejar impunes estos delitos.

Mediante una iniciativa, plantea eliminar la liberación preparatoria de los delincuentes, establecer prisión preventiva oficiosa a los inculpados e incrementar las sanciones para delitos de estupro y abuso sexual.

Actualmente estos delitos no ameritan prisión preventiva y, a diferencia de otros del tipo sexual contra menores, sí dan derecho a la libertad preparatoria. Ante ello, pide eliminar ambos privilegios, pues “es inadmisible que una violación a menores sea más o menos grave en función de la edad de la víctima y, por lo tanto, se otorguen más o menos derechos al agresorâ€.

Flores Gómez propone castigar con cárcel de siete a 12 años, y multa de 800 a dos mil días, a quien reproduzca, almacene, distribuya, venda, compre, arriende, exponga, publicite, transmita, importe o exporte material de pornografía infantil. “No debe darse trato diferenciado entre productores y consumidores, pues ambos son parte de la red delictiva que atenta contra la integridad de nuestros menoresâ€.

En el artículo 85 del Código Penal Federal, plantea que no se conceda libertad preparatoria a sentenciados por estupro y por abuso sexual contra personas menores de 15 años, o quien no tenga capacidad de comprender el significado del hecho, no pueda resistirlo o se le obligue a ejecutarlo en sí o en otra persona. En el artículo 262, sugiere prisión de dos a cuatro años a quien cometa estupro.

Por lo que hace al Código Nacional de Procedimientos Penales, pide estipular en el artículo 167 que el abuso sexual contra menores y el estupro son delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa.

Refirió que en el interés superior del menor, es fundamental e inadmisible que “criminales con gran poder adquisitivo, consuman y propicien la producción de pornografía infantil y lleven el proceso judicial desde la comodidad de su casaâ€.

El Estado debe actuar cuando un menor está siendo violentado en sus derechos humanos, activar el aparato institucional para frenar abusos sexuales y actuar para revertir en lo posible el daño “y esto incluye que no quede impuneâ€.

Para erradicar la violencia sexual contra niñas, niños y adolescentes, es necesaria la articulación y suma de esfuerzos de los tres niveles de gobierno, visibilizar la problemática, nombrarla y decirles a las y los menores que son los únicos dueños de su cuerpo y que hay una diferencia entre el contacto afectuoso y el tacto lascivo.

El 80 por ciento de casos de abuso infantil deja secuelas para toda la vida, por lo que se debe “proteger a nuestros niños y niñas procurando su desarrollo psicosocial y sexual de forma integralâ€.

De igual modo, asegurar suficiencia presupuestaria para combatir esos ilícitos, y que los ejecutores de políticas públicas rindan información veraz y oportuna respecto de acciones tomadas para enfrentar a esos criminales.

La iniciativa, que propone reformar los artículos 85, 202, 262 y derogar el artículo 263 del Código Penal Federal, y el artículo 167 fracción IX del Código Nacional de Procedimientos Penales, fue remitida a la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados.

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