12-10-2017.- El Pleno de la Cámara de Diputados conoció para trámite de publicidad once dictámenes que serán discutidos y votados en las próximas sesiones, en temas de educación, deporte, trasporte, medio ambiente, desarrollo social, sanidad animal, salud y migración. Uno de ellos, reforma la fracción III del artÃculo 12 de la Ley General de Educación, a fin de establecer que al inicio de cada ciclo lectivo, la SecretarÃa de Educación Púbica deberá poner a disposición de la comunidad educativa y de la sociedad en general, los libros de texto gratuitos y demás materiales educativos a través de plataformas digitales de libre acceso. Otro, reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Cultura FÃsica y Deporte, para adicionar el principio de transparencia para el ejercicio y desarrollo del derecho a ambas actividades, e incluir en el Programa Nacional en la materia mecanismos de rendición de cuentas y de transparencia en el uso de los recursos. El tercer dictamen, reforma diversas disposiciones de las leyes de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, del Registro Público Vehicular y de la Reglamentaria del Servicio Ferroviario, con el propósito de armonizar el texto de estos ordenamientos con el cambio de denominación de “Distrito Federal†por “Ciudad de Méxicoâ€, asà como sustituir “gobiernos de los estados y de la Ciudad de México†por “entidades federativasâ€. Se conoció el dictamen que modifica los artÃculos 12, 22 y 120 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, con la intención de atender las acciones de saneamiento forestal, control de plagas y enfermedades forestales de manera oportuna, asà como precisar un plazo no mayor de 45 dÃas hábiles siguientes a la fecha del aviso o alerta para la expedición de certificados y autorizaciones relacionadas con la aplicación de medidas fitosanitarias. Otro documento, reforma el artÃculo 51 de la Ley General de Desarrollo Social, para sustituir la denominación de “SecretarÃa de la Reforma Agraria†por “SecretarÃa de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbanoâ€. Los diputados también se enteraron del dictamen que adiciona la fracción XI al artÃculo 3 de la Ley General de Desarrollo Social, con la intención de incluir como principio de la polÃtica de desarrollo social al Interés Superior de la Niñez, en los términos establecidos por la Constitución y la ley en la materia. De igual modo, se conoció el dictamen que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Sanidad Animal, para sancionar con seis meses a dos años de prisión y multa de hasta tres mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), a quienes ordenen o realicen el sacrificio de animales destinados para abasto, sin efectuar el adecuado procedimiento de insensibilización o aturdimiento; establecer los conceptos de “Animales destinados para abastoâ€, “Insensibilización o Aturdimiento†y “Sacrificio Humanitarioâ€, asà como modificar la referencia a dÃas de salario mÃnimo por el de UMA. El octavo dictamen adiciona un artÃculo 322 Bis y un segundo párrafo al artÃculo 328 de la Ley General de Salud, con la intención de establecer que el Ministerio Público deberá atender de forma expedita las solicitudes del Coordinador Hospitalario para la donación a efecto de que el procedimiento de procuración se lleve a cabo sin dilación, asistiendo en todo momento al disponente secundario. Permitir el traslado del donante a un establecimiento con licencia, a fin de que se pueda concretar la donación y se respete la voluntad del donador o del disponente secundario; para tal efecto, el establecimiento deberá contactarse con el Centro Nacional de Trasplantes, que coadyuvará con los Centros Estatales y Coordinaciones Institucionales según sea el caso. Otro dictamen, declara el tercer domingo de marzo de cada año, como el “DÃa Nacional del Tequilaâ€, pues esta industria no solo representa una fuente de empleos sino un orgullo nacional, que merece el reconocimiento a nivel mundial. De igual forma, se conoció el documento que reforma los artÃculos 6, 19 y 36 de la Ley General de Desarrollo Social, a efecto de precisar como derecho para el desarrollo social, la vivienda digna y decorosa, asà como considerar prioritarios y de interés público, los instrumentos y apoyos para que toda familia pueda disfrutar de una vivienda digna y decorosa. El último dictamen, reforma diversas disposiciones de la Ley General de Migración, para establecer que con independencia de la situación migratoria de las personas, éstas gozarán de los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los Tratados Internacionales de los que sea parte el Estado mexicano. -- ooOoo -- |