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Bolet铆n N°. 5367 Facultan al Congreso a expedir ley para sancionar operaciones con recursos de procedencia il铆cita y extinci贸n de dominio

26-04-2018.- El pleno de la C谩mara de Diputados aprob贸, con 328 votos, reformar el art铆culo 73 de la Constituci贸n Pol铆tica, para facultar al Congreso de la Uni贸n a expedir una ley general que establezca, como m铆nimo los tipos penales y sus sanciones en materia de operaciones con recursos de procedencia il铆cita.

 

El dictamen enviado al Senado de la Rep煤blica para sus efectos Constitucionales, tambi茅n plantea una legislaci贸n 煤nica en materia de extinci贸n de dominio, que regir谩虂 en la Rep煤blica en el orden federal y en el fuero com煤n.

 

Al hacer la fundamentaci贸n, el presidente de la Comisi贸n de Puntos Constitucionales, Daniel Ordo帽ez Hern谩ndez (PRD), manifest贸 que al facultar al Congreso para elaborar una Ley General de Extinci贸n de Dominio bajar铆a as铆 a las entidades federativas y ser铆a de mucha utilidad, porque es un arma muy poderosa para combatir a la delincuencia.

 

Se busca fortalecer el combate inteligente contra el crimen organizado y los delitos de corrupci贸n, como base estrat茅gica para lograr la seguridad p煤blica y procuraci贸n de justicia eficientes en nuestro pa铆s.

 

El texto se帽ala que el crimen organizado y la corrupci贸n convergen en la generaci贸n de estructuras financieras y econ贸micas il铆citas; por ello, cualquier estrategia para prevenir y combatir ambos fen贸menos debe incluir una pol铆tica p煤blica s贸lida, integral y eficaz en materia de prevenci贸n y lucha contra el lavado de dinero y de recuperaci贸n de activos.

 

La extinci贸n de dominio es la figura m谩s eficaz para la recuperaci贸n de activos, ya que no requiere de los est谩ndares probatorios de la figura del decomiso penal tradicional. Si bien es una figura que requiere del desahogo de un proceso jurisdiccional, su tramitaci贸n y sus est谩ndares, son muy distintos por su naturaleza real y no personal, como lo es la acci贸n penal.

 

El documento menciona que una pol铆tica exitosa de recuperaci贸n de activos y de extinci贸n de dominio generar谩 numerosos beneficios. Env铆a el mensaje de que 鈥渆l crimen no es una opci贸n para nadie鈥, se reducir谩n los niveles de impunidad y se obtendr谩n recursos para apoyar a instituciones de salud y seguridad, y apoyar谩 de manera eficaz a v铆ctimas del delito.

 

Se tiene la oportunidad de construir un marco jur铆dico general para la figura de Extinci贸n de Dominio, similar al existente en materia de secuestro, otorgando a las entidades federativas un esquema institucional 鈥 legal, para combatir los recursos de procedencia ili虂cita, independientemente del monto que impliquen, a trave虂s de un mecanismo homologado a nivel nacional y que tenga un e虂nfasis en la prevencio虂n, la deteccio虂n e intercambio de informacio虂n, asi虂 como los mecanismos de persecucio虂n y de imputacio虂n por parte de los fiscales locales y federales que permitan aumentar, de manera significativa, los procesos penales correspondientes.

 

 

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