24 de noviembre 2024
entrevistas
Ciudad de México, a 1 de septiembre de 2021.
Ciudad de México, a 31 de agosto de 2021.
Ciudad de México, a 31 de agosto de 2021.

Monitoreo Radio TV Noviembre 2024
Lun Mar Mie Jue Vie Sab Dom
  1 2 3
4 5 6 7 8 9 10
11 12 13 14 15 16 17
18 19 20 21 22 23 24
25 26 27 28 29 30 

Estadísticas
Visitante No:
Contador


 
comunicaciónsocial
Boletín N°. 4836 Proponen obligar a imputados a mostrar identificación oficial para acreditarse de manera fehaciente

• Suelen proporcionar datos falsos para no generar antecedentes penales o evitar su localización: Ibarra Hinojosa

20-01-2018 El presidente de la Comisión de Justicia, diputado Álvaro Ibarra Hinojosa (PRI), planteó reformar el Código Nacional de Procedimientos Penales, con el propósito de que previo a cualquier audiencia, el imputado tenga la obligación de suministrar los datos que permitan su identificación personal y, en su caso, mostrar un documento oficial que la acredite fehacientemente.

​El objetivo es salvaguardar la seguridad pública e inhibir otras conductas delictivas como robo de identidad y falsificación de documentos, ya que a fin de mantenerse en anonimato se allegan documentos apócrifos para sustentar su dicho ante la autoridad administrativa.

​La iniciativa, remitida a la Comisión de Justicia, precisa que la identificación de personas dentro del proceso penal no se establece como una obligación; únicamente el artículo 309 del Código Nacional de Procedimientos Penales plantea que los detenidos no pueden negarse a proporcionar su identidad completa.

​Recalca que por no existir obligatoriedad para la autoridad de solicitar identificación, se ha generado que los imputados proporcionen datos falsos, ostentándose como un tercero,con el fin de no generar antecedentes penales o, en su caso, evitar la localización de los mismos para que no sean usados durante el proceso.

​El legislador consideró pertinente reformar el artículo 54 de dicho código para que al rendir su declaración, el inculpado proporcione datos verídicos, pues de lo contrario, y tomando como base el principio In dubio pro reo, el juez, en caso de no existir duda y no tener claridad de la personalidad verídica, podría dejarlo en libertad.

​Recalcó que establecer la obligación del imputado de mostrar una identificación oficial para que el órgano jurisdiccional pueda conocerla de manera fehaciente, permitirá inhibir otras conductas delictivas como el robo de identidad, ya que anualmente se reciben más de 50 mil reclamaciones por hechos relacionados a la suplantación.

-- ooOoo --

 
Histórico hasta 2013
 
años:
| 2022 | 2021 | 2020 | 2019 | 2018 | 2017 | 2016 | 2015 | 2014 |
 
meses del 2022:
| Julio | Junio | Mayo | Abril | Marzo | Febrero | Enero |
 
Histórico hasta 2013
 
-->
difusión
comunicación