27-01-2018 El diputado Victoriano Wences Real (PRD) propuso adicionar el Código Penal Federal con la finalidad de establecer que el abuso sexual de menores de 15 años o personas que no tengan capacidad de comprender el significado del hecho, se persiga de oficio y no mediante denuncia y querella, como se hace actualmente. El documento, turnado a la Comisión de Justicia, destaca que las niñas y niños tienen derecho a una vida libre de toda forma de violencia y a la protección de su integridad personal. Es tarea de los gobiernos crear leyes que garanticen sus derechos y vigilen su cumplimiento, asà como de todos los actores sociales cuidar que asà sea. Se indica que entre el 65 y 85 por ciento de los agresores sexuales de menores son familiares o allegados a la vÃctima; entre 15 y 35 por ciento son desconocidos. Refiere que en la mayorÃa de los casos en que menores de muy corta edad, son sometidos a tocamientos, exhibicionismo, estimulación sexual inadecuada y penetración genital, “el responsable es quien tiene la obligación de protegerlos; esto es, que pertenecen a su cÃrculo social o familiarâ€. “Es un hecho aberrante que deja secuelas psicológicas en quien sufre este acto; por ello, establecer que el delito se persiga de oficio, se justifica en razón a la gravedad del hechoâ€, que agravia a la sociedad, y últimamente de manera más recurrente, es derivado de la comisión de otros ilÃcitos como la trata de personas y el secuestro. Wences Real precisa en el documento que “los niños de cualquier edad, raza, origen étnico y posición económica, son vulnerables a la violación y al abuso sexual, en todos los tipos de vecindarios y comunidadesâ€. “El Estado debe proteger los derechos de las vÃctimas en el delito de abuso sexual de personas menores de edad, quienes deben ser libres de toda forma de violencia y tener resguardada su integridad personal, a fin de lograr las mejores condiciones de bienestar y el libre desarrollo de su personalidadâ€. El texto vigente establece que a quien cometa este delito se le impondrá una pena de seis a 13 años de prisión y hasta 500 dÃas multa y si se hiciera uso de violencia, la pena se aumentará en una mitad más en su mÃnimo y máximo. Se busca estipular explÃcitamente que el delito se persiga de oficio y que el Ministerio Público tenga como obligación investigar en cuanto tenga conocimiento del hecho delictivo. -- ooOoo – |